
Antonio Sanguino sí irá a juicio por 'carrusel de la contratación' en Bogotá; el ministro de Trabajo se pronunció
Aunque la Corte Suprema de Justicia archivó una parte del proceso por prescripción de los hechos de 2008, este seguirá adelante por las actuaciones ocurridas en 2009.
Por: Gabriela Casanova
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia decidió continuar con el juicio contra el ministro de Trabajo, Antonio Eresmid Sanguino, por su presunta participación en el escándalo de corrupción conocido como el 'carrusel de la contratación' de Bogotá. La decisión fue emitida dos meses después de la audiencia de formulación de acusación por el delito de tráfico de influencias.
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Tras estudiar una solicitud de preclusión parcial del proceso presentada por la Fiscalía, la Sala declaró la nulidad parcial de la audiencia de formulación de imputación, ordenó el archivo definitivo de la actuación relacionada con parte de los hechos investigados y solicitó a la Secretaría que adelante las gestiones necesarias para ocultar el nombre e identificación de Antonio Sanguino Páez en las bases de datos públicas que registren el historial del trámite archivado. Pero... ¿por qué la decisión es parcial y no total?
Los hechos por los que se acusaba al ministro se dividen en dos eventos. El primer evento, relacionado con hechos ocurridos en 2008, prescribió en 2024, por tanto, ya no será objeto de juicio. En cambio, el segundo evento, de 2009, sí será juzgado y es la razón por la que el proceso penal seguirá su curso.
“(...) el juicio subsiste por la situación fáctica acaecida en el año 2009, adecuada típicamente por la Fiscalía bajo el mismo punible señalado en el artículo 411 del Código Penal. Esta deberá seguir en la etapa que se encuentra, esto es, para continuar el trámite de la audiencia de formulación de acusación en el estadio en que quedó”, dice el fallo.

Los hechos que dieron origen al juicio
Según el escrito de acusación, Antonio Eresmid Sanguino, cuando era concejal del Distrito Capital de Bogotá, habría influido para que, en 2008, se nombrara como gerente del Hospital de Usme a Liliana Patricia Paternina Macea, una persona de su confianza. Una vez conformada la terna de candidatos tras un proceso de selección, el entonces concejal solicitó al secretario de Salud, Héctor Zambrano Rodríguez, y al alcalde mayor, Samuel Moreno Rojas, que ella fuera designada. Según la Fiscalía, el objetivo era tener control sobre el hospital y su contratación. Este evento, al haber prescrito, no será juzgado.
El segundo evento ocurrió entre enero y noviembre de 2009. Ya con su recomendada en el cargo, Sanguino habría seguido ejerciendo influencia indebida. La Fiscalía lo señala de intervenir en el proceso de adjudicación del contrato de obra para la construcción y dotación de la nueva sede del hospital, buscando favorecer a una empresa presuntamente controlada por Héctor Julio Gómez González. A cambio, Sanguino habría esperado recibir una comisión del 10 por ciento del valor total del contrato. Estos hechos sí serán tenidos en cuenta en el juicio.
La Corte negó la solicitud de nulidad de la defensa
La defensa del ministro Sanguino interpuso una solicitud de nulidad por violación al debido proceso con dos cargos: uno por una indebida calificación jurídica de los hechos y otro por indeterminación de los hechos relevantes.
Entre sus argumentos, alegó que el escrito de acusación presentaba un contenido “desorganizado, incorrecto y difuso” y que el delito imputado ya se encontraba prescrito. También afirmó que, al solicitar a la Fiscalía que especificara fechas y lugares en los que presuntamente Sanguino había ejercido la influencia indebida, no se obtuvieron respuestas concretas, lo que dificultaría el derecho a la defensa.
Sin embargo, la Sala decidió negar la nulidad: “la solicitud de nulidad planteada por la defensa por el cargo analizado es abiertamente improcedente, pues contrario a lo aducido por aquel y conforme a lo considerado con anterioridad, la misma no contiene el soporte fáctico y jurídico capaz de derruir la actuación en el estado en el que se encuentra –a excepción de lo resuelto en la solicitud de preclusión de la Fiscalía–”.
Y añadió: “No se evidenciaron graves vulneraciones a las garantías fundamentales del imputado, por lo que la referida solicitud será negada”.
No obstante, la Corte advirtió que contra esta decisión y la de preclusión proceden los recursos de reposición y apelación.

¿Qué dijo el ministro Sanguino?
Luego de que la Corte emitiera su decisión, el ministro Antonio Sanguino se pronunció en sus redes sociales: “Estas determinaciones del más alto tribunal de la justicia colombiana son una muestra de que, con plenas garantías constitucionales y legales del debido proceso, los ciudadanos podemos defender nuestros derechos, muchas veces mancillados por especulaciones e irresponsables señalamientos mediáticos”, escribió en su cuenta de X (antes Twitter).
Aseguró que continuará acudiendo a todas las citaciones que le haga la Corte, sin dilaciones ni maniobras para evitar el proceso.
“Hago un llamado a la responsabilidad y a la ética periodística a aquellos que, sin estudiar de fondo la providencia emanada por la Sala, hacen titulares sensacionalistas diciendo que voy a juicio por tráfico de influencias. Esa afirmación es contraria a la verdad judicial y solo busca ganar audiencia a costa del honor y buen nombre de los ciudadanos”, agregó.
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