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Comparecintes Farc
Los miembros del último secretariado de las extintas Farc fueron sentenciados con la máxima sanción propia que impone la JEP
Poder

Las sanciones a los exFarc: los proyectos priorizados, lo que hace falta y las redenciones que les acreditó la JEP

Los integrantes del último secretariado de las Farc fueron sentenciados a ocho años de trabajos en la búsqueda de personas desaparecidas, acción integral contra minas, la recuperación del medio ambiente y la reparación simbólica. Por haber hecho TOAR de forma anticipada, los exguerrilleros fueron beneficiados con un descuento de pena que va entre siete y 11 meses. Detalles.

Por: Alejandra Bonilla Mora

La histórica sentencia de la Jurisdicción Especial para la Paz en contra de los últimos integrantes del secretariado de las Farc por la práctica generalizada y sistemática de secuestro está planteada en términos de reparación y restauración del daño causado. El sistema transicional no implica cárcel, pero sí una restricción de la libertad que en este caso será de ocho años, que es la máxima sanción propia que contempla este modelo de justicia.

La decisión va dirigida en contra de Rodrigo Londoño Echeverri, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel Redondo, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar, quienes fueron condenados a hacer trabajos en cuatro áreas: la búsqueda de personas dadas por desaparecidas, el desminado humanitario, la restauración del medioambiente y la memoria y la reparación simbólica.

Si bien estas sanciones ya se venían perfilando con tiempo, las víctimas denunciaron que los Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador- Restaurador (TOAR) no se construyeron con su participación. Conocida la sentencia, personas que padecieron el secuestro como el general en retiro Luis Herlindo Mendienta o la excandidata a la vicepresidencia Clara Rojas manifestaron su molestia al estimar que la sentencia no tiene el impacto que esperaban porque estas acciones no logran reparar el daño que provocaron los excomandantes de la guerrilla.

Un elemento importante es que la JEP tuvo en cuenta TOAR que desarrollaron de manera anticipada los máximos responsables y, por eso, les descontó o le reconoció como ya cumplidos un día de sanción por cada dos días de actividad restauradora realizada. La sentencia explica que los comparecientes lograron certificar su participación en 40 TOAR y que en otros seis están en proceso. De estos, cuatro tienen relación con el caso 01. Después de valorar las actividades realizadas por los comparecientes, la JEP indicó que algunos de ellos ya cumplieron entre 7 y 11 meses de la sanción de ocho años que tienen que cumplir, así:

Descuento de sanciones a exfarc
Descuento de sanciones a exfarc. Foto: CAMBIO.

La búsqueda de desaparecidos y la priorización en Palmira

Según la JEP, de las 4.325 víctimas de secuestro acreditadas ante la JEP, cerca del 8 por ciento reportó a un ser querido desaparecido en medio de los secuestros, por lo que los exguerrilleros deberán, entre otros, hacer un balance de información al respecto, formular planes de trabajo coordinados con la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD), elaboración de mapas, vistas de campo, capacitación para la custodia de sitios de interés y hacer actos de reconocimiento, arrepentimiento y perdón concertados con las víctimas.

La sentencia señala que para hacer este proyecto de búsqueda se deberá hacer una detallada distribución de responsabilidades institucionales, en el que la Unidad asume el rol central en materia técnica y forense y la JEP hará “la formulación metodológica y acompaña la ejecución restaurativa (facilitación de encuentros, seguimiento a compromisos, entre otros)”.

La ARN apoyará la vinculación efectiva de los excombatientes en las actividades, asegurando su capacitación y compromiso activo y las capacitaciones en temas cartográficos las hará el Sena. El Instituto Agustín Codazzi tendrá que proveer insumos cartográficos y soporte en sistemas de información geográfica para la elaboración de mapas de búsqueda y el Ministerio de Salud y del Interior tienen un rol para la adecuación de los cementerios y para hacer la articulación con las autoridades locales.

Según la sentencia, este proyecto es “sumamente sensible, ya que acarrea un dolor profundo y persistente de las víctimas: la insatisfacción por no haber podido encontrar a sus familiares y seres queridos, la ausencia prolongada de la persona desaparecida, la incertidumbre sobre sus condiciones de cautiverio y las circunstancias en las que se terminó su vida. Por tanto, la relación con el daño caracterizado se refleja en que cada acción del compareciente responde a esa deuda histórica de verdad y dignificación”.

