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Álvaro Uribe Vélez.
Poder

Caso Uribe: Tribunal Superior niega medida que buscaba frenar de urgencia la orden de detención

El magistrado Leonel Rogeles Moreno señaló que no hay motivos en este momento para conceder la pretensión de la defensa del expresidente. Ahora, la Sala deberá estudiar de fondo la tutela.

Por: Alejandra Bonilla Mora

La orden de detener de forma inmediata al expresidente Álvaro Uribe sigue vigente. El Tribunal Superior de Bogotá, que estudia una tutela presentada por la defensa del exmandatario, negó una petición que pedía revocar -de urgencia-esa orden.

“No existen motivos para que en este estadio del proceso de tutela, se suspenda la orden dictada por la autoridad judicial accionada, máxime que, salvo la inconformidad del actor con la decisión judicial, por el momento ninguna irregularidad se advierte que sea del calado necesario para estimar una afectación relevante a los derechos fundamentales del prenombrado”, dijo el magistrado Leonel Rogeles Moreno.

El magistrado Moreno asumió el estudio del caso que inicialmente le correspondió a su colega Ramiro Riaño, quien está impedido para tramitar este caso. Se revisa una tutela que presentó la defensa del exmandatario que alega que la orden de casa por cárcel inmediata no es necesaria porque la condena impartida contra Uribe, a 12 años de prisión, aún no está en firme.

Ese reclamo aún debe resolverse de fondo. Lo que revisó por ahora el magistrado fue una medida cautelar, que venía en la tutela, alegando que la vulneración de derechos contra Uribe era tal que necesitaba una intervención urgente del Tribunal.

En auto de cinco páginas, el magistrado dijo que no hay motivo para ello en este momento.

“Lo anterior obedece a que en este momento no están constituidos los elementos de juicio suficientes para tomar una decisión de esa naturaleza. Es importante recordar que las decisiones de los jueces gozan de la presunción de acierto y legalidad, hasta tanto en las instancias superiores se determine lo contrario, ello permite garantizar la seguridad jurídica, su respeto y cumplimiento, como garantía de los postulados de los arts. 29 y 229 de la Carta Política”, dice el auto.

Ahora, el Tribunal deberá estudiar de fondo la tutela. En este caso, cabe recordar, la jueza Sandra Heredia que impartió la condena a Uribe por fraude procesal y soborno en actuación penal, indicó que esta orden es necesaria porque el expresidente podría evadir a la justicia.

“La privación de la libertad inmediata resulta necesaria para asegurar la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos. Esta medida no solo tiene un efecto disuasivo e intimidatorio que previene la comisión de delitos respecto al implicado y los nacionales, sino que también evita la percepción negativa de la sociedad de que las personas pueden continuar gozando de su libertad pese a una condena”, dijo Heredia en la condena.

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