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Trump y Petro sobre ONU
Crédito: Colprensa - Reuters
Poder

¿Gustavo Petro viajará a Estados Unidos sin visa y estando en la Lista Clinton para reunirse con Donald Trump?

La anunciada reunión entre Gustavo Petro y Donald Trump abrió un debate jurídico: ¿puede el presidente viajar a Estados Unidos si no tiene visa y figura en la llamada Lista Clinton? Expertos en política internacional y derecho explican cuál es el panorama.

Por: Juan David Cano

La confirmación de una futura reunión entre Gustavo Petro y Donald Trump llegó después de semanas de alta tensión diplomática. El anuncio se produjo luego de una llamada telefónica directa entre ambos mandatarios, gestionada por las cancillerías y las embajadas de los dos países, en un momento especialmente sensible de la relación bilateral.

Petro en llamada con Donald Trump
Petro durante la llamada de setenta minutos con Donald Trump.

Días previos a la conversación, Trump lanzó duras críticas contra Petro, incluso afirmando públicamente que era un “hombre enfermo” y que una eventual intervención de Estados Unidos en Colombia “le sonaba bien”. A esto se sumó la crisis venezolana y la captura de Nicolás Maduro en una operación estadounidense ilegítima ante el derecho internacional.

En ese escenario, la llamada entre Petro y Trump fue leída como un intento de desescalar la confrontación, abrir un canal directo de diálogo y evitar que la relación bilateral siguiera deteriorándose. Trump incluso anunció públicamente que fue un “honor” hablar con Petro y esperaba reunirse “pronto” con él en la Casa Blanca, aunque sin precisar fecha.

Sin embargo, casi de inmediato surgió una pregunta clave: ¿cómo podría Petro viajar a Estados Unidos si no tiene visa vigente y está incluido en la llamada Lista Clinton?

Gustavo Petro y Verónica Alcocer
Presidente Gustavo Petro junto a su esposa Verónica Alcocer | Crédito: Colprensa.

¿La falta de visa y la Lista Clinton son un obstáculo real?

Para David Fernando Varela, profesor de la Universidad Javeriana y doctor en asuntos internacionales de la Universidad Johns Hopkins, la discusión sobre la visa y la Lista Clinton ha sido sobredimensionada.

Según explica, una visita oficial del presidente colombiano por invitación directa del presidente de Estados Unidos implica una preparación diplomática previa que permite sortear esos obstáculos. En sus palabras, “una visita a Estados Unidos por el presidente Petro por invitación del presidente Trump requerirá varios días o semanas de preparación y seguramente permitirá sortear los obstáculos existentes”.

Donald Trump y Gustavo Petro fotomontaje
Donald Trump y Gustavo Petro

Varela señala que la falta de visa no es un impedimento definitivo, ya que puede resolverse mediante una visa temporal o especial, otorgada por razones de interés de seguridad nacional de Estados Unidos. Además, destaca que esto no implica necesariamente revertir una eventual cancelación previa de visa, sino crear una excepción puntual para la visita oficial.

“La falta de visa, por ejemplo, puede sustituirse por una visa temporal o una visa especial, otorgada por razones de interés de la seguridad nacional de Estados Unidos, sin que ello implique necesariamente modificar o revertir la cancelación de una visa anterior”, dijo.

Sobre la Lista Clinton —un listado de carácter financiero que impone restricciones económicas y comerciales— el experto es claro: “es un tema separado de la visa, porque es más de carácter financiero y de negocios, y no necesariamente está ligado”. Incluso recuerda que en esa lista pueden figurar ciudadanos estadounidenses o residentes, lo que demuestra que no es un mecanismo migratorio.

Una invitación presidencial cambia las reglas

El experto en diplomacia e internacionalista Andrés Felipe Pinzón Hernández coincide con Varela en que el tema de la visa y las restricciones migratorias es uno de los riesgos menores dentro del proceso.

Pinzón explica que, en primer lugar, se trata de un asunto que puede resolverse directamente entre la Cancillería colombiana y el secretario de Estado estadounidense. Y en segundo lugar —quizás lo más importante— existe una invitación formal del presidente de Estados Unidos.

“Eso hace que las restricciones en materia de desplazamientos, de ingresos y de visados sean un punto secundario dentro del procedimiento”, afirma. En su análisis, una invitación presidencial activa un procedimiento especial, diseñado por las autoridades diplