
Los casos de falsos positivos olvidados en bolsas por los que la JEP pide investigar a dos jueces y a un procurador
En el fallo que sancionó a 12 exintegrantes del Batallón La Popa por 135 falsos positivos en la costa Caribe, la JEP compulsó copias para que la Fiscalía y la Procuraduría investiguen a dos jueces y a un procurador por sus actuaciones de hace dos décadas. Investigaciones por falsos positivos habrían quedado olvidadas en bolsas.
Por: Ana María Cuesta
La Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la Jurisdicción Especial para la Paz compulsó copias para que se investigue, penal y disciplinariamente, las presuntas irregularidades en las que habrían incurrido dos jueces y un procurador que trabajaron en la Justicia Penal Militar hace dos décadas.
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Los funcionarios judiciales habrían incurrido en irregularidades y faltas disciplinarias asociadas a denuncias por ejecuciones extrajudiciales o falsos positivos, que habrían quedado olvidados en bolsas, y a los que no se les habría dado trámite o no se habría denunciado dicho ‘olvido’ ante las autoridades competentes.
“Compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación a través de la secretaría judicial, para que se investigue la actuación y presunta responsabilidad penal y disciplinaria de: Carlos Darío Martínez Acosta en su calidad de juez 21 de Instrucción Penal Militar; Heidi Johana Zuleta Gómez, en su calidad de jueza encargada del Juzgado 21 de Instrucción Penal Militar y jueza 15 de Brigadas; Pedro Luis Toro Sierra, en su calidad de procurador 227 Judicial Penal”, expresa la sentencia de la JEP.
La compulsa de copias se adoptó en el fallo que sentenció a 12 exintegrantes del Batallón de Artillería La Popa del Ejército por su responsabilidad en crímenes de guerra y de lesa humanidad asociados a 135 asesinatos y desapariciones forzadas, que hicieron pasar por bajas legítimas en combate, en el marco del macrocaso sobre los falsos positivos.

La bolsa negra con los casos remitidos de la justicia ordinaria
De acuerdo con la sentencia de la JEP, en el Juzgado 21 de Instrucción Penal Militar se habrían producido irregularidades con denuncias por asesinatos y desapariciones que habrían quedado olvidadas en una bolsa negra. La juez Heidi Zuleta, quien ingresó en encargo a dicho despacho en reemplazo del juez Carlos Darío Martínez –quien habría sido capturado en el año 2003– encontró que múltiples expedientes quedaron en esa bolsa. Por ello elevó un inventario de los procesos olvidados y les dio impulso.
“A partir del testimonio de Zuleta Gómez la Sala de Reconocimiento logró establecer que al momento de su llegada, 26 investigaciones de homicidio, adelantadas en contra de integrantes del batallón, no contaban con actuaciones de la Justicia Penal Militar, lo que presuntamente implicó la falta absoluta de trámite de 17 de los asesinatos y desapariciones cometidos por integrantes del batallón entre enero de 2002 y mayo de 2003 y de otros 37 reportes por muertes en combate, ocurridos entre el 12 de junio de 1999 y marzo de 2003”, dice la sentencia.
“Las diligencias de estos procesos al parecer fueron depositadas en una bolsa negra y solo fueron objeto de instrucción una vez Zuleta Gómez fue designada como encargada del referido despacho”, agregó la JEP. En dicha bolsa, y según el testimonio de Zuleta, aparecieron “diligencias previas y expedientes remitidos por la justicia ordinaria que no se encontraban registrados en libro alguno, que no contaban con auto de apertura y que no se habían tramitado adecuadamente. Estas diligencias, alrededor de 80, correspondían 63 a investigaciones por homicidio y el resto a otros delitos”.

