
¿Cuándo se realizaría la Asamblea Constituyente que propone Gustavo Petro y qué avances hay hasta ahora? Armando Benedetti revela nuevos detalles
Luego de que el presidente Gustavo Petro volviera a insistir en la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente, el ministro del Interior, Armando Benedetti, aseguró que ya se adelantan los primeros pasos para su eventual realización.
Por: Gabriela Casanova
Desde hace tiempo, el presidente Gustavo Petro ha venido hablando sobre la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente. De hecho, una de las últimas veces que planteó esta propuesta fue en junio de este año cuando advirtió que, de caerse la consulta popular, impulsaría la asamblea. También lo volvió a mencionar hace pocos días, durante un evento público en La Dorada, Caldas.
“Pues empecemos a hablar de ambas cosas, de cómo se crea una asociación nacional campesina, de cómo se articulan las demás fuerzas sociales de Colombia y de cómo volvemos realidad, el año entrante, a través de los mecanismos que la Constitución actual ya establece, la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente para hacer una Constitución que garantice , no una nueva Constitución, ojo, que ya la tenemos”, dijo el jefe de Estado.
A lo que agregó: “Algunas cosas tenemos que modificar, pero la Constitución ya la tenemos. Que garantice y que se vuelva realidad, que ningún magistrado nos vuelva a echar un discurso de un Estado de derecho que termina siendo un Estado mafioso”.
Ante las críticas que cuestionaban que Petro había prometido no convocar una asamblea, el mandatario respondió que esta será convocada por el pueblo y que, cuando ocurra, él ya no será presidente, pues será luego de las elecciones de 2026.
El poder constituyente lo convoca y lo convocará el pueblo mismo. Yo no seré presidente para ese momento. https://t.co/9ahqw86WHu
— Gustavo Petro (@petrogustavo) September 19, 2025
Pocos días después de sus declaraciones, el ministro del Interior, Armando Benedetti, en diálogo con medios de comunicación, entregó detalles sobre esta propuesta. Señaló que “sí o sí va la constituyente” y enfatizó que el tema se tratará en el próximo Congreso y Gobierno.
“Los primeros comités que se están creando y trabajando para eso son, para las preguntas. Después de eso recuerde que va a ser por iniciativa popular. Son 2 millones y algo que se necesitan para presentarla de forma popular, pero la idea es pasar las 10 millones de firmas para que tenga una contundencia fuerte en el Congreso de la República”, dijo Benedetti.
#Política | Armando Benedetti, Ministro del Interior dio sus impresiones acerca de la discusión del Presupuesto General de la Nación en el Congreso y del discurso del presidente Gustavo Petro (@petrogustavo) en la Asamblea General de la ONU 📹@AABenedetti pic.twitter.com/Taa0xn8GnF
— Doomo Editorial (@DoomoEditorial) September 25, 2025
¿Cómo se convoca una Asamblea Nacional Constituyente?
La Asamblea Nacional Constituyente es una figura jurídica mencionada en la Constitución Política, cuyo propósito es la reforma de la Carta Magna. Según el artículo 374, la Constitución “podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante referendo”.
De acuerdo con la Constitución, para convocar una Asamblea Constituyente se deben seguir una serie de pasos. El primero es presentar proyectos de acto legislativo por parte del Gobierno, diez miembros del Congreso, el 20 por ciento de los concejales o de los diputados, o los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al 5 por ciento del censo electoral vigente.
El trámite de cada proyecto se realizará en dos periodos ordinarios y consecutivos. Si un proyecto se aprueba en el primero de ellos por la mayoría de los asistentes, será publicado por el Gobierno. Luego, si es aprobado en el segundo por la mayoría de los miembros de cada Cámara, el Congreso podrá disponer que el pueblo, en votación popular, decida si convoca una Asamblea Constituyente.
“Se entenderá que el pueblo convoca la asamblea, si así lo aprueba, cuando menos, una tercera parte de los integrantes del censo electoral. La asamblea deberá ser elegida por el voto directo de los ciudadanos, en acto electoral que no podrá coincidir con otro”, dice el artículo 376 de la Constitución.
Luego de aprobarse la convocatoria y los temas de su competencia, dentro de los dos a seis meses siguientes se llamará a la elección de sus integrantes. Una vez conformada la asamblea, se suspende la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución durante el término señalado. La asamblea aprobará los temas de su competencia durante el periodo por el cual fue convocada.
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