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País

Invamer protestó contra la ley de encuestas con sondeo sin datos: “No nos es posible informar cómo van las cosas”

Invamer cuestionó la nueva ley de encuestas en Colombia porque supuestamente vulnera la protección de datos y debió tramitarse como ley estatutaria, lo que podría afectar la transparencia y la confiabilidad de estos sondeos.

Por: Gabriela Casanova

La firma encuestadora Invamer anunció que, por primera vez en más de 30 años, no realizó su reconocida encuesta Invamer Poll, la cual mide la percepción de los ciudadanos colombianos sobre la gestión del presidente de la república, la corrupción, el medioambiente, la economía, la salud en el país y otros temas de interés nacional. ¿La razón? Una nueva ley que regula la realización y divulgación de encuestas de elección popular y de opinión política en Colombia.

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El objeto de la Ley 2494 es “garantizar la igualdad en el acceso a la información y la transparencia de los datos, en aras de aumentar la confiabilidad y robustecer técnicamente la aplicación de dichas técnicas de investigación en el territorio nacional”. Sin embargo, desde que fue aprobada en el Congreso, no ha tenido un buen recibimiento por parte de entidades como el Centro Nacional de Consultoría (CNC) y, ahora, Invamer.

“La nueva ley que regula las encuestas electorales y de opinión política en Colombia no nos permite publicar el estudio con las especificaciones con las que lo hemos realizado históricamente. Al ser un estudio financiado con recursos propios, no nos es posible incrementar el tamaño de la muestra de la forma que la nueva ley exige”, informó la firma en un documento de 100 páginas vacías, en las que debieron presentarse las cifras de la encuesta Invamer Poll de agosto.

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Una de las páginas de la encuesta Invamer Poll de agosto.

El artículo cuarto de la ley establece que toda encuesta electoral deberá tener un margen de error máximo del 3 por ciento a nivel nacional y del 5 por ciento a nivel departamental, distrital o municipal, ambos con un nivel de confianza del 95 por ciento. Esto sería económicamente inviable para la mayoría de las organizaciones o medios, dado que implicaría realizar como mínimo 2.135 encuestas en hogares, de acuerdo con los cálculos del Centro Nacional de Consultoría. En el caso de Invamer, para continuar con su metodología, serían necesarias más de 10.000 encuestas, según indicó Martín Orozco, director y gerente general de la encuestadora, en Blu Radio.

Ambas organizaciones insisten en que la norma vulnera el derecho a informar y a ser informado, pues consideran que impone trabas a las encuestadoras para realizar estas encuestas y entregar a la ciudadanía datos que podrían analizarse y resultar útiles en la toma de decisiones.

Por ahora, Invamer esperará a que la Corte Constitucional se pronuncie frente a las demandas contra dicha ley, con la expectativa de que falle a su favor y así la empresa pueda seguir informando sobre la realidad del país.

¿La nueva ley debió tramitarse como ley estatuaria?

Las exigencias en el tamaño de la muestra no son la única crítica de Invamer y del Centro Nacional de Consultoría. Ambas organizaciones coinciden en que esta norma no debió tramitarse como ley ordinaria.

Según explicó en su momento el CNC, al regular “de manera directa” un derecho fundamental como la libertad de expresión, el trámite correcto debía ser el de una ley estatutaria. Este tipo de leyes requiere aprobación por mayoría absoluta del Congreso, revisión de la Corte Constitucional e intervención ciudadana para respaldar o controvertir su contenido. Por tanto, sostienen que la norma sería inconstitucional.

“El procedimiento seguido para esta iniciativa legislativa –como ley ordinaria– resulta, por tanto, inconstitucional, lo cual vicia no solo su forma sino también su validez material, ya que pretende imponer restricciones al ejercicio libre de expresión, de información y de fundación de medios, sin el debate reforzado y las mayorías cualificadas que exige la ley estatutaria”, dijo el CNC.

La Ley 2494 estaría vulnerando la protección de datos personales

De igual manera, Invamer y el CNC afirman que la normativa vulnera la protección de datos personales, al poner en riesgo el manejo responsable de la información.

El artículo 12 de la ley indica que “para garantizar que se disponga de la información necesaria para la realización de auditorías, las firmas encuestadoras deberán entregar al Consejo Nacional Electoral de manera simultánea a la entrega de los productos terminados al cliente y guardar copia, por un lapso no inferior a dos años los registros primarios utilizados, como cuestionarios diligenciados; el código computacional usado para el procesamiento de los datos y el cálculo de los indicadores...” entre otros elementos.

El CNC advierte que esta disposición “genera preocupaciones sobre la forma en que se gestionan y protegen los datos sensibles asociados a metodologías privadas de las compañías, afectando elementos de libre competencia”.

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