
Estos son los argumentos de la Procuraduría para llamar a juicio disciplinario a Nicolás Petro
El ente de control disciplinario llamó a juicio a Nicolás Petro Burgos, exdiputado del Atlántico e hijo mayor del presidente de la República, tras hallarle un presunto incremento patrimonial injustificado durante la vigencia de 2022.
Por: Redacción Cambio
CAMBIO conoció el pliego de cargos contra Nicolás Petro, de 56 páginas, en el que la Procuraduría argumenta que el entonces diputado incurrió en la falta disciplinaria consagrada en el numeral 2° del artículo 62 de la Ley 1952 de 2019, al haber incrementado injustificadamente su patrimonio directamente, a favor propio y de Dayssuris del Carmen Vásquez Castro, su exesposa, durante el 2022, en 1.189 millones de pesos. Por ese hecho, considera la entidad que cometió una falta grave y debe responder en juicio.
Según explicó el organismo de control, la entidad contrastó sus ingresos como corporado en la Asamblea Departamental, que ascendieron a “doscientos diecinueve millones novecientos veinticinco mil pesos ($219.925.000)”, frente a los gastos que ejecutó en el mismo periodo, los cuales llegaron a “mil cuatrocientos nueve millones seiscientos cincuenta y siete mil pesos ($1.409.657.000)”.
La investigación disciplinaria comenzó de forma oficiosa después de que la exesposa del investigado, Dayssuris del Carmen Vásquez, relatara en una entrevista con Semana que Nicolás Petro habría recibido recursos de manera irregular para la campaña presidencial de Gustavo Petro, los cuales se habría apropiado para sufragar gastos personales y la compra de bienes. En el auto se lee: “habría, presuntamente recibido dinero de forma irregular de los señores Samuel Santander López Sierra y Gabriel Elías Hilsaca Acosta (…) dinero del cual se habría apropiado para sufragar sus gastos personales y la adquisición de bienes”.
El expediente incluye testimonios, contratos y soportes técnicos que, de acuerdo con el Ministerio Público, resultan determinantes: “estos testimonios demuestran la presunta responsabilidad del investigado servidor público (…) debido a que los mismos se exhiben coherentes, armoniosos y con riqueza descriptiva de los acontecimientos que narran, por lo que conforme a las reglas de la sana crítica merecen credibilidad para este despacho”.
Uno de los episodios más llamativos tiene que ver con el intento de compra de un inmueble en Barranquilla, que, según la Procuraduría, se hizo mediante un tercero para ocultar la operación: “el investigado y su cónyuge incrementaron sin justificación alguna su patrimonio e incluso quisieron ocultarlo con la utilización de terceras personas como lo es el señor César Emilio Vásquez Buendía, a través de quien se pretendió adquirir el bien inmueble con recursos que no provenían de la única actividad económica por la cual el señor Nicolás Fernando Petro Burgos recibía y declaraba ingresos”.
“Los resultados de ambos dictámenes convergen y son contundentes en señalar el presunto incremento injustificado del patrimonio del investigado en cifras que no se acompasan con sus ingresos como diputado de la duma Departamental pues tuvo gastos sustancialmente superiores a sus ingresos por la única actividad económica que ejercía. Por último, cabe anotar que la señora Dayssurys Vásquez, cónyuge del disciplinado para la fecha de los hechos no contaba con actividad económica acreditada, ni registraba ingresos por ningún concepto laboral; en ese sentido, poco podía aportar monetariamente a la economía familiar, no contando con el músculo financiero propio para la adquisición de bienes de gran valor, como los relacionados en la presente actuación”, dice el documento.
La Procuraduría concluyó que la conducta del hijo del presidente encaja exclusivamente en la tipificación de incremento injustificado del patrimonio y no en otras faltas que en algún momento se compulsaron: “en este momento sólo se continuará con el juzgamiento de la falta disciplinaria establecida en el numeral 2° del artículo 62 del CGD, como lo demanda el principio de especialidad en materia disciplinaria”.
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