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Gobierno autoriza cannabis medicinal
País

Primicia: Gobierno autoriza vía decreto la venta de cannabis medicinal

Crédito: Freepik.

Luego de varios meses de redacción y modificaciones, el Ministerio de Salud expidió el decreto que legaliza la venta de cannabis psicoactivo con fines médicos en Colombia. ¿Qué implica?

Por: Mateo Muñoz

El pasado 27 de octubre, el Ministerio de Salud expidió el decreto mediante el cual se legaliza la venta de cannabis medicinal, es decir, las farmacias y droguerías podrán vender el producto a personas con certificaciones médicas. Con esta nueva normativa, la planta podrá distribuirse dentro del país con fines terapéuticos, es decir, se podrán encontrar en las vitrinas ‘moños’ para pacientes cuyos médicos tratantes hayan autorizado el consumo.

Colombia tenía una relación ambigua con el cannabis en ese sentido. Por un lado, en 2016 se legalizó el uso medicinal de la marihuana a través de productos derivados para el mercado interno, y por el otro, en 2021 se autorizó la exportación de la flor seca a países como Reino Unido, Brasil y Polonia donde el cannabis medicinal sí está legalizado. Ahora, con el decreto firmado por los ministros de Salud, Agricultura y Justicia, Colombia entró a ese grupo.

“Regular la producción, uso y distribución del cannabis (flor) con fines médicos no solo facilita un mejor control de su calidad, sino que también garantiza que los pacientes dispongan de tratamientos alternativos seguros y de calidad”, dice parte del decreto.

En los apartados justificativos de la norma, se explica el mayor cambio que trae el nuevo decreto; autorizar el consumo humano o veterinario de la planta y no solo de sus derivados, algo que hasta ayer no estaba regulado en el país. Sin embargo, en el texto se hace la salvedad que solo se autoriza la comercialización para fines médicos.

'No se prevé la posibilidad de hacer uso de la flor de la planta de cannabis como producto terminado para su consumo humano o veterinario, razón por la cual, a la luz de la evidencia actual resulta necesario modificar las respectivas disposiciones normativas´, se lee en la norma.

Cannabis medicinal legalizado 1
Parte del decreto del pasado 27 de octubre mediante el cual el Gobierno legaliza el consumo de cannabis medicinal en Colombia.
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Además, otro de los cambios importantes es la redefinición del concepto de ‘producto terminado’. El Gobierno agrega explícitamente al cannabis y en la nueva norma no solo aparecen los productos obtenidos de la planta: 

“Producto terminado: Cannabis y preparaciones obtenidas a partir de grano, componente vegetal, cannabis o un derivado de cannabis, que vaya a ser comercializado o distribuido como producto de consumo humano o veterinario y que cuente con la autorización sanitaria o certificación que aplique de acuerdo con el tipo de producto.”

Por otro lado, el decreto establece un periodo de transición en el que, por un periodo de dos años, contados a partir de su expedición, solo pequeños y medianos cultivadores con licencias otorgadas por el Gobierno (Ministerio de Justicia y el Fondo Nacional de Estupefacientes) podrán cultivar cannabis psicoactivo y no psicoactivo para que se use directamente o como materia prima en el mercado medicinal del país.

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