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Cárcel La Modelo en Bogotá.
Poder

Inpec deberá pedir perdón por masacre en La Modelo de 2020 que dejó 23 muertos y más de 100 heridos

El hecho, que empezó con una protesta de los reclusos en pleno inicio de la pandemia, terminó en una matanza. CAMBIO conoció tres condenas a la nación por las heridas que sufrieron reclusos, dictadas, con diferencia de semanas, por varios juzgados de Bogotá. Estos son los detalles.

Por: Alejandra Bonilla Mora

Las imágenes son todavía claras. Familiares de personas detenidas en la cárcel La Modelo de Bogotá gritaban, angustiados, por la suerte de sus seres queridos. Se abalanzaron sobre los cercos de seguridad que rodean el penal, mientras a unos metros, en la prisión, se vivía el caos. Era la noche del 21 de marzo de 2020. Lo que empezó con una protesta de los reclusos en pleno inicio de la pandemia de covid-19, pasó a ser un motín y terminó en una masacre.

Hubo 24 muertos: 23 fueron asesinados por impacto de arma de fuego, según la Fiscalía. Y uno más por caída libre. Además, hubo 107 heridos: 76 reclusos y 33 del personal del Inpec. Además, hubo casos de tortura y desnudez forzada, por los cuales algunos guardianes del Inpec fueron procesados por la Fiscalía.

La justicia acaba de condenar a la nación, representada en el Inpec y el Ministerio de Justicia.CAMBIO conoció tres decisiones judiciales en ese sentido. Una la dictó el pasado 27 de junio el Juzgado 66 Administrativo de Bogotá al estudiar una demanda que presentó la familia de Luis Ignacio Bravo Atuesta, quien está detenido en La Modelo desde el 22 de junio de 2018. Bravo, en la noche de horror, recibió un disparo en el abdomen cuando se encontraba en la reja del patio 2B del penal.

El Inpec se defendió en ese proceso asegurando que actuó con diligencia y que nunca se estableció de dónde provino el disparo que impactó al recluso. El juzgado, al revisar toda la documentación, encontró probada la responsabilidad del Inpec, la entidad que debe garantizar la seguridad de las personas privadas de la libertad.

En este caso, se comprobó que el motín sí fue iniciado por reclusos del cuarto piso, pabellones 5A y 5B, y que luego se extendió a otros pabellones. El juzgado rechazó que el Inpec no hubiera encontrado antes los elementos que permitieron iniciar el motín, que luego escaló a una reacción excesiva de los guardianes.

"No comprende el despacho cómo, aun con las revisiones periódicas a los reclusos –tal y como se evidencia con la minuta aportada en la que, en todas las anotaciones previas a la hora del suceso, se reportó sin novedad–, el centro carcelario no encontró los elementos cortopunzantes y demás elementos que, sin duda alguna, conllevaron a que el amotinamiento no fuera fácilmente controlado”, dice el fallo de 40 páginas.

La decisión señala que el Inpec no impidió que los reclusos o terceros amenazaran la vida e integridad de las personas detenidas en La Modelo y que, por consiguiente, “el Estado no devolvió a las víctimas en condiciones similares a las que fueron retenidos, por lo que debe responder patrimonialmente por los perjuicios causados al demandante”.

Esa sentencia ordenó al Inpec hacer un acto conmemorativo al que sean invitados los dragoneantes, los privados de la libertad y los familiares de ambos grupos que fueron víctimas del amotinamiento. “En dicho momento se deberá hacer un reconocimiento de la omisión de cuidado, ofreciendo disculpas públicas por ello”, dice el fallo.

Además, se ordenó hacer una jornada de sensibilización con todo el cuerpo carcelario del establecimiento La Modelo que haga énfasis en las medidas de seguridad, los derechos y deberes de cada una de las partes de aquella población. Además, se ordenó una investigación disciplinaria sobre el personal que reportó que no había novedad al realizar la revista ese día.

Las otras dos condenas

El pasado 27 de junio, el Juzgado 62 Administrativo de Bogotá dictó otra condena a la nación al estudiar una demanda que presentaron los familiares de Ancízar Esneider Becerra Largo, quien está detenido en La Modelo desde 2019 y quien resultó herido.

“Yo estaba en el patio -contó Becerra- cuando dijeron que 'libertad para todos'. Yo me acerqué hacia la reja y vi que mi compañero estaba herido y me asusté un poco. Decidí ayudarlo y me descolgué de la reja. Lo ayudé pero se murió. Me devolví para el patio y me di cuenta que estaba herido en mis pies”. Esa fue una herida de arma de fuego.

Al revisar el caso y varios testimonios, el juzgado acreditó, tal y como hizo el otro despacho judicial, que el motín empezó por la protesta de los reclusos y que los guardianes del Inpec respondieron con gases y disparos. La sentencia dice que la obligación del Estado sobre los detenidos no es solo de vigilancia y control, “sino que se proyecta hacia la necesidad de preservar la vida e integridad personal de los reclusos, cuya protección no queda limitada, restringida o suprimida por la condición en la que se encuentran, como quiera que dicha limitación solo se realiza respecto del derecho fundamental a la libertad”.

Además, el fallo dice que no hay pruebas de que Becerra haya querido fugarse esa noche, como al parecer sí pasó con otros detenidos. “El simple hecho de que el señor Becerra Largo se encontrara recluido en el patio 2B, no es suficiente para determinar que hacía parte de los reclusos que intentaron fugarse del establecimiento carcelario, tampoco se puede señalar que sus heridas indican que salió de su celda para participar en los desmanes o en el intento de fuga, en tanto que el único argumento alegado es que los privados de la libertad que no quisieron participar se resguardaron en sus celdas”, indicó el juzgado.

El tercer caso conocido por CAMBIO es una sentencia del pasado 29 de abril del Juzgado 63 Administrativo de Bogotá que revisó la demanda que presentó la familia de Diego Fernando Álvarez Colmenares, quien está en La Modelo desde el 12 de junio de 2017. El día de los hechos, Álvarez se tiró al lado de la cancha, “porque todos los presos estaban pro fuera y la guardia disparaba, auxilió a los heridos, pero recibió un disparo y golpes”.

En este caso, el juzgado dijo que no había prueba de que Álvarez fuera uno de los promotores del motín. Por esta razón, no se le puede endilgar culpa alguna de lo que pasó, como pretendía el Inpec. Al contrario, la sentencia dice que el Inpec sí es responsable de no haberlo protegido.

“En el proceso no obra prueba que lleve a determinar que el señor Diego Fernando Álvarez Colmenares era uno de los cabecillas o incitadores del motín o hizo parte de los reclusos que intentaron fugarse del penal, y, por el contrario, como quedó visto en el plenario, algunos de los reclusos eran obligados a participar en este so pena de ser agredidos por sus propios compañeros de reclusión, situación que fue puesta en evidencia en las declaraciones rendidas por los mismos privados de la libertad, razón por la cual no se puede establecer la culpabilidad exclusiva por parte del lesionado en la ocurrencia del siniestro”, indicó el juzgado.

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