
“Habrá menos encuestas y más privilegios para los ricos”: los reparos a la nueva ley que regulará los sondeos en Colombia
Una reforma a la regulación de encuestas políticas y electorales fue aprobada por el Congreso y está a la espera de sanción presidencial. Aunque introduce mayores exigencias técnicas y controles, voces expertas advierten que podría restringir el acceso a la información y favorecer a los candidatos con mayores recursos económicos. César Caballero, director de Cifras y Conceptos, analiza para CAMBIO los alcances y riesgos del proyecto.
Por: Juan David Cano
Colombia está a punto de transformar la forma en que se realizan y publican las encuestas de opinión política y electoral. Un proyecto que pasó a sanción presidencial y está a punto de convertirse en ley busca regular los estudios de opinión en la esfera pública. Esta ley introduce requisitos más estrictos y crea mecanismos de control que prometen profesionalizar la práctica encuestadora en el país.
Si le gusta el periodismo de CAMBIO, suscríbase aquí
Sin embargo, desde las firmas encuestadoras hay algunas críticas sobre el articulado. César Caballero, gerente de la firma Cifras y Conceptos, quien lleva más de una década pidiendo una actualización normativa, considera que la reforma tiene aciertos y riesgos: “Desde el 2010 he venido sosteniendo que Colombia necesita modernizar la regulación sobre las encuestas”, señala. Sin embargo, advierte: “El camino al infierno está empedrado de buenas intenciones. Esta ley va a tener como consecuencia que haya menos encuestas públicas de intención de voto en temas electorales”.
¿Qué regula esta nueva ley?
La norma se aplica a todos los estudios cuantitativos que revelen tendencias de opinión o intención de voto. Se exige que cualquier encuesta que pretenda ser representativa cumpla criterios técnicos rigurosos y sea realizada por firmas registradas oficialmente. También se incluyen disposiciones específicas para los llamados 'sondeos', los cuales no podrán presentarse como representativos ni tratar sobre intención de voto electoral.
Caballero celebra que se exijan más responsabilidades a las firmas: “Vuelve los requisitos al encuestador más exigentes. Por ejemplo, que el nombre del encuestador tiene que estar en la encuesta. Eso me parece bien”.
Los criterios técnicos y metodológicos serán más exigentes
Pero no todos los nuevo requisitos técnicos son aprobados por el gerente. La ley impone nuevos estándares en el diseño muestral:
- Para encuestas nacionales, el margen de error por indicador no podrá superar el 3 por ciento, y el nivel de confianza deberá ser del 95 por ciento.
- A nivel departamental, distrital o municipal, el margen máximo será del 5 por ciento.
- Para ser válidas, las encuestas nacionales deben incluir obligatoriamente a los municipios o distritos con más de 800.000 habitantes, así como una muestra balanceada entre municipios grandes, medianos y pequeños de todas las regiones del país.
- En encuestas departamentales se exige cubrir como mínimo el 20 por ciento de los municipios y en las municipales se requiere representar adecuadamente todas las subdivisiones administrativas.
- Además, se autoriza el uso de muestras de reemplazo solo en casos de fuerza mayor como desastres naturales o alteración del orden público.
Sin embargo, para Caballero, algunas de estas exigencias son técnicamente insostenibles: “Cuando el extremismo ideológico se mete en el instrumento técnico, comete errores graves. (...) Dice que hay que ir a municipios de más de 800.000 habitantes. Pero solo hay ocho en Colombia de ese tipo, y si hablamos de mayores de edad que son los que votan, son cuatro. Esas son las ciudades a las que vamos todos los encuestadores”.
Además, cuestiona la agrupación regional: “Obligan a que Tolima esté en la misma zona que Amazonas, o que Bogotá esté en la misma zona del Norte de Santander. Es un absurdo”.
Periodo autorizado para medir intención de voto
La ley también establece límites claros sobre cuándo se pueden realizar encuestas sobre intención de voto:
- Solo se podrán aplicar desde los tres meses anteriores al primer día de inscripciones de candidaturas.
- Una vez cerradas las inscripciones, las encuestas deben incluir a todos los candidatos oficialmente inscritos para el cargo en disputa.
Esta medida busca evitar sesgos en la fase previa a la definición del tarjetón electoral. Pero para Caballero, esto crea una profunda desigualdad: “Hasta noviembre de 2025 no se puede publicar ninguna encuesta de intención de voto. La gente que tiene plata va a hacer campaña con una gran ventaja, porque puede contratar encuestas. En cambio, quienes no tienen recursos van a estar a ciegos hasta noviembre”.
Y concluye: “Lo que se va a conseguir no es un aumento en la calidad del capital del país, sino un gobierno que promovió una ley para que los más ricos influyan más en la postura”.
La información deberá ser completa y accesible para el público
Por otro lado, la norma pide que toda encuesta publicada deberá ir acompañada de una ficha técnica detallada que incluya:
- Autor y financiador del estudio
- Método de recolección de datos
- Preguntas formuladas y orden
- Margen de error por indicador
- Microdatos anonimizados
- Nombre del estadístico responsable
Caballero está de acuerdo con ello. Además, los medios deberán publicar cualquier rectificación en un plazo máximo de tres días si el Consejo Nacional Electoral (CNE) encuentra errores sustanciales.
La creación de una nueva Comisión Técnica de Vigilancia
La ley también crea una Comisión Técnica de Vigilancia de Encuestas adscrita al CNE. Esta comisión tendrá cinco miembros expertos en estadística, seleccionados a partir de postulaciones de universidades acreditadas y que no tengan vínculos políticos o comerciales. Además, la comisión podrá auditar todas las encuestas nacionales y seleccionar aleatoriamente las territoriales, además de asesorar al CNE y emitir conceptos técnicos.
Pero, para Caballero, no queda claro de cómo exactamente funcionará la comisión: “Que haya una comisión está bien. Pero no queda claro qué es lo que va a hacer ni cómo va a operar. Si nos exigen entregar datos protegidos por habeas data, ahí va a haber un problema de competencia”.
El gerente también apoya la auditoría, pero no el método propuesto: “Las firmas deben permitir auditoría en sus oficinas, sin entregar bases de datos. Lo que están diciendo ahora es que tengo que mandar las bases. Eso es de un enorme riesgo”. Y advierte sobre implicaciones graves: “Eso lo utilizan las dictaduras para saber qué piensa la gente e ir a castigar a los que no opinen lo que el Gobierno quiere. Es peligroso”.
Los nuevos requisitos para las firmas encuestadoras
Por otro lado, la nueva ley establece que solo podrán realizar encuestas con intención de publicación aquellas firmas registradas ante el CNE. Las encuestas sin registro serán ilegales, y su publicación conllevará sanciones civiles y penales, requisitos que apoya el gerente de Cifras y Conceptos. Para inscribirse, deben cumplir con:
- Acreditar experiencia en realización de encuestas durante al menos 5 años.
- Tener mínimo 3 años de constitución legal como sociedad especializada en estudios de mercado o opinión.
- Acreditar un estándar técnico de calidad avalado por el Subsistema Nacional de Calidad (para encuestas nacionales).
Las firmas deben renovar su inscripción cada tres años y reportar cualquier cambio en su estructura. Las personas naturales tendrán un plazo de un año para convertirse en personas jurídicas si desean seguir publicando estudios.
Nuevas restricciones y el aumento del control ciudadano
La norma también prohíbe que las firmas encuestadoras o sus directivos realicen aportes a campañas políticas. También penaliza la publicación de encuestas falsas o con logos de firmas sin autorización.
Caballero, sin embargo, cuestiona la prohibición de aportes a campañas por parte de dueños de encuestadoras: “¿Por qué no puedo yo aportar a una campaña? Es un derecho. Le van a restringir a un grupo de ciudadanos sus derechos políticos por ser una minoría. Es muy grave”.
Por otro lado, los ciudadanos podrán presentar denuncias y solicitudes de revisión sobre encuestas ante el CNE, que deberá tramitarlas de forma “pronta y efectiva”. Además, si se comprueba una falla en la información difundida, los medios estarán obligados a rectificar en los mismos canales de difusión. Algo con lo que está de acuerdo el gerente.
¿Un proyecto técnico o político?
Para el director de Cifras y Conceptos, el espíritu de la ley mezcla técnica con ideología: “Yo creo que el Gobierno ideológicamente está radicalizado, y los políticos flojos le echan la culpa a las encuestas cuando pierden elecciones. Lo fácil siempre es echarles la culpa a las encuestas”.
El resultado, advierte, será una democracia con menos información y más desigualdad: “Ahora va a haber menos información, salvo que usted sea muy rico y tenga con qué pagar unas encuestas que no se van a publicar. El proyecto está plagado de buenas intenciones, pero va a generar que los que tienen plata sean los únicos con acceso a información”.
Comentar este artículo
Aún no hay comentarios