Sin embargo, aunque Zuleta señaló a su antecesor –el juez Martínez– de dicha acción de la bolsa, a todas luces irregular, la JEP advierte en la decisión que ella no habría hecho nada para denunciar formalmente esos hechos. Por eso compulsa copias contra ambos.
“A pesar de las irregularidades identificadas, en el expediente no obran pruebas que permitan establecer que Zuleta Gómez u otros funcionarios de la JPM hayan adoptado medidas para poner en conocimiento de las autoridades competentes estos hechos. Además, se identificó que en todos los autos en los que la funcionaria avocó conocimiento de las investigaciones y realizó la apertura de las indagaciones preliminares, se limitó a señalar que “según se ha podido establecer la justicia Penal Militar no ha avocado conocimiento de los presentes hechos, desconociéndose la razón de tal omisión”, sin que presuntamente adoptara medidas adicionales para que las irregularidades fueran objeto de investigación por parte de las autoridades competentes”, advierte el fallo de la Sección de Reconocimiento del Tribunal para la Paz.
No obstante, la JEP reconoce que la juez Zuleta impulsó la apertura del 72por ciento de indagaciones que se abrieron por falsos positivos en el Batallón La Popa, dice la sentencia. Pero la mitad de dichas indagaciones terminaron archivadas, con autos inhibitorios. Los archivos se los atribuyen a otra funcionaria de apellidos Forero Castro.
Las otras maniobras de los funcionarios de la justicia penal militar
La sentencia por los falsos positivos del Batallón La Popa también cuestiona unos formatos que habrían utilizado los jueces penales militares para tramitar casos de falsos positivos, que habrían propiciado que muchos casos resultaran en archivos.
“Existe posible evidencia de que en la mayoría de casos los jueces de instrucción penal militar al parecer utilizaron formatos para realizar el decreto y práctica de las pruebas ordenados en los autos de apertura de indagación preliminar con la finalidad de establecer las condiciones de modo, tiempo y lugar en las que ocurrieron los asesinatos y desapariciones, y para determinar si en los casos asignados a la JPM existían elementos de juicio suficientes para hacer uso de la acción penal, con lo cual pudieron desconocer los detalles de cada caso en específico”, señala la sentencia.

“Al parecer estos jueces de instrucción penal militar ordenaban el decreto y práctica de la mayoría de las pruebas allegadas a las investigaciones, los funcionarios al parecer emplearon una y otra vez variaciones del mismo formato limitándose a modificar los datos básicos del proceso y a suprimir o adicionar varias pruebas. Lo anterior ocurrió en los formatos empleados por Zuleta Gómez y Guerrero Ovalle y la ST Galeano Londoño y la TE Forero Castro”, añade el fallo.
La JEP también advirtió que “no existe información de que en los procesos de la JPM se haya llamado a rendir testimonio a los comandantes del batallón o a los integrantes de su plana mayor, por lo que las investigaciones se enfocaron en recopilar los testimonios de los comandantes de pelotón y los soldados profesionales que participaron en los hechos, con lo cual pudo haberse dejado de lado la exploración de hipótesis investigativas orientadas a dar con los responsables de los asesinatos y desapariciones”.
Tampoco hay información sobre la recopilación en la Justicia Penal Militar de balas, casquillos o cartuchos en los casos en investigación.
La insólita historia del procurador al que piden investigar
El fallo de la JEP, que contó con ponencia de la presidenta de la sección, Ana Manuela Ochoa, además cuestionó la intervención de la Procuraduría que, al parecer, no tuvo ningún efecto en las investigaciones que terminaron archivadas. Allí piden investigar el rol de Pedro Luis Toro Sierra, quien se desempeñó como procurador 227 Judicial Penal I en la ciudad de Valledupar, desde el 18 de enero de 1996 hasta el 17 de mayo de 2007.
En julio de 2003, el procurador fue enterado del episodio de las bolsas en el Juzgado 21, pero aparentemente no hizo nada. El informe que le remitieron advertía que “se identificaron bolsas plásticas, que fueron ubicadas en un cuarto dispuesto para el archivo que contenían 41 diligencias previas y denuncias penales remitidas por competencia por la justicia ordinaria. Estos procesos estaban relacionados con homicidios que ocurrieron en el año 1999 y en ningún caso los expedientes contaban con algún tipo de sello, fecha de recibo o constancia secretarial que indicara cuándo y por qué llegaron a ese despacho. Tampoco se halló evidencia de documentos que dieran cuenta de su incorporación formal a un expediente”.

De acuerdo con el fallo de la JEP, este funcionario de la Procuraduría fue sancionado en el año 2006 por la Veeduría de la entidad por su falta de diligencia con todas las irregularidades que acontecieron en el Juzgado 21. También fue destituido un año después y por el término de 12 años. Pero en 2013 un fallo del Consejo de Estado ordenó su reintegro en el Ministerio Público, reintegro que se produjo un año después.
Toro se defendió de las críticas por su falta de diligencia en los casos sobre falsos positivos advirtiendo que “actuaba enfrentado a una importante carga laboral, tanto que la coordinadora de los procuradores judiciales determinó quitarle carga laboral pues atendía él solo 20 despachos judiciales, invocando la fuerza mayor como circunstancia excluyente de responsabilidad”.
Toro, dice la JEP, también culpó al juez Carlos Darío Martínez como el responsable de haber ocultado los hechos y de haber ubicado los expedientes en bolsas negras, según él. “haciendo imposible que el Ministerio Público conociera su contenido”.
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