
Las casi 150 cámaras de fotomultas que se apagarían en diciembre si no se renuevan permisos
Una circular de la Agencia Nacional de Seguridad Vial les advierte a los organismos de tránsito locales que deben hacer el trámite para renovar los permisos de las cámaras antes de terminar el año. ¿Qué criterios se deben cumplir para poder mantener o instalar un sistema de fotodetección? CAMBIO les cuenta los detalles.
Por: Paola Herrera
Los sistemas de detección de infracciones viales en Colombia, mejor conocidos como fotomultas, han generado por años un debate sobre si son herramientas clave para reducir las infracciones y los accidentes de tránsito o si, por el contrario, se convirtieron en un millonario negocio.
Para nadie es un secreto que estas cámaras, que entregan pruebas para imponer comparendos a quienes se saltan las normas, han sido una de las formas más efectivas para recaudar fácilmente millones de recursos al año que van para los organismos de tránsito locales.
Además, estos sistemas son los que les han permitido a las regiones controlar el exceso de velocidad, la evasión de la revisión técnico-mecánica, el respeto por el paso de peatones, la portabilidad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y otro tipo de faltas en las vías que diariamente ponen en riesgo la vida de las personas que conducen y de los transeúntes.
Es por eso que ahora causa sorpresa el hecho de que casi 150 de esas máquinas estén a punto de quedar apagadas, antes de que termine el año, por la falta de gestión de las autoridades que no han hecho los trámites para refrendarlas.
CAMBIO conoció una circular que expidió la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) en agosto de este año, en la que justamente se advierte que hay cientos de cámaras cuyos permisos para operar se vencen en el último mes de 2024. Por eso, cada organismo de tránsito y ente territorial deberá presentar su solicitud de renovación ante esa entidad del Gobierno nacional.
La renovación de las cámaras de fotomultas
Para instalar y poner en marcha la operación de los sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones de tránsito en Colombia se deben cumplir con unos criterios técnicos y de seguridad vial. Los organismos de tránsito, en las diferentes regiones del país, no pueden poner donde quieran y como quieran una cámara de fotomultas: deben tener una autorización previa de una autoridad a nivel nacional.

Así lo estableció el decreto ley 2106 de 2019, el cual determinó también que dichos criterios son definidos por el Ministerio de Transporte en conjunto con la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Dicha norma es clara: “Toda autorización otorgada en Colombia para la instalación de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de presuntas infracciones al tránsito, tendrá una duración de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de su otorgamiento”.
En 2020, se expidió una resolución en la que se aclaró que las autorizaciones otorgadas por el Ministerio de Transporte, con anterioridad a la expedición del decreto de 2019, no requerirán de una refrendación ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial. No obstante, para aquellos sistemas instalados después de ese momento sí se aplica el plazo de cinco años.
Es por eso que la Dirección de Infraestructura y Vehículos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial ha informado que a partir de diciembre de este 2024 se empiezan a vencer algunas autorizaciones. Según la entidad, son 146 sistemas de detección de infracciones que tendrían que hacer el trámite para no tener que apagar las cámaras en enero del próximo año.
Según la ANSV “es oportuno con fundamento en el principio de planeación, adoptar las “medidas de contingencia” necesarias para lograr una atención adecuada, frente al vencimiento y posterior trámite de las autorizaciones otorgadas de acuerdo con lo dispuesto en el decreto Ley 2106 de 2019”.
Dónde están esas cámaras que se van a vencer
La circular en manos de CAMBIO muestra que las 146 cámaras a las que se les vence el permiso en diciembre están en varias regiones del país. Tienen plazo de renovar la autorización en un lapso que va entre el 18 de agosto de este año y hasta el 5 de enero de 2025. Eso con el objetivo de que tengan el tiempo necesario para hacer el proceso y que no colapse el sistema.
La mayoría de las cámaras para fotomultas que deben refrendar el permiso están en Bogotá, donde hay 83 sistemas de detección, cuyo plazo se vence en un par de meses. En Santa Marta y Fundación, en el Magdalena, también se identificaron máquinas con esa misma situación, así como en Aguachica en Cesar; Montería y Planeta Rica en Córdoba; Palmira, Valle, Sabaneta y Bello en Antioquia; Santander de Quilichao en Cauca, Pailitas, San Alberto, Zipaquirá y San Pedro.

¿Cómo se decide en qué lugar se instalan cámaras de fotomultas?
Para pedir la instalación de estos sistemas, según la resolución 20203040011245 de 2020, la autoridad de tránsito competente del lugar donde se pretendan poner las cámaras deberá acreditar ante la Dirección de Infraestructura y Vehículos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el cumplimiento de al menos uno de los siguientes criterios técnicos de seguridad vial: siniestralidad, prevención o infracciones.

Además, dichas cámaras solo podrán ubicarse en sitios que hagan parte de la infraestructura vial. Es decir, no pueden instalarse en colinas, viviendas u otros equipamientos aledaños, ni podrán operarse en vehículos en movimiento durante la detección de la presunta infracción, con excepción de la detección aérea.
Cuando se cumpla con los criterios mencionados, la autoridad de tránsito de cada ciudad o municipio debe radicar la solicitud de autorización. Luego, la Agencia Nacional de Seguridad Vial tendrá un plazo de 45 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de radicado para dar el visto bueno o rechazar la solicitud.

Una vez estén instaladas las cámaras, las autoridades de tránsito deben cumplir con otras condiciones que pueden ser también determinantes a la hora de otorgar nuevos permisos. Por ejemplo, deben hacer la calibración de las máquinas, debe mostrar una viabilidad en el uso de la infraestructura vial y tener evidencia de la señalización instalada.
El proyecto para multar a conductores no a dueños
El debate de las fotomultas también se ha centrado por años en determinar quién debe ser el que asuma las sanciones impuestas tras cometer una infracción si el dueño del vehículo o quien lo iba conduciendo.
Es por eso que, tal como lo reveló CAMBIO la semana pasada, al Congreso de la República llegó de nuevo un proyecto que busca que el doliente de las multas sea el conductor y no el propietario.
Según el senador Jairo Alberto Castellanos del movimiento En Marcha y autor de la iniciativa, lo que se busca es “remediar una injusticia social que se está cometiendo con el sistema de fotomultas en el país, que es no poder identificar quién es el verdadero infractor y cargar la multa al dueño del vehículo, que no siempre es el mismo conductor. Entonces, se quiere garantizar la presunción de inocencia y el derecho a la defensa”.
En todo caso, para los expertos en movilidad, los sistemas de fotodetección han sido muy útiles para disminuir los accidentes de tránsito. Por ejemplo, solo en Bogotá desde que se implementó ese mecanismo bajaron 21 por ciento las muertes viales.
CAMBIO le preguntó a la ANSV sobre lo que podría pasar en caso de que los organismos de tránsito no alcancen a hacer el trámite antes de que se venzan los permisos, pero hasta el momento no se ha obtenido respuesta de la entidad.
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