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Suspenden decreto que reorganiza a las EPS y concentra masivamente a usuarios en la Nueva EPS

Suspenden decreto que reorganiza a las EPS y concentra masivamente a usuarios en la Nueva EPS

El Consejo de Estado dictó una medida cautelar que suspende provisionalmente los efectos del decreto 0182 de 2026 que reorganiza territorialmente el aseguramiento en salud. La decisión cuestiona la situación financiera de la Nueva EPS.

Por: Ana María Cuesta

La Sección Primera del Consejo de Estado dictó una medida cautelar que suspende provisionalmente los efectos del decreto 0182 del 25 de febrero de 2026, con el que el Gobierno nacional fijó criterios para la operación territorial del aseguramiento en salud, estableciendo requisitos de habilitación técnica de las EPS vinculados a la capacidad de afiliación por territorio.

El decreto, que impone límites al número de EPS que podían operar en municipios y departamentos, según el tamaño de la población y la participación de afiliados en cada territorio, fue demandado por la senadora Katherine Miranda, quien advirtió que las disposiciones beneficiaban principalmente a la Nueva EPS, generando “el traslado forzoso” de más de 2.500.000 de usuarios a dicha entidad, actualmente intervenida.

El traslado forzoso de usuarios se produciría porque el decreto sólo autoriza para la prestación de servicios a nivel territorial a las EPS que concentren más del 20 por ciento de los afiliados en todo el país, situación que hoy sólo cumple la Nueva EPS, que cuenta con 11,5 millones de afiliados, doblando en número de usuarios a otras entidades como Sanitas, Sura y Salud Total.

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La senadora Miranda también aseguró que las modificaciones que introdujo el decreto al modelo de aseguramiento en salud son “ilegales”, en tanto desconocen el derecho a la libre elección de los usuarios, generando “la asignación obligatoria de más de 6 millones de afiliados en otras EPS distintas a las que actualmente los afilian”.

ConsEstado
Consejo de Estado.

Crédito: Colprensa.

La magistrada Nubia Margoth Peña, quien adoptó la medida cautelar de suspensión, le dio la razón a Miranda advirtiendo que las medidas adoptadas en el decreto “comportan una afectación relevante del derecho fundamental a la salud, en particular la libre escogencia, y los principios de accesibilidad, disponibilidad, calidad y continuidad del servicio, reconocidos en el artículo 49 de la Constitución Política y desarrollados por la Ley Estatutaria 1751 de 2015”.

La concentración de usuarios en la Nueva EPS

La magistrada añadió que el decreto, en la práctica, representa “la eliminación de varias EPS en todo el territorio nacional, la reasignación masiva de usuarios a las entidades designadas por las autoridades de salud –no por los usuarios–, y el traslado de afiliados a las entidades prestadoras que enfrentan graves, sistemáticas y estructurales fallas en la prestación de sus servicios, así como a entidades con medidas de intervención administrativa”.

Para Peña, en el proceso quedó acreditado que el decreto promovido por el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, suponía, en efecto, la concentración masiva de usuarios a la Nueva EPS por lo menos en 504 municipios del país. “Como efecto directo de las reglas introducidas por el decreto 0182 de 2026, la Nueva EPS queda como única entidad promotora de salud autorizada en un número significativo de municipios del país, en los cuales las demás EPS figuran como no autorizadas en ambos regímenes”, añadió la decisión de Peña.

La magistrada criticó los estados financieros de la mencionada institución e hizo una dura advertencia. “El informe financiero de la Nueva EPS, vigencia 2024, demuestra la insolvencia legal de la entidad, un patrimonio adecuado negativo, incumplimiento del capital mínimo y déficit en las reservas técnicas, todo lo cual evidencia la incapacidad estructural de la entidad de respaldar las obligaciones derivadas del aseguramiento en salud”, señala el fallo.

“En este contexto de debilidad financiera y operativa la entidad no estaría en capacidad de recibir, de manera adecuada, la totalidad de los usuarios que le serían trasladados en virtud del decreto 0182 de 2026, pues dicho incremento en la población afiliada agravaría aún más la situación financiera descrita, la insuficiencia de la red prestadora y las fallas en los procesos de aseguramiento, comprometiendo la continuidad, oportunidad y calidad en la prestación del servicio de salud y, por ende, generando un riesgo cierto para la garantía efectiva del derecho fundamental a la salud de los afiliados”, agrega la decisión.

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Katherine Miranda, congresista de la Alianza Verde, en medio de una intervención. Crédito: Colprensa.

El presidente Gustavo Petro defendió el decreto ante el Consejo de Estado señalando que la “concentración de la población asegurada en operadores que cuentan con una mayor participación territorial, capacidad técnica y solidez financiera –como ocurre en este contexto con la Nueva EPS– no constituye una debilidad del sistema. Por el contrario, representa una estrategia orientada a fortalecer su funcionamiento mediante la generación de economías de escala”.

ana.cuesta@cambiocolombia.com.

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