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Medio ambiente

Holocausto del Palacio de Justicia y otros crímenes: JEP dicta medida cautelar sobre el batallón Charry Solano

La JEP adoptó una medida cautelar restaurativa sobre el antiguo batallón Charry Solano, en el que se torturó a varias víctimas de la toma y retoma del Palacio de Justicia. La medida también cobija otras graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en distintos periodos. Crédito: Colprensa.

La medida cautelar es de carácter restaurativo y pretende la garantía de los derechos a la verdad y a la memoria histórica de ese sitio en el que, según varios testimonios, torturaron a varias víctimas de la toma y retoma del Palacio de Justicia en 1985. Detalles.

Por: Ana María Cuesta

La Sección de Primera Instancia de la Jurisdicción Especial para la Paz dictó una medida cautelar de carácter restaurativo sobre el antiguo Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia 'Charry Solano', un espacio en el que hoy funciona la Escuela de Logística del Ejército y que, en el contexto de la toma y retoma del Palacio de Justicia de 1985, fue utilizado como centro de torturas y como lugar de inhumaciones, según lo declarado por varias víctimas.

De acuerdo con la decisión de la JEP, con la medida cautelar se pretende la “salvaguarda de los derechos a la verdad y la memoria histórica de las víctimas de los diferentes hechos en los que estuvo involucrado el personal y las instalaciones en las que operaba el antiguo Batallón Charry Solano”, ubicado en la localidad San Cristóbal de Bogotá. Por ello, se ordenará la protección y conservación del mencionado complejo militar, por el término de un año. 

La JEP aclaró que la medida cautelar no sólo abarca hechos ligados al Holocausto del Palacio de Justicia de 1985, también cobija otras graves violaciones de derechos humanos que ocurrieron en otros contextos históricos y que han sido denunciadas sobre ese, otrora, oscuro lugar, en el que hoy se instruye a los militares en asuntos logísticos.

> “La SAR advierte que las violaciones a los derechos humanos que se cometieron en la precitada unidad militar no se agotan en los hechos relacionados con la toma y retoma del Palacio de Justicia del 6 y 7 de noviembre de 1985, sino que parecen indicar la existencia de un patrón sistemático de comportamiento que involucra diferentes periodos de la existencia de la mencionada institución”, señala la decisión.

Las torturas del Holocausto

En la decisión, la JEP destaca el testimonio de José Leonairo Dorado Gaviria, exagente de inteligencia militar, quien declaró que el batallón Charry Solano se utilizó para instruir a las fuerzas sobre tácticas de interrogatorios y torturas contra personas relacionadas con organizaciones como la Unión Patriótica, el M-19, el ELN, el EPL y las Farc. 

La JEP también destaca lo que Dorado dijo sobre la exintegrante del M-19 Irma Franco Pineda, quién salió con vida del Palacio de Justicia en el contexto de la toma y la retoma del Palacio. Según él, a Franco la interrogaron y la enterraron, posteriormente, en los predios del Batallón Charry Solano, atribuyendo los hechos a un agente de apellido Pulecio.

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José Dorado Gaviria, exagente de inteligencia militar.

Crédito: Pablo David - CAMBIO.

La decisión resaltó, a su vez, el testimonio rendido ante la Fiscalía por Eduardo Matson y Yolanda Santodomingo, estudiantes de derecho de la Universidad Externado que fueron conducidos a la Casa del Florero y que recibieron torturas en el batallón Charry Solano, al haber sido perfilados injustamente como supuestos sospechosos en el contexto del Holocausto. Matson aseguró que la fuerza pública pensó que ellos habían participado de la toma del M-19 a la embajada de República Dominicana y relató que sobrevivieron a las agresiones cuando expresaron que conocían al hijo del general Miguel Alfredo Maza Márquez.

Otros hechos delictivos ocurridos en el Charry Solano

La medida cautelar relacionada con los hechos del Palacio de Justicia fue dictada por solicitud de Helena Urán Bidegain, hija del exmagistrado auxiliar del Consejo de Estado Carlos Horacio Urán, una de las personas que salió con vida del Palacio durante los hechos del Holocausto, que posteriormente fue ejecutado extrajudicialmente por miembros de la fuerza pública.

Urán expresó que, con la medida cautelar, posiblemente se podrá “establecer patrones de violencia, esclarecer el destino de las víctimas y asegurar la correcta preservación y análisis de la documentación y demás elementos de conocimiento que se obtengan, esto en aras de garantizar los derechos a la verdad y la justicia”.

Previo a su solicitud, en ese mismo sitio, la Escuela de Logística del Ejército, ya existía otra medida cautelar de la JEP dictada en 2024 y que está relacionada con Pedro Movilla Galarcio, dirigente del Partido Comunista Marxista Leninista y del Frente Popular, que se encuentra desaparecido desde el 13 de mayo de 1993. Su familia presume que su cuerpo pueda estar inhumado en ese lugar.

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Helena Urán Bidegain, politóloga y directora de la Fundación Carlos H. Urán.

Crédito: Pablo David- CAMBIO.

La contribución en dos macrocasos

La JEP advirtió que la medida cautelar en los predios del antiguo batallón Charry Solano puede contribuir en la investigación de los patrones criminales analizados en los macrocasos 06, sobre el genocidio contra la Unión Patriótica, y en el 08, en el que se investigan crímenes de la fuerza pública en conjunto con paramilitares.

“Además de los hechos de violencia política ya relacionados en la presente decisión y en los que, presuntamente, intervino el personal de inteligencia adscrito al Batallón Charry Solano, en el informe presentado a la JEP se indica que se encontrarían también los atentados con artefactos explosivos a la revista Alternativa y a los periódicos El Bogotano y Voz Proletaria”, añade la decisión de la JEP.

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“La presente medida cautelar tiene como propósito adicional evitar la normalización de las conductas cometidas y evitar la consolidación del olvido e indiferencia generalizados respecto a las conductas violatorias de los derechos humanos. En este sentido, la SAR considera necesaria la adopción de medidas orientadas a garantizar la verdad, la memoria histórica y la no repetición de tales patrones de conducta en los que se involucraron miembros de las Fuerzas Armadas”, añade la determinación de la JEP.

¿Qué acciones se realizarán?

¿Exactamente qué es lo que ordena la JEP en esta decisión? Aún no se sabe en concreto, pues el proceso deberá ser concertado con la Procuraduría, el Centro Nacional de Memoria Histórica, los Ministerios de Defensa y Educación; con el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, con los familiares de Pedro Movilla Galarcio, con el Movimiento de Víctimas del Estado, la Fundación Nydia Érika Bautista y con la Fundación Carlos Horacio Urán.

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La medida cautelar sobre el batallón Charry Solano no sólo persigue la preservación de la memoria sobre los hechos del Holocausto, también se dirige a otras graves violaciones a los derechos humanos.

Crédito: Colprensa.

“La medida cautelar solicitada representa, entonces, un mecanismo útil para sortear los riesgos de fragmentación de las iniciativas de memoria historia, la persistencia de discursos negacionistas y la reproducción de narrativas excluyentes. A través de su decreto, se busca dotar de fuerza vinculante a las distintas acciones de resignificación y se busca asegurar la participación de las víctimas que, además de la solicitante, puedan tener interés en el asunto.

ana.cuesta@cambiocolombia.com

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