Ir al contenido principal
ley seca 2
El Gobierno Nacional confirmó que la ley seca para las elecciones presidenciales comenzará a regir el sábado 30 de mayo. Crédito: Magnific.
Elecciones Colombia 2026

Ley seca para las elecciones presidenciales de 2026: estos serán los horarios y restricciones

Con motivo de la primera vuelta presidencial del próximo 31 de mayo, el Gobierno Nacional aplicará la ley seca en todo el país. La medida busca garantizar el orden público durante la jornada electoral y contempla restricciones para la venta y consumo de bebidas embriagantes, así como normas sobre propaganda política y reuniones públicas.

Por: Nataly Ríos

A pocas semanas de las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, el Gobierno Nacional definió las medidas de orden público que regirán durante la jornada democrática. Entre ellas está la ley seca, una restricción que limitará la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todo el país y que también contempla normas sobre propaganda política, reuniones y comportamiento de los votantes durante los comicios.

El Gobierno nacional confirmó que la ley seca para las elecciones presidenciales comenzará el sábado 30 de mayo a las 6:00 de la tarde y se extenderá hasta el lunes 1 de junio a las 12:00 del mediodía. La restricción aplicará en todo el territorio colombiano durante la primera vuelta presidencial.

alcoholl 2
La ley seca para las elecciones presidenciales del 31 de mayo regirá en todo el país y hará parte de las medidas de orden público para garantizar el desarrollo de la jornada electoral. Crédito: Magnific.

La medida hace parte del decreto de orden público que se expide para cada proceso electoral y tiene como objetivo prevenir alteraciones durante la jornada democrática. Durante ese periodo estará prohibida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en establecimientos públicos y privados abiertos al público.

El decreto también contempla que los gobernadores y alcaldes podrán solicitar medidas adicionales si consideran que existen riesgos de seguridad o alteraciones del orden público en sus territorios. Por esta razón, las restricciones podrían extenderse en algunos municipios o departamentos dependiendo de la situación de cada región. En caso de ser necesaria una segunda vuelta, el Gobierno volvería a decretar ley seca con horarios similares para esa nueva jornada electoral.

Decreto del ministerio del interior.
Crédito: Decreto del ministerio del interior.

¿Se podrá realizar propaganda electoral?

En cuanto a la propaganda electoral, la normativa establece que esta sí puede realizarse hasta antes del inicio del periodo de restricciones contemplado por las autoridades electorales. Sin embargo, el día de las elecciones no se permite hacer proselitismo político, difundir propaganda electoral, entregar publicidad o promover candidatos cerca de los puestos de votación.

Además, durante la jornada electoral están prohibidas las concentraciones políticas y cualquier actividad que pueda interferir con el normal desarrollo de las votaciones.

No obstante, la normativa sí permite que los ciudadanos lleven consigo un elemento de ayuda para recordar el número, partido o candidato de su preferencia. Ese material no podrá superar los 10 centímetros de largo por 5,5 centímetros de ancho y únicamente puede ser utilizado como apoyo personal al momento de votar.

Finalización del artículo

Comentar este artículo

Aún no hay comentarios

Temas en este artículo

Artículo de libre acceso

Libre

Compartir artículo en redes sociales