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La Sección Quinta del Consejo de Estado rechazó las demandas que pretendían tumbar el acto de elección de la fiscal general de la nación.
Poder

El Consejo de Estado confirmó la elección de la fiscal general, Luz Adriana Camargo

La alta corte desestimó cuatro demandas que pretendían la nulidad del acto de elección de la fiscal general de la nación, alegando presuntas irregularidades como vicios en la conformación de la terna o supuestas presiones a la Corte Suprema de Justicia.

Por: Ana María Cuesta

La Sección Quinta del Consejo de Estado desestimó este jueves las cuatro demandas de nulidad que pretendían tumbar el acto de elección de la fiscal general de la nación, Luz Adriana Camargo, alegando presuntas irregularidades y vicios que pasaron desde la conformación de una terna de sólo mujeres, vacíos legales en la terna tras la renuncia a última hora de la candidata Amelia Pérez, o alegadas presiones a la Corte Suprema de Justicia para que escogiera a la nueva fiscal.

La decisión, con ponencia de la magistrada Gloria Gómez Montoya, salvó la elección de la fiscal con los siguientes argumentos: “Al no encontrarse acreditado: la desatención de los criterios de igualdad y equidad de género en la conformación de la terna por solo mujeres, la expedición irregular por la modificación de una de las aspirantes, la vulneración del voto secreto, desviación de poder por parte de las autoridades que intervinieron en el trámite electoral, el desconocimiento de las reglas relativas al cuórum y formación de las decisiones, actos de violencia que mutaran la voluntad de los electores y, el conflicto de interés del presidente de la república, se impone negar las pretensiones de las demandas acumuladas”.

Camargo fue elegida por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia el 12 de marzo de 2024, con 18 votos, de una terna que también conformaron las candidatas Ángela María Buitrago y Amelia Pérez. Su elección se produjo minutos después de que Pérez le presentara a la Corte su renuncia a la terna, renuncia que no produjo cambios en la deliberación del alto tribunal, para ese momento presidido por el magistrado Gerson Chaverra.

La actual fiscal general fue incluida en dicha terna, el 26 de septiembre de 2023, luego de que el presidente Petro decidiera cambiar a una de las candidatas de la primera terna que presentó ante la Corte el 2 de agosto de 2023: la exfiscal delegada Amparo Cerón.

El proceso electoral en la Corte Suprema de Justicia para la elección de la fiscal general estuvo rodeado de un contexto de protestas sociales y de asedios al Palacio de Justicia, protagonizados por ciudadanos que le pedían a los magistrados mayor celeridad en la definición del reemplazo del entonces fiscal Francisco Barbosa Delgado. Por esa y otras razones, diversos ciudadanos presentaron demandas ante el Consejo de Estado alegando presuntos vicios en la elección de la fiscal general, Luz Adriana Camargo, que fueron sepultados este 21 de agosto por decisión de la sala electoral de la alta corte.

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Las cuatro demandas contra la elección de la fiscal general

La Sección Quinta del Consejo de Estado recibió cuatro demandas de los ciudadanos Samuel Alejandro Ortiz, Harold Eduardo Sua, Jonh William García, Sthefanny Feney Gallo, Larzon Steve Cárdenas y Juan Manuel Retis que pretendían tumbar el acto de elección de Camargo.

En una de las acciones judiciales se advertía que ante la renuncia radicada a última hora por la candidata Amelia Pérez, la Corte debió pausar la elección y pedirle al presidente Petro que recompusiera la terna. También se alegaban supuestos derechos adquiridos de la candidata Amparo Cerón, quien fue retirada de la primera terna sin su “consentimiento”. Otra demanda cuestionaba que el presidente Petro presentara una terna conformada por solo mujeres, sin incluir al menos a un hombre o a una persona con identidad de género diversa.

