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Héctor Carvajal y Jorge Enrique Ibáñez.
Poder

¿Choque entre magistrados de la Corte Constitucional por la revisión del 'decretazo' de la consulta popular'?

El magistrado Héctor Carvajal dijo que la Corte Constitucional no tiene competencia para estudiar 24 demandas en contra del decreto, ya derogado, que convocaba a una consulta popular. Por su parte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez sigue adelantado la revisión del mismo decreto. Detalles.

Por: Alejandra Bonilla Mora

El 'decretazo' de la consulta popular que quería hacer el presidente Gustavo Petro sobre temas laborales ya no está vigente y sigue generando una fuerte discrepancia jurídica en las altas cortes.

Como se sabe, el presidente Petro expidió el Decreto 0629 del 11 de junio de 2025 y lo envió a la Corte Constitucional, pidiendo que este fuera revisado de oficio porque, a su juicio, el control de la convocatoria de uno de los mecanismos de participación ciudadana debe ser integral y posterior a la votación.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, al que por sorteo le correspondió el asunto, asumió el caso. La decisión generó amplia polémica porque no hay un criterio claro sobre cuando se debe pronunciar la Corte, pues la Constitución dice que lo puede hacer sobre la convocatoria y la realización, pero no dice cuándo, y en el mundo jurídico había una especie de consenso de que ese control era posterior a la votación.

Así, pasaron dos cosas al mismo tiempo: el Consejo de Estado suspendió el decreto y siguió con el estudio de fondo de las 60 demandas que se presentaron contra ese decreto; y la Corte Constitucional asumió de oficio la revisión del caso en el despacho del magistrado Ibáñez.

Con la aprobación de la reforma pensional, el Gobierno derogó ese decreto y, por tanto, por sustracción de materia, se esperaba que la Corte dejara de revisar el asunto. No obstante, el magistrado Ibáñez emitió un auto de pruebas, insistiendo en pedir al Senado la documentación relacionada sobre la jornada en la cual esa corporación emitió concepto negativo a la consulta, requisito sin el cual no se podía convocar a la ciudadanía.

Ese proceso sigue en marcha. Ahora bien, a la Corte han llegado 24 demandas contra el 'decretazo' y el caso le correspondió al magistrado Héctor Carvajal, quien lleva unas semanas en el alto tribunal tras ser elegido por el Senado, en medio de una polémica debido a su cercanía con el presidente Petro.

En un auto de 68 páginas, Carvajal dijo que la Corte no tiene competencia para estudiar las demandas contra ese decreto no solo porque se encuentra derogado sino porque, a su juicio, quien debe revisarlo es el Consejo de Estado.

En pocas palabras: hay dos posiciones encontradas en la Corte Constitucional. Por un lado, el magistrado Ibáñez señaló en su momento que asumir el conocimiento del decreto sí era posible y eso no implicaba el “menoscabo alguno del ejercicio de las competencias que en virtud de la Constitución”.

De otro lado, está el magistrado Carvajal quien estima que ese decreto “no constituye un acto jurídico sujeto al control constitucional de esta corporación. Desde la perspectiva formal, los fundamentos constitucionales no permiten identificar su naturaleza jurídica. Desde la perspectiva material, el contenido del decreto carece de fuerza normativa equiparable a la ley a la luz de la jurisprudencia constitucional”.

Por esa razón, Carvajal pide remitir las 24 demandas al Consejo de Estado para que sea esa corte la que se pronuncie de fondo sobre el 'decretazo'. Los demandantes podrán, si quieren, presentar un recurso para que al final sea la Sala Plena de la Corte Constitucional quien se pronuncie sobre este asunto. Si esto sucede, la Sala tomaría una decisión mayoritaria sobre esta controversia.

Por ahora, sigue vigente la revisión en el despacho del magistrado Ibáñez. Y el Consejo de Estado tiene 60 demandas contra el decreto y 124 tutelas. Además, tiene otras 23 tutelas en contra de la jornada que en la que se votó negativamente a la consulta.

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