El magistrado ponente de esta sentencia, Camilo Suárez Aldana, señaló que se priorizó como primer proyecto de sanción la búsqueda, identificación y entrega digna de personas desaparecidas en el Cementerio Central de Palmira, Valle del Cauca. Esto se debió a que en ese municipio se encuentran acreditadas 94 víctimas de este caso.

La sentencia le da un mes a la Secretaría Ejecutiva de la JEP para que coordine con la UBPD, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y las demás entidades competentes, “la priorización, implementación y continuidad del proyecto de búsqueda y entrega digna de personas desaparecidas con intervención en el Cementerio Central de Palmira (Valle del Cauca)”.

La sentencia igualmente le da 20 días a la Secretaría de la JEP para que coordine con la Unidad para canalizar toda la información, documentos o evidencias que los comparecientes entreguen sobre posibles lugares de inhumación, rutas, responsables o coordenadas relevantes. Además, deberá garantizar que los comparecientes sancionados realicen entregas exhaustivas y veraces de la información que posean sobre desapariciones forzadas, secuestros con paradero desconocido y otros hechos.

La Unidad tendrá un plazo de 18 meses para consolidar un informe integral sobre los casos de desaparición, valorando los aportes que hagan los comparecientes. Además, deberán brindar acompañamiento técnico permanente a los comparecientes y planificar y ejecutar acciones de búsqueda en terreno para recuperar e identificar los cuerpos.  

Magistrados de la JEP
La Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz notificó la primera sentencia de su historia contra los siete exintegrantes del último secretariado de las extintas Farc | Crédito: JEP

La memoria y reparación simbólica: el proyecto ‘Huellas de la Memoria’

Hay que indicar que estos proyectos venían preparándose con anticipación y ninguno parte de cero. Aún así, hay algunos más avanzados que otros, pues la materialización de estas iniciativas depende de la entrega de recursos por parte del Gobierno y de la articulación con múltiples entidades. 

Según la JEP, el proyecto busca reconocer a las víctimas de secuestro y de desaparición forzada, así como promover procesos de verdad, dignificación y no repetición. La sentencia contempla que, en este componente, los exguerrilleros, hallados responsables de 21.396 secuestros, tendrán que transcribir los testimonios de las víctimas, construir e instalar “baldosas y artefactos de memoria”, hacer productos audiovisuales, radiales y digitales —incluido un micrositio web— con contenido reparador. 

El proyecto Baldosas por la Memoria en Bogotá consiste en la construcción e instalación de baldosas conmemorativas en espacios públicos asociados a hechos de secuestro y desaparición forzada. Según información de la Secretaría Ejecutiva de la JEP, en la capital residen 1.706 comparecientes, de los cuales 52 están vinculados al Caso 01 y nueve han sido identificados como máximos responsables dentro del mismo proceso. Así mismo, en la capital se han acreditado 589 víctimas ante la JEP, 408 de ellas corresponden a este caso.

La sentencia ordenó a la Secretaría Ejecutiva de la JEP que, en 30 días, “adelante las gestiones de coordinación necesarias con las entidades del orden nacional, regional y local competentes, a efectos de garantizar la priorización e implementación, en su fase inicial, del proyecto “Baldosas por la Memoria” en Bogotá”, en una actividades que debe contar con la participación de las víctimas.

De otro lado, el proyecto contempla además la organización de eventos de perdón y espacios dialógicos sobre los hechos victimizantes, la participación en encuentros restaurativos con víctimas, responsables y comunidades, y la generación de relatorías y sistematizaciones. Para la preparación de este proyecto participaron varios ministerios, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), el Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH), el Centro de Memoria, Paz y Reconciliación (CMPR), el Sena, la Unidad de Víctimas, entre otros. 

En las discusiones previas se destacó el proyecto llamado Huellas de la Memoria, orientado a implementar proyectos restaurativos que contribuyan a la ampliación de la memoria pública y la apropiación cultural, enfocándose en la experiencia de las víctimas, para elaborar piezas que permitan reconstruir y dignificar lo que pasó. Esto incluye el tema de las baldosas, los artefactos de memoria (libros y cartas de la propuesta de los comparecientes) y la estrategia de divulgación y pedagogía.

“Este modo de sancionar a los comparecientes no se desentiende del hecho imputado, por el contrario, canalizan el reconocimiento de responsabilidad hacia la generación de condiciones simbólicas, institucionales y metodológicas que guarden coherencia con el daño caracterizado, desde una lógica restaurativa”, aseguró la JEP.

El magistrado ponente de esta sentencia, Camilo Suárez Aldana, señaló que se ordenó la realización de un circuito de actos restaurativos con relatos dignificantes en lugares emblemáticos, incluyendo Cali y Neiva, para visibilizar impactos diferenciados y promover la memoria histórica sobre el secuestro. En la primera ciudad se hará un reconocimiento a las víctimas de secuestro de los diputados del Valle y en Neiva a la memoria de las víctimas del secuestro de comerciantes.

La restauración de la naturaleza y el desminado

En este asunto, se trata de promover la recuperación ecológica y el fortalecimiento comunitario en zonas afectadas por el conflicto armado, a través de la preparación de terrenos, instalación de viveros y propagación de especies nativas y cultivos de pancoger.  La JEP dijo que esto incluye la implementación de estrategias de plantación, mantenimiento de ecosistemas y acciones agropecuarias, junto con procesos de formación pedagógica en conservación ambiental y turismo de naturaleza. 

Según la JEP, estas medidas tienen una “función restaurativa sustantiva, al articular la reparación del daño con la reconstrucción del equilibrio ecológico, la revitalización del vínculo con el territorio y la dignificación de las comunidades afectadas”. En su criterio, “esta decisión no solo contribuye al cumplimiento del régimen de condicionalidad, sino que refuerza el carácter transformador de la sanción propia, al integrar objetivos territoriales, ambientales y comunitarios en consonancia con los fines del Sistema Integral, el Acuerdo Final de Paz y las políticas públicas sectoriales vigentes”.

En esta materia, la JEP ordenó al Ministerio de Ambiente que defina mecanismos expeditos para viabilizar y concretar los Pagos por Servicios Ambientales para la Paz, como incentivo económico reconocido a víctimas del conflicto armado que sean poseedoras u ocupantes de buena fe exenta de culpa de predios donde se ejecuten acciones de preservación y/o restauración ambiental por parte de los exguerrilleros en el marco de este TOAR. También deberá garantizar la asistencia técnica, habilitar predios, adecuar la oferta de proyectos que vinculen a los comparecientes, entre otros.

Igualmente, se le dio un plazo de tres meses a la Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá para que formule e inicie la ejecución de un plan de restauración ambiental y un plan de mantenimiento de áreas restauradas de la Reserva Forestal Bosque Oriental de Bogotá, con especial énfasis en el corredor Chingaza–Sumapaz, “vinculando a comparecientes sancionados en el desarrollo de proyectos restaurativos e incorporando a víctimas y comunidades aledañas en el marco de las sanciones propias”.

“En articulación con el Jardín Botánico de Bogotá, (la Secretaría debe) garanti(zar) la asistencia técnica para el diagnóstico de daños y la rehabilitación ecológica, la conservación ambiental, la habilitación de terrenos e instalación de viveros, entre otras acciones necesarias para la estructuración e implementación de proyectos restaurativos en el ecosistema Chingaza–Sumapaz y en otras áreas a nivel nacional, con inclusión de víctimas y comunidades, y vinculación de comparecientes sancionados como parte de su sanción propia”.

Secuestro
En una decisión histórica la JEP emitió su primera sentencia en contra de los integrantes del exsecretariado de las Farc. Crédito: JEP

El proyecto Acción Integral contra Minas Antipersonal AICMA busca contribuir a la descontaminación de territorios afectados por estos artefactos a través de la recolección de información de zonas de riesgo, la elaboración de cartografía y la priorización de áreas de intervención. Incluye procesos de capacitación técnica en estudios no técnicos, despeje y educación en el riesgo de minas (ERM), así como talleres de sensibilización dirigidos a comunidades. 

Según la JEP, “el uso extendido de artefactos explosivos improvisados en zonas rurales durante el conflicto armado interno no solo constituyó una forma de violencia letal, sino que configuró un daño estructural de carácter persistente sobre el territorio y la vida comunitaria. Esta práctica, desplegada para mantener el control armado y restringir el acceso de otros actores al espacio rural, generó una fractura profunda en las relaciones sociales, la confianza comunitaria y el aprovechamiento tradicional del territorio”.

La JEP ordenó que se convoque la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra las Minas Antipersonal (CINAMAP) en un plazo de un mes para socializar esta decisión y elaborar e iniciar un plan de trabajo, en un plazo de dos meses, para garantizar que todo este proyecto tenga recursos económicos suficientes para su realización. 

Se ordenó al Ministerio de Defensa y al Ejército facilitar la capacitación certificada de los exguerrilleros en los procedimientos operacionales de desminado humanitario, incluyendo las fases de enlace comunitario, educación en el riesgo de minas, estudios no técnicos y técnicos, despeje, registro de información en plataformas oficiales y demás etapas necesarias. 

La JEP le ordenó a la Presidencia de la Republica y al DAPRE que, en seis meses, elaboren y presenten a ese tribunal un plan de acción integral para el fortalecimiento institucional de la Acción Integral Contra Minas Antipersonales (AICMA), que contenga medidas administrativas, presupuestales, un cronograma de ejecución claro, una estrategia de articulación entre eentidades, entre otros, para poder cumplir con el proyecto. 

Otras órdenes de la JEP: un plan de seguridad

Estas son las sanciones que deberán cumplir los exguerrilleros. Mientras todo esto sucede, todos deberán tener un dispositivo electrónico que permitirá el seguimiento remoto en tiempo real de su ubicación, generando registros y alertas.

“Los comparecientes tienen la obligación de mantener operativo dicho dispositivo, evitar su manipulación o interferencia, y facilitar las verificaciones técnicas que se requieran. Además, el cumplimiento será verificado in situ mediante visitas periódicas de funcionarios designados, quienes supervisarán las actividades restaurativas en el terreno”, dice la sentencia.

Según el fallo, cualquier desplazamiento fuera del horario o zona de trabajo, sea por asuntos personales, familiares, de salud u otros motivos no relacionados con la sanción, requerirá autorización expresa previa a la JEP. Además, no pueden salir del país.  

La JEP le ordenó a RTVC, Sistema de Medios Públicos, hacer un documental con apoyo del Centro Nacional de Memoria Histórica sobre la experiencia de las víctimas y el Ministerio de Tecnologías de la Información deberá divulgarlo durante un año en medios públicos y canales regionales.

Igualmente, se le ordenó al Sena que en tres meses habilite programas de capacitación técnica dirigidos a los exFarc, víctimas y comunidades, necesarios para el cumplimiento de las sanciones propias. “Estos programas deberán incluir, adicionalmente, formación en proyectos restaurativos de conservación y restauración de ecosistemas, negocios verdes y emprendimientos sostenibles”.

La JEP además ordenó que al Ministerio de Defensa que en 30 días “elabore, adopte e inicie la implementación de un Protocolo Integral de Seguridad destinado a garantizar la adecuada ejecución de los cuatro proyectos restaurativos ordenados”.

Ese protocolo deberá incorporar la fases de planeación, coordinación, ejecución y evaluación de seguridad,  prever medidas específicas de prevención y protección ajustadas a las condiciones de cada territorio y de cada proyecto; y designar un equipo operativo especializado encargado de su implementación, en coordinación con la Policía Nacional, las Fuerzas Militares y las autoridades locales competentes.

También deberá poner en marcha un Monitoreo Permanente de Riesgos (MPR) en las zonas de ejecución de las sanciones propias, con el fin de identificar y mitigar amenazas a la seguridad de los comparecientes, de las víctimas y de las comunidades involucradas en su implementación. Y la Policía deberá actualizar y socializar, al menos cada tres meses, mapas de riesgo territoriales, que incluyan
identificación de amenazas y medidas de prevención adoptadas.

El Ministerio deberá hacer un protocolo de seguridad en los departamentos, municipios y territorios priorizados, para garantizar la prevención, protección y efectiva seguridad de las víctimas, los exguerrilleros, los firmantes de paz, las comunidades y los operadores de la JEP, entre otros. Por su parte, la Unidad Nacional de Protección deberá entregar a 1 de octubre de este año un informe sobre la situación de seguridad, niveles de riesgo y estado de las medidas de prevención y protección de los últimos integrantes del Secretariado, hoy condenados.

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