
Nuevo revés para En Marcha: Consejo de Estado tumba por segunda vez la personería del partido del exministro Cristo
Aunque la Corte Constitucional tumbó una decisión del Consejo de Estado que anuló la personería jurídica de la agrupación política En Marcha, fundada por el exministro del interior Juan Fernando Cristo, este jueves dictaron un nuevo fallo anulando por segunda vez dicho aval.
Por: Ana María Cuesta
Un 'choque de trenes' se ha suscitado este jueves entre la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. Aunque la Corte falló en mayo de este año y ordenó la resurrección del partido político En Marcha, fundado entre otros por el exministro del interior Juan Fernando Cristo, el máximo tribunal de la jurisdicción contencioso administrativa volvió a anular la personería jurídica que el Consejo Nacional Electoral le había otorgado a dicha colectividad.
En mayo de 2025, la Corte Constitucional revocó un fallo que el Consejo de Estado adoptó en 2024 y que tumbó el aval que el Consejo Nacional Electoral (CNE) otorgó en 2022 para el funcionamiento del partido de Cristo. En esa decisión, que contó con la ponencia del magistrado Vladimir Fernández, la Corte determinó que el Consejo de Estado aplicó de manera incorrecta el artículo 262 de la Constitución Política al valorar la situación de En Marcha. En esa decisión el alto tribunal instó al Consejo de Estado a dictar una sentencia de reemplazo en la que “se entienda que los movimientos políticos y agrupaciones sin personería jurídica pueden integrar coaliciones para corporación públicas”.
En dicha decisión, el máximo tribunal de lo constitucional le advirtió al Consejo de Estado que debía valorar, en su nueva deliberación, el hecho de que “En Marcha hizo parte de la coalición política Alianza Verde y Centro Esperanza y suscribió para ello un acuerdo de coalición”. El hecho de que tenían registro ante el CNE como movimiento político sin personería jurídica; el que su logo fue incluido en el tarjetón electoral y todas las demás pruebas que acrediten la participación de En Marcha en la coalición que participó de las elecciones legislativas de 2022, entre otros aspectos.
Pero el nuevo fallo del Consejo de Estado, notificado este jueves, advierte que aunque En Marcha participó de la mencionada coalición, “se responde que no existe una consecuencia jurídica directa de esa circunstancia frente al reconocimiento de la personería jurídica, dado que en dichos eventos, no es posible determinar la efectiva inscripción de candidatos y el consecuente apoyo ciudadano”.

“El efecto directo de la participación en una coalición, sin contar con la personería jurídica, más allá del apoyo político, la identidad de ideales y la presentación ante los ciudadanos como parte de un proyecto proselitista determinado, no puede extenderse a lo que se pretende por la colectividad En Marcha, esto es, entender que sus candidatos fueron votados en las elecciones al Congreso de la República y derivar de ello la consecuencia del otorgamiento de la personería jurídica a esa organización”, agregó el Consejo de Estado en el nuevo fallo.
Los fallos del Consejo de Estado que tumbaron el aval de En Marcha
El año pasado la Sección Quinta del Consejo de Estado tumbó el aval de En Marcha al determinar que aunque integraron la Coalición Alianza Verde Centro Esperanza para las elecciones legislativas de esa anualidad, en realidad no postularon candidatos en dichos comicios. Para el tribunal, con la falta de candidatos, el partido no cumplió con lo que dispone el artículo 108 de la Constitución Política que advierte de la obtención de un 3 por ciento de votos válidos como requisito para poder obtener la personería jurídica.
Este 28 de agosto, en una decisión que posiblemente generará controversia, la Sección Quinta del Consejo de Estado tumbó por segunda vez la personería jurídica de En Marcha. En la nueva decisión agregan que “se demostró que las Resoluciones 5527 del 15 de diciembre de 2022 y 1929 del 8 de marzo de 2023, expedidas por el Consejo Nacional Electoral, incurrieron en la infracción del artículo 108 Constitucional y en falsa motivación, por lo que serán anuladas, modulándose los efectos de dicha decisión”.

“La valoración ponderada e integral del acervo probatorio obrante en el expediente, nuevamente, pone de presente que, si bien es posible concluir que En Marcha tiene un trasegar político considerable y decidió participar de la coalición «Alianza Verde Centro Esperanza», aquella no postuló aspirantes en las elecciones parlamentarias, así como no puede validársela figura del «préstamo o apalancamiento del aval», dado que ello irrumpe con la identidad partidaria que se predica de dicho acto de los partidos o movimientos políticos y en la forma en que el sistema electoral está concebido bajo dicho presupuesto”, señala la nueva decisión notificada este jueves.
En Marcha, de Juan Fernando Cristo, se pronuncia por decisión del Consejo de Estado
En un mensaje publicado en las redes sociales de En Marcha, el exministro Cristo, director de esta colectividad, aseguró que respeta la decisión del Consejo de Estado, pero agregó que no la comparte y acudirá a otras instancias legales.
“Debo decir con toda claridad que no salgo de la sorpresa frente al desacato de esa sección del Consejo de Estado a una sentencia de tutela de la Corte Constitucional”, manifestó el exministro de Estado.
Declaración de En Marcha sobre el fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado que desacata la sentencia SU-175 de 2025 de la Corte Constitucional. pic.twitter.com/AYvThv7Edv
— En Marcha Colombia (@SomosEnMarcha) August 28, 2025
Por último Cristo añadió que “a partir de ahora seguiremos en nuestra lucha de defender los derechos de la militancia y la dirigencia de En Marcha y vamos a acudir a todas las instancias legales para que se cumpla un fallo del alto tribunal constitucional”.
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