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Ponencia en la Corte Constitucional pide tumbar definitivamente la reforma pensional

El documento de 83 páginas asegura que la Cámara de Representantes no subsanó el vicio de forma que la Sala Plena de la Corte Constitucional encontró a mediados de este año y, por eso, pide tumbar definitivamente la reforma.

Por: Alejandra Bonilla Mora

El magistrado de la Corte Constitucional Jorge Enrique Ibáñez Najar presentó una ponencia a sus colegas de la Sala Plena que pide tumbar definitivamente la reforma pensional.

Se trata de una iniciativa impulsada por el presidente Gustavo Petro como uno de sus pilares de campaña para proteger, entre otros, a la población vulnerable, a quienes no pudieron llegar a una pensión a pesar de cotizar por años y asegurarle una vejez digna a millones de colombianos. No obstante, la iniciativa ha estado en vilo por más de un año debido a la forma atropellada en que fue aprobada en el Congreso a mediados de 2024.

Como se recordará, el 17 de junio de este año, la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la reforma se había aprobado con un vicio de forma: en cuarto debate en la Cámara, cuando ya se habían aprobado algunos artículos, se optó por aprobar una proposición para acoger por completo el texto que ya venía del Senado, sin darle estudio a una multiplicidad de proposiciones que se habían presentado entre otros.

La Sala dijo que no hubo suficiente debate, pero que el vicio que en efecto existió, se podía subsanar. Esa decisión se tomó el 17 de junio, pero el auto que contenía todos sus argumentos solo se dio a conocer por la Corte el 14 de agosto. Cuando esto sucedió, ya la Cámara había vuelto a hacer el cuarto debate, aprobando el articulado tal y como había quedado desde la primera vez.

Esto se hizo en sesiones extras del 27 y 28 de junio pasados, pero luego la propia Cámara de Representantes se demoró en aprobar las actas correspondientes de esas sesiones, lo que demoró nuevamente el estudio en la Corte. El nuevo debate, entonces, versó sobre si esa subsanación se hizo bien. 

Jorge Enrique Ibáñez
Jorge Enrique Ibáñez | Crédito: Colprensa

La ponencia

El magistrado Ibáñez presentó una ponencia diciendo que no, que el vicio no fue subsanado y que, por tanto, la ley debe declararse inexequible por vicios de forma.

Según el texto, la Cámara de Representantes cumplió solo parcialmente con lo ordenado. Debatió y votó la proposición sustitutiva, pero se negó expresamente a continuar con el debate del articulado. Por 100 votos contra 11, la plenaria decidió no reabrir la discusión del texto del proyecto, privando nuevamente a las minorías de la posibilidad de presentar y debatir proposiciones modificatorias.

“Esta decisión constituye un incumplimiento del mandato de esta Corte y reproduce el vicio original que se pretendía subsanar. No se trató de un error interpretativo ni de una omisión involuntaria. La Cámara comprendió perfectamente que existía una orden de debatir el articulado y decidió expresamente no hacerlo”, señala la ponencia revelada por La Silla Vacía.

Según el análisis del magistrado Ibáñez, es claro que “el incumplimiento del mandato de subsanación, el proceso adelantado presenta otros vicios concurrentes que agravan la situación. Las sesiones fueron realizadas sin respetar los plazos mínimos de citación exigidos por ley. La sesión del 27 de junio se llevó a cabo sin el quorum decisorio necesario y su acta no fue sometida a aprobación de la plenaria”.

“La sesión del 28 de junio culminó sin debatir el texto del proyecto que fue aprobado en segundo debate por el Senado de la República ni tramitar las proposiciones modificatorias presentadas o anunciadas por varios representantes”, indica la ponencia.

Según el magistrado Ibáñez, en consecuencia, no solo el vicio de forma no se habría subsanado, sino que se habría incurrido en otros, que afectaron la seguridad jurídica. “Permitir una nueva oportunidad de subsanación equivaldría a aceptar que el Congreso puede desobedecer las órdenes judiciales en el cálculo de que siempre tendrá nuevas oportunidades de cumplir”, indicó el jurista.

En ese sentido, la ponencia insiste en que al no subsanarse el vicio, se afecta la totalidad de la ley, siendo imposible que se avalen alguno de sus apartados, por lo cual se debe caer toda la reforma: “Declarar inexequibles solo algunas disposiciones destrozaría la coherencia del sistema y haría inoperante el resto de la ley”, indicó.

Esta ponencia debe ser debatida en Sala Plena y para ser aprobada requiere al menos cinco votos de nueve posibles en este momento. Actualmente, la Sala estudia si separa del debate al magistrado Héctor Carvajal, contra quien se presentó una recusación ya que en 2024 tuvo un contrato con Colpensiones que incluyó emitir conceptos sobre esta reforma. Si Carvajal es retirado del debate, quedarían ocho magistrados en la Sala Plena para debatir este caso. En caso de un empate, se deberá recurrir a un conjuez.

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