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María del Pilar Hurtado, exdirectora del DAS, y Bernando Moreno exdirector del Dapre.
Poder

Chuzadas: Corte Suprema de Justicia confirmó condena contra María del Pilar Hurtado y Bernando Moreno

La Sala de Casación Final rechazó las solicitudes planteadas por los abogados de los exfuncionarios del gobierno Uribe. Según el alto tribunal, se logró probar el entramado criminal.

Por: Paula Ricaurte

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó recientemente que la condena contra la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado (14 años de cárcel), y del exdirector del Dapre Bernando Moreno (ocho años de cárcel) por los delitos de concierto para delinquir, violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública y falsedad ideológica en documento público, sigue en firme.

La Corte también informó que negó la nulidad del proceso solicitada por ambos exfuncionarios y que declaró la preclusión de la actuación por el delito de abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto.

Hurtado y Moreno habían sido condenados el 28 de abril de 2015 por la Sala de Casación Penal y el proceso volvió a la Corte para resolver el recurso de impugnación especial. “En esa decisión, se estableció que entre los años 2007 y 2008, los exfuncionarios se aprovecharon de sus cargos, acordaron desplegar labores de inteligencia contra servidores públicos para obtener información que luego filtraron a medios de comunicación, con el fin de desprestigiar, ante la opinión pública, a quienes la Presidencia de la República consideraba opositores políticos”, aseguró la Corte en el comunicado.

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Juicio a Bernando Moreno y a María del Pilar Hurtado llevado a cabo en 2015. Crédito: Colprensa

En ese entonces, el DAS infiltró a la Corte Suprema de Justicia y ordenó la instalación de dispositivos que grabaron las sesiones de Sala Plena. Así obtuvo información sobre las discusiones jurídicas que los magistrados sostuvieron en la antesala de la emisión de decisiones cruciales en los procesos que investigaban los vínculos de congresistas, algunos cercanos a la Presidencia, con grupos armados.

“La Sala Penal consideró, en su decisión del pasado 7 de mayo, que la Fiscalía probó, más allá de duda razonable, la existencia de los hechos acusados y la responsabilidad de los procesados en tales conductas y no encontró motivos razonables que conllevaran su revocatoria”, aseguró la Corte en el comunicado.

El tribunal también señaló que sí hubo un acuerdo entre exfuncionarios para adelantar labores ilegales de inteligencia desde el DAS, el cual incluyó el uso de gastos reservados para pagar testigos que contribuyeran a desprestigiar a bancos definidos con anterioridad.

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