
El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad electoral contra el nombramiento de Karen Schutt Esmeral como experta comisionada de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). La actuación ya fue notificada a la Presidencia de la República, al Ministerio de Minas y Energía, a la Procuraduría Delegada ante el Consejo de Estado y a la propia funcionaria demandada.
El caso va más allá de una discusión jurídica y tiene como trasfondo uno de los puntos más sensibles del sector energético: quiénes son los profesionales que están llegando a regular la energía y el gas en Colombia, con qué experiencia cuentan y qué tan independientes son.
La CREG toma decisiones que inciden en el valor de las facturas de energía y gas que pagan millones de colombianos.
El punto central de la demanda contra el nombramiento tiene que ver con el presunto incumplimiento de los requisitos para ocupar el cargo. La Ley 143 de 1994, modificada por la Ley 2099 de 2021, exige que los expertos comisionados cuenten con reconocida preparación y experiencia técnica en el área energética y que hayan desempeñado cargos de responsabilidad en entidades públicas o privadas del sector por más de seis años, o que, en su defecto, hayan trabajado como consultores o asesores durante un periodo igual o superior.
Según la demanda, parte de la experiencia acreditada por Schutt corresponde a contratos de prestación de servicios, actividades de apoyo institucional, gestiones ambientales, acompañamiento en riesgos de desastres, estructuración financiera o trabajo en entidades cuyo vínculo con el sector energético sería indirecto. La tesis de quien interpuso la demanda es que dichas actividades no cumplen los requisitos exigidos en la ley.
Uno de esos puntos tiene que ver con una certificación expedida a Schutt por Gecelca, empresa generadora y comercializadora de energía. Aunque una certificación de 2023 describía servicios amplios en temas ambientales, energéticos y de asistencia técnica, en 2026 la propia empresa precisó que las órdenes de servicio se limitaron a carbono neutralidad y gestión de riesgos de desastres.
La demanda plantea que haber ejercido actividades en empresas del sector energético no equivale necesariamente a tener experiencia técnica en energía. Ese será uno de los puntos que deberá resolver el Consejo de Estado.El debate de fondo es más complejo: si se acepta cualquier experiencia apenas relacionada con energía, el requisito técnico pierde sentido. Pero si solo pueden llegar quienes vienen de las empresas reguladas, la CREG queda más expuesta a la influencia de los mismos actores que debe regular.
Schutt llegó a la CREG después de haber sido viceministra de Energía. Ese paso del Ejecutivo al regulador también abre una discusión sobre autonomía. La CREG hace parte del sector administrativo de Minas y Energía, pero sus decisiones deben responder a criterios técnicos.
El caso también puede tener efectos sobre su composición. Los comisionados tienen periodos fijos y, en los últimos años, varios nombramientos han sido demandados o anulados por discusiones relacionadas con requisitos de experiencia. Esa cadena de decisiones judiciales le abrió espacio al actual Gobierno para nombrar a todos los expertos de la comisión. Schutt sería el último nombramiento de ese paquete. Si su designación se cae, la CREG quedaría con una vacante que podría ser llenada por el próximo Gobierno.
La demanda no prueba por sí sola que el nombramiento sea ilegal. Eso lo tendrá que decidir el Consejo de Estado. La admisión tampoco anticipa el sentido del fallo. Pero el expediente ya abrió una discusión que el Gobierno debió haber tomado con más rigor. En cargos de esta naturaleza, la verificación de requisitos merece evaluaciones más estrictas.
La CREG no puede ser una extensión del Gobierno ni una puerta giratoria de los regulados. Su autoridad depende de algo elemental: que quienes llegan a decidir sobre energía y gas acrediten, sin tener que hacer malabares, la experiencia técnica que exige la ley.
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