
Nuevo revés para el concurso de la carrera notarial: Consejo de Estado suspende el acto que lo reglamentó
La alta corte suspendió provisionalmente un acuerdo expedido por el exministro Eduardo Montealegre, con el que desmontó las reglas que había dictado su antecesora, Ángela María Buitrago, para llevar a cabo el concurso público para elegir a los notarios del país.
Por: Ana María Cuesta
El consejero de Estado Luis Eduardo Mesa dictó una medida cautelar suspendiendo provisionalmente el acuerdo 1 del 15 de agosto de 2025 mediante el cual, el entonces ministro de Justicia Eduardo Montealegre, en calidad de presidente del Consejo Superior de la Carrera Notarial, fijó las bases y el cronograma del concurso de méritos para elegir a los notarios de carrera que necesita el país.
La reglamentación expedida por Montealegre derogó las reglas que meses antes había dictado su antecesora, la exministra de justicia Ángela María Buitrago, mediante el acuerdo 01 de 2024 con el que convocó, fijó las bases y anunció el cronograma para la elección de notarios.
La medida cautelar fue dictada por una demanda que presentó el abogado Juan Rafael Doria, en la que cuestionó que el Consejo Superior durante la administración de Montealegre no habría socializado, previamente, el contenido de la reglamentación de la nueva convocatoria. También criticó que, de manera precipitada, haya derogado las anteriores reglas de juego fijadas por Buitrago.
¿Cuáles son algunas de las diferencias entre una y otra reglamentación? La reglamentación de Montealegre estableció que los aspirantes solo tendrían tres días hábiles para presentar reclamaciones y la de Buitrago hablaba de diez días, situación advertida en la demanda.
El demandante también cuestionó que la reglamentación de Montealegre se hubiera expedido faltando tres semanas para la inscripción de los candidatos, que para ese momento estaba prevista entre el 9 y 23 de septiembre de 2025. Aunque el concurso fue suspendido, por orden de Montealegre, desde el mismo 9 de septiembre, por supuestas sospechas por presunta corrupción en el proceso que habría recibido el presidente Gustavo Petro.

El acuerdo expedido por Buitrago y que la administración de Montealegre derogó, establecía que la inscripción de los candidatos al concurso iniciaría en mayo de 2025 y culminaría en mayo de 2026. Pero, posteriormente, el ministro de justicia interino Augusto Ocampo fijó las inscripciones para agosto de 2025 con la publicación de la lista de elegibles para junio de 2026, con sucesivas modificaciones adoptadas con las que se esperaban que las inscripciones ocurrieran a partir de junio de 2026.
Los argumentos del Consejo de Estado
La Sección Segunda del Consejo de Estado, a través del magistrado Luis Eduardo Mesa, le dio la razón al demandante en lo relacionado con el incumplimiento de la obligación legal para socializar previamente el contenido del acuerdo.
“El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) establece que todas las entidades del Estado, así como los particulares que ejerzan funciones públicas, deben informar a la ciudadanía sobre los proyectos de normas o reglamentos que proyecten expedir. Esta información debe publicarse con anticipación para que cualquier persona pueda presentar opiniones, sugerencias o propuestas antes de que la norma entre en vigencia”, señaló la alta corte.
“Al expedir el acto administrativo que regulaba la convocatoria, el Consejo Superior de Carrera Notarial omitió ese deber de información previa, desatendiendo la consulta ciudadana que la ley expresamente exige”, añadió la corporación.
“Esta corporación ha señalado que tratándose de la publicación de los proyectos de acto administrativo mediante los cuales se convoca y establecen las reglas para la ejecución de los procesos de selección que adelanta la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) en el marco de su competencia, esta actuación es de obligatorio cumplimiento tanto para dicha entidad como para las demás autoridades que convengan con aquella la realización del respectivo proceso de selección”, remató la alta corte.
ana.cuesta@cambiocolombia.com
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