En otra de las demandas se alegaban supuestos actos de presión y de violencia, con ocasión del asedio que sufrió el Palacio de Justicia el 8 de febrero de 2024, que habrían influido en la elección que efectuaron los magistrados del máximo tribunal de la justicia ordinaria.

Y la última acción judicial alegó un supuesto conflicto de intereses por parte del presidente de la república Gustavo Petro que, según los demandantes, ha debido declararse impedido para presentar la terna por el hecho de que su hijo Nicolás Petro y su hermano Juan Fernando Petro tenían investigaciones en el ente acusador.

Lo que consideró el Consejo de Estado para salvar la elección

El máximo tribunal de la justicia contencioso administrativa tuvo en cuenta para su decisión un concepto de la Procuraduría General de la Nación que pidió desestimar las demandas contra Camargo, entre otros aspectos, porque para el Ministerio Público una terna de solo mujeres no desconoce derecho alguno: representa un “avance progresivo en materia de acciones afirmativas y un acto de justicia histórica, material y distributiva para corregir la subrepresentación femenina en altos cargos del Estado”.

“No hay una disposición normativa que obligue al presidente de la república a conformar la terna para la elección de fiscal general de la nación, con por lo menos un hombre (...) para la conformación de la terna, el presidente de la república se encuentra en la obligación de contemplar al menos a una mujer, único condicionamiento que tiene el primer mandatario respecto al tema de género”, expresó el Consejo de Estado sobre ese punto.

Otro aspecto que analizaron fue el de los supuestos derechos adquiridos por la candidata Amparo Cerón, quien fue retirada de la terna por el mismo presidente. “Cuando el presidente de la república modificó una de las candidatas a fiscal general de la nación, ya había entregado a la Corte Suprema de Justicia los nombres de estas; dejó de acompañar con las postulaciones, los soportes que permitían al órgano elector activar su competencia y fijar el cronograma electoral luego de la verificación de los requisitos de las aspirantes y tener certeza que aquellas no se encontraban inhabilitadas para ejercer el empleo ofertado”, expresa el fallo.

“El actuar del presidente de la república al variar la terna frente a una de las integrantes, no puede ser considerado arbitrario o desconocedor de algún derecho, dado que, si bien en la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia el 14 de septiembre de 2023 deliberó lo alusivo al tema de género, por cuanto aquella fue conformada con solo mujeres, lo cierto es que no pudieron emprender la votación en la medida en que no tenían la certeza de que las ternadas cumplían con los requisitos para el cargo de fiscal general de la nación.

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Luz Adriana Camargo Garzón, Fiscal General de la Nación. Foto: Colprensa.

Sobre la renuncia de Amelia Pérez ante la Corte Suprema, presentada a las 8:50 de la mañana del 12 de marzo, y la misma renuncia de ella radicada ante el presidente Petro a las 9:34 de la mañana, el Consejo de Estado determinó que cuando Pérez renunció ante el presidente ya era tarde pues la Corte Suprema efectuó la elección diez minutos después.

“La señora Pérez Parra en principio presentó su renuncia ante el organismo elector, quien como se explicó ampliamente, no tiene facultad para postular la terna, pues constitucionalmente esta atribución está en cabeza del presidente de la república, por lo que el alto tribunal no tenía la competencia para resolver al respecto. Ahora bien, la Sala no desconoce que, tiempo después, a las 9:34 de la mañana también la presentó ante el presidente de la república, pero cuando lo hizo fue casi concomitante con la declaratoria de la elección que tuvo lugar a las 9:45 de la mañana lo cual pone en evidencia que para el momento ya era tarde”, indica la decisión.

Y finalmente, sobre las supuestas presiones y la violencia psicológica que pudieron influir en la decisión de la Corte Suprema, el fallo advierte que “si bien se presentaron diversos actos que pudieron alterar el orden público alrededor del recinto del Palacio de Justicia, no por ello se vio comprometida su espontaneidad y libertad al momento de elegir”.

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