
SuperTransporte modifica las reglas para sacar licencia de conducción en Colombia: ¿qué cambia?
Tres resoluciones expedidas este mes modifican la forma en que se vigilan los centros de enseñanza, los organismos de tránsito y otros actores del sector. Estos son los plazos y lo que cambia desde ahora para tramitar la licencia de conducción.
Por: Juan David Cano
Detrás de cada licencia de conducción debería haber horas de clase, exámenes superados y un instructor que firma con responsabilidad. En Colombia, sin embargo, esa cadena lleva años con eslabones rotos: cursos que se reportan sin haberse dictado, certificados emitidos a personas que nunca pisaron un aula y, en los casos más extremos detectados por las autoridades, registros de clases asignadas a docentes ya fallecidos. Es por ello que la Superintendencia de Transporte busca tratar de cerrar esos atajos con un paquete de tres resoluciones que cambia la forma en que se vigila a buena parte del ecosistema de tránsito del país.
A través de las Resoluciones 2877, 2878 y 2879 de 2026, la entidad rediseñó el Sistema de Control y Vigilancia (SICOV), la plataforma con la que se supervisa la operación de los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA), los Centros Integrales de Atención (CIA), los Organismos de Tránsito (OT), los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) y los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC).
El ajuste es principalmente tecnológico: reconocimiento facial obligatorio, validaciones antes, durante y después de cada curso o trámite, y herramientas de analítica para identificar comportamientos sospechosos.

“El objetivo es evitar irregularidades, detectar posibles fraudes y garantizar que los servicios de tránsito se presten con transparencia y legalidad”, sostuvo el superintendente de Transporte, Alfredo Enrique Piñeres Olave, al presentar las medidas.
Un problema que ya tenía dimensiones documentadas
La SuperTransporte reveló que mantiene activas varias investigaciones administrativas contra CEA por expedir certificados sin la comparecencia real de los aspirantes, alterar datos en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) o no entregar información requerida.
A esto se suman cientos de trámites en curso, entre averiguaciones preliminares, quejas y actuaciones administrativas. El año pasado, la entidad llegó incluso a abrir investigaciones contra centros que aparecían asignando horas de clase a instructores fallecidos.
El problema de darle licencia a gente que no pasa adecuadamente las pruebas y cumple con las normas es que el resultado termina reflejado en las cifras de muertos por accidentes de tránsito. Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), en 2025 se registraron más de 1.869 muertes por siniestros viales en el país, y en lo corrido de 2026 ya superan los 2.200 fallecimientos, con las motocicletas como vehículo más involucrado.
Con la actualización del SICOV, la SuperTransporte exigirá que la identidad de usuarios e instructores se valide mediante reconocimiento facial, al tiempo que habrá controles permanentes durante los cursos y se incorporará analítica de datos para detectar patrones irregulares. También se reforzará el control sobre el personal vinculado a estos centros y se exigirá interoperabilidad entre operadores, de manera que la información pueda cruzarse y rastrearse con mayor facilidad.

Los plazos y alcance de la iniciativa
Los Centros Integrales de Atención y los Organismos de Tránsito tendrán tres meses para implementar las nuevas exigencias. El resto de los organismos, CEA, CDA y CRC, contarán con seis meses para realizar los ajustes tecnológicos. Pasados esos plazos, los centros que no cumplan podrían enfrentar procesos sancionatorios, en línea con las suspensiones y multas que la entidad ya ha aplicado en años recientes a decenas de establecimientos.
Vale recordar que el artículo 136A de la Ley 769 de 2002 ya contempla sanciones para los usuarios que recurren a estos fraudes: multas de hasta 100 salarios mínimos legales diarios vigentes y suspensión de la licencia hasta por tres años, además del traslado de copias a la Fiscalía General de la Nación cuando se detecten indicios de falsedad o suplantación.
Comentar este artículo
Aún no hay comentarios











