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El presidente Gustavo Petro y la senadora Isabel Cristina Zuleta durante el "tarimazo" en Medellín.
El presidente Gustavo Petro y la senadora Isabel Cristina Zuleta durante el "tarimazo" en Medellín
Conflicto armado en Colombia

Los 23 cabecillas criminales de Medellín a los que les suspendieron las órdenes de captura

La fiscal general, Luz Adriana Camargo, firmó una resolución que suspende temporalmente todas las órdenes de captura vigentes contra 23 voceros de estructuras criminales del Valle de Aburrá. Les explicamos las razones y condiciones de la medida.

Por: Juan David Cano

Este 31 de marzo se conoció que la fiscal general, Luz Adriana Camargo, firmó la resolución 0072, mediante la cual suspendió todas las órdenes de captura vigentes contra 23 personas reconocidas como voceros principales y suplentes de las Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto (EAOCAI) de Medellín y el Valle de Aburrá.

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¿Por qué se tomó la decisión de suspender las órdenes de captura?

La medida fue sustentada como necesaria para implementar los compromisos alcanzados en las mesas de diálogo que el Gobierno tiene con esos grupos y avanzar en los objetivos de desarticulación. Además, como resultado verificable del proceso, el Gobierno citó que Medellín y el Valle de Aburrá registraron en 2024 y 2025 la tasa de homicidios más baja de los últimos 50 años.

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*La política de paz total, propuesta por Petro, se propuso dialogar con todas las organizaciones. Crédito: Colprensa*

Desde 2023, el Gobierno del presidente Gustavo Petro negocia con las principales estructuras criminales de esa región como parte de su política de paz total. El escenario de esas conversaciones es la cárcel La Paz de Itagüí, donde funciona el llamado Espacio de Conversación Sociojurídico (ECSJ).

Para que ese proceso avance, el Gobierno necesita que los voceros de esas estructuras puedan moverse con libertad entre reuniones, gestiones y actividades del proceso. Y ahí es donde entra la decisión que se conoció este martes.

¿Quiénes son los 23 cabecillas y voceros beneficiados?

Los beneficiados fueron designados por el presidente de la república. Se dividen entre voceros principales y suplentes.

  1. Albert Antonio Henao Acevedo, alias Alber
  2. Andrés D’maría Oliveros Correa, alias Mundo Malo
  3. Andrés Felipe Rodas Montoya, alias Yerbas
  4. Carlos Augusto Correa López, alias Mono Pepe
  5. Dayron Alberto Muñoz Torres, alias el Indio
  6. Elder Darbey Zapata Rivera, alias Grande Pa
  7. Fredy Alexander Henao Arias, alias Naranjo
  8. Freyner Alfonso Ramírez García, alias Carlos Pesebre
  9. Gustavo Adolfo Pérez Peña, alias el Montañero
  10. Iván Darío Suárez Muñoz, alias Iván el Barbado
  11. Jesús David Hernández Grisales, alias Chaparro
  12. Jhon Fredy Yepes Hoyos, alias Clemente
  13. Jorge de Jesús Vallejo Alarcón, alias Vallejo
  14. José Leonardo Muñoz Martínez, alias Douglas
  15. Juan Camilo Rendón Castro, alias Saya
  16. Juan Carlos Mesa Vallejo, alias Tom
  17. Juan Fernando Álvarez, alias Juan 23
  18. Mauricio de Jesús Morales Múnera, alias el Abogado
  19. Óscar Fernando Salazar Gutiérrez, alias el Compa
  20. Paulo Andrés Torres Flórez, alias Pocho
  21. Rodrigo Henao Acevedo, alias Perica
  22. Sebastián Murillo Echeverri, alias Lindolfo
  23. Walter Alonso Román Jiménez, alias el Tigre

Por otro lado, en la resolución hay una aclaración particular sobre el vocero Andrés Dimaría Oliveros Correa, pues al consultar su cédula en el Sistema Penal Oral Acusatorio, encontraron el nombre de Edilberto Oliveros Correa. La Fiscalía dejó claro que la suspensión se dará a favor de quien acredite legalmente ser el titular de esa cédula.

La decisión llega luego de que el proceso recibiera críticas en junio de 2025, cuando varios de estos cabecillas aparecieron en un evento público en la plazoleta de La Alpujarra de Medellín junto al presidente Petro, episodio que se conoció como el ‘tarimazo’.

Presidencis Tarimazo
Crédito: Presidencia de la República.

¿Hasta cuándo y bajo qué condiciones irá la suspensión de la captura?

La suspensión tiene una vigencia de seis meses a partir de la fecha de la resolución, con posibilidad de prórroga según el avance del proceso. No es una medida definitiva, y tiene límites, pues no aplica en casos como graves violaciones a derechos humanos, incluidos el secuestro y la extorsión, ni frente a órdenes con fines de extradición.

Así mismo, la suspensión cubre Medellín, los nueve municipios del Valle de Aburrá (Caldas, La Estrella, Sabaneta, Itagüí, Envigado, Bello, Copacabana, Girardota y Barbosa) y el municipio de Rionegro. También puede aplicar en Bogotá cuando las gestiones del proceso así lo requieran.

Tarimazo
El llamado 'tarimazo' por el que demandaron la investidura de la senadora Isabel Cristina Zuleta.

Crédito: Presidencia de la República - Juan Cano.

Cada uno de los 23 voceros deberá suscribir un acta de compromiso ante la Consejería Comisionada de Paz, en la que se comprometen a participar activamente en el proceso y a no cometer nuevos delitos durante la vigencia de la suspensión. La resolución prohíbe de manera expresa el porte de armas de cualquier tipo y el uso de prendas militares. Si alguno incumple, la medida puede ser revocada.

A pesar de la decisión, el proceso aún no cuenta con un marco legislativo específico aprobado por el Congreso para esta modalidad urbana de sometimiento, lo que deja dudas sobre las bases jurídicas de la medida a largo plazo.

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