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La cartera estableció que las EPS no puedan negarse a recibir los usuarios asignados.
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El Ministerio de Salud ajustó reglas para el funcionamiento de las EPS: ¿qué deben hacer para permanecer habilitadas?

La cartera expidió una nueva resolución en la que establece los criterios que deberán cumplir las entidades promotoras para mantener su operación en el país. Las medidas permitirían garantizar la prestación de servicios en regiones y subregiones donde se presenten mayores dificultades en el acceso a la salud.

Por: Jonathan Beltrán

Ante el lento avance en el trámite de la reforma a la salud en el Congreso, el Gobierno nacional anunció la implementación de una serie de medidas para avanzar en la territorialización de los servicios del sistema. Con las nuevas disposiciones, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) deberán implementar cambios en su funcionamiento para continuar operando.

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En la resolución 2161 de 2025, el Ministerio de Salud estableció que las EPS que operan en el país tendrán que cumplir con nuevos criterios para evitar problemas en su autorización, habilitación o permanencia. Según la cartera, con estos nuevos requisitos se busca garantizar que cada entidad cuente con la capacidad técnica requerida para ofrecer sus servicios.

En el documento, expedido este 17 de octubre, se definen cambios para la asignación de afiliados del sistema como parte de la implementación del Modelo de Salud Preventivo promovido por el Gobierno de Gustavo Petro. Desde ahora, las EPS deberán organizar a sus afiliados por subregiones para que cada entidad asuma responsabilidades particulares por sus  usuarios asignados en áreas específicas.

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En el acto administrativo, se fijaron estándares mínimos que las EPS deben cumplir en relación con gobierno organizacional | Crédito: Colprensa

Las nuevas disposiciones implican que las EPS deben planificar sus operaciones de manera más ordenada, ajustando la atención a la cantidad de afiliados actuales y a la infraestructura disponible en cada subregión. En ese sentido, las entidades tendrán que asegurarse que cuentan con suficiente personal, tecnología y recursos para atender a todos los usuarios asignados.

El Ministerio de Salud destacó que las modificaciones buscan evitar saturación o falta de cobertura en zonas territoriales en las que se han presentado dificultades para el acceso a la salud. Además, uno de los elementos clave de la resolución corresponde a que cada EPS deberá cumplir con mínimos de calidad y gestión en el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo.

¿Cuáles son los criterios específicos que las EPS deberán cumplir para mantener su habilitación?

La reciente resolución establece que, para garantizar su permanencia y habilitación en el sistema, las entidades promotoras de salud tendrán que superar estándares en aspectos como gobierno organizacional, gestión del riesgo y atención del usuario. Así mismo, deberán cumplir con criterios relacionados con tecnologías en salud, talento humano y sistemas de información interoperables.

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El enfoque principal de la resolución es promover la territorialización del aseguramiento en salud | Crédito: Colprensa

El Ministerio de Salud definió una categorización de subregiones funcionales para que las EPS puedan organizar a sus afiliados según áreas geográficas específicas. Por eso, a partir de este 17 de octubre, las entidades deberán ajustar su operación a subregiones metropolitanas, nodales, rurales o especiales con el fin de respetar los límites de presencia establecidos y asumir responsabilidades específicas sobre sus afiliados.

Las EPS que cuenten con autorización para operar en una o varias subregiones funcionales podrán afiliar a nuevos usuarios y aceptar traslados entre regímenes. Sin embargo, para actualizar la autorización de funcionamiento, la Superintendencia Nacional de Salud verificará que al menos el 60 por ciento del gasto en salud se contrate con las Empresas Sociales del Estado (ESE) habilitadas en cada subregión.

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La Supersalud evaluará que las EPS tengan capacidad técnica, operativa y financiera para cumplir con sus responsabilidades | Crédito: Colprensa

Una vez la Supersalud expida los actos administrativos que actualicen la autorización de funcionamiento, el Ministerio de Salud se encargará de asignar los afiliados a las EPS que continúen operando en cada subregión funcional. La asignación se realizará según la información registrada en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA), sin que las EPS puedan negarse a recibir los usuarios asignados.

Como parte de los criterios para la asignación de afiliados, el Gobierno estableció que no se podrán realizar traslados a EPS que cuenten con más de 3 millones de afiliados a nivel nacional. Luego de 60 días, los afiliados podrán ejercer su derecho a la libre escogencia y trasladarse a otra EPS que opere en su subregión y cuente con la autorización solicitada.

Las nuevas restricciones a la operación de las EPS

La nueva resolución establece que la Supersalud evaluará de manera integral y periódica el cumplimiento de las condiciones de habilitación y permanencia de las EPS. Para ello, gestionará un repositorio público con información sobre aspectos relacionados con la solvencia financiera para realizar un seguimiento completo a su desempeño.

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Las medidas buscan que las EPS tengan una mayor concentración en regiones y subregiones | Crédito: Colprensa

El nuevo manual de criterios para mantener la operación de las EPS, que entrará en vigor desde este 17 de octubre, plantea que las entidades deben cumplir también con estándares de rendición de cuentas, atención de quejas y capacidad de redes territoriales. La autorización de funcionamiento actualizada tendrá una vigencia de tres años y solo podrá ser renovada tras la verificación de cada uno de los criterios.

“Al asegurar que la operación de las EPS sea coherente con las capacidades instaladas, las condiciones demográficas y las necesidades en salud de cada territorio, la resolución constituye un paso fundamental en la implementación del nuevo modelo de salud, fortaleciendo así la eficiencia del sistema y la equidad territorial”, explicó el Ministerio de Salud.

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Crédito: Colprensa

Con los nuevos ajustes, las EPS deberán diseñar e implementar un modelo de atención que coordine con las entidades territoriales para asegurar resultados en salud para su población afiliada. La habilitación y permanencia de esas entidades dependerá de los hallazgos de visitas, auditorías y requerimientos sobre el enfoque territorial de la atención prestada.

Las entidades que cuenten con menos de 5millones de afiliados a nivel nacional o con participación inferior al 10 por ciento en una región no podrán acceder a la autorización en esa zona. En ese sentido, solo las EPS con presencia suficiente podrán operar en una región con el fin de garantizar cobertura adecuada, eficiencia en la atención y evitar que los recursos se fragmenten entre demasiadas entidades con poca representatividad.

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