
El Tribunal de Cundinamarca exonera por un año del pago del peaje de entrada a Bogotá a residentes de la zona
La decisión judicial permitirá que los habitantes del sector no paguen peaje, mientras se revisan las condiciones y tarifas del corredor vial. Conozca los detalles.
Por: Gabriela Casanova
En las últimas semanas, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca tomó una decisión que beneficiará a un grupo de conductores que circula habitualmente por la vía a La Calera. El tribunal ordenó a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), al consorcio Perimetral Oriental de Bogotá S.A.S. y al Ministerio de Transporte que, durante el término de un año, otorguen a quienes acrediten ser habitantes del municipio de La Calera –tanto en el área urbana como rural– la exención del cobro de la tarifa de peaje en la estación Los Patios.
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La decisión se tomó tras revisar una acción popular para la protección de los derechos a la igualdad y al uso de los bienes públicos, con el fin de que en las estaciones de peaje Los Patios y La Cabaña se adopten los mismos beneficios tarifarios otorgados a las comunidades que transitan por la vía Bogotá-Mosquera-Facatativá-Los Alpes. ¿Por qué?
El problema se plantea de la siguiente forma: solo una de las dos casetas de la vía Bogotá-La Calera-Sopó-Guasca, llamada Los Patios, aplica una tarifa diferencial especial (IE) de 4.400 pesos para los residentes de La Calera, propietarios de vehículos o arrendatarios. Por su parte, las estaciones de peaje Corzo y Río Bogotá de la vía Bogotá-Mosquera-Facatativá-Los Alpes cobra únicamente 200 pesos a los habitantes de los municipios de Mosquera, Funza, Facatativá, Madrid, Bojacá y Zipacón, valor correspondiente a la contribución a la seguridad vial destinada al Fondo de Seguridad Vial del Instituto Nacional de Vías.
Ante este panorama, la acción popular solicita que los residentes de La Calera, cuyo vehículo sea categoría I, reciban la misma tarifa diferencial especial de 200 pesos, tanto en la estación Los Patios como en La Cabaña.
Según la acción popular, aunque ambas vías comparten clasificación y rango de kilómetros, la vía Mosquera-Facatativá presenta mayor tráfico, mejor infraestructura –doble calzada, glorietas, ciclorrutas, señalización adecuada– y mayores recaudos. En cambio, la vía a La Calera no cumple con los estándares mínimos de mantenimiento y seguridad, pues carece de señalización, accesos adecuados, iluminación en puntos críticos y bermas en buen estado. Además, argumentaron que los 20 años de recaudos en las estaciones Los Patios y La Cabaña no se reflejan en el mantenimiento ni en el mejoramiento de la infraestructura vial.

Además, denunciaron que, para 2015, se suspendió el otorgamiento del beneficio de tarifa diferencial especial para la Categoría I en el peaje Los Patios y se negó la reposición de las tarjetas de identificación a quienes ya contaban con el beneficio.
Frente a este punto, el tribunal explicó que, pese a que se estableció una tarifa diferencial en el año 2014 para los automóviles, camperos, camionetas y microbuses con ejes de llanta sencilla cuyos propietarios fueran residentes en el municipio de La Calera y algunos vehículos de servicio público, desde 2016, los nuevos beneficiarios no accedieron al descuento, debido a que el acto administrativo condicionó la autorización al visto bueno del Invías, entidad que ya no administraba el corredor. La modificación de este punto se realizó en 2020 para la estación La Cabaña y en 2022 para Los Patios. Es decir, durante años, los beneficiarios tuvieron que pagar la tarifa plena.
Además de quitar cobro en Los Patios, el tribunal ordenó discutir una tarifa diferencial para el peaje La Cabaña
Al analizar el caso, el tribunal concluyó que las vías públicas tienen como finalidad primordial “garantizar la movilidad, la integración territorial y el libre tránsito de las personas”. En ese sentido, toda medida que afecte el acceso a estas, como la instalación de peajes o la fijación de tarifas, debe “estar precedida de un proceso de concertación con las comunidades que transitan habitualmente por ellas, en especial los residentes de la zona de influencia”. Según el tribunal, al no haber diálogo, “se desconoce el principio de participación ciudadana y se limita injustificadamente el uso y goce de un bien que, por su naturaleza, pertenece a todos”.
En el caso de La Calera, el tribunal determinó que ha existido una vulneración constante de los derechos colectivos al uso y goce del espacio público “por las actuaciones y omisiones de las autoridades estatales y de los particulares concesionarios”. Esto se evidenció en el estado de la vía, la falta de concertación y el incumplimiento de las tarifas diferenciales para los habitantes de las zonas de influencia de las estaciones Los Patios y La Cabaña, “aun cuando en el contrato de concesión se contemplaba tal oportunidad”.
Aunque el tribunal no concedió las peticiones presentadas en la acción popular, sí otorgó la exención del pago del peaje Los Patios por un año a los habitantes de La Calera y emitió varias órdenes a las entidades públicas involucradas. Entre ellas, ordenar a la ANI y al consorcio Perimetral Oriental de Bogotá S.A.S. realizar mesas de trabajo con los habitantes del municipio para escuchar sus propuestas sobre la tarifa diferencial en la estación de peaje La Cabaña.

“La Agencia Nacional de Infraestructura deberá remitir las conclusiones correspondientes a fin de que la oficina de Regulación Económica estudie la procedencia del establecimiento de una tarifa diferencial para vehículos particulares respecto de la estación de peaje La Cabaña y el Ministerio de Transporte emita el Acto Administrativo correspondiente”, dice la decisión.
El tribunal también ordenó a la ANI y al consorcio elaborar, en un plazo de dos meses, un plan para atender los puntos críticos del proyecto del corredor vial Perimetral del Oriente de Cundinamarca, que es la vía donde se ubican estos dos peajes. Así mismo, instruyó a la agencia y al Invías para que, en caso de una nueva concesión de la vía, se realicen las gestiones necesarias para mantener las tarifas diferenciales establecidas, sin generar nuevos conflictos con los habitantes de la zona de influencia.
Por último, ordenó a la ANI y al consorcio realizar, en un plazo de tres meses, un estudio que determine cuántos vehículos de las categorías IE y IIE de las estaciones Los Patios y La Cabaña no accedieron a las tarifas diferenciales desde 2014, debido a la demora en la modificación del acto administrativo. El estudio deberá incluir los valores pagados en exceso por los residentes y las empresas transportadoras del municipio.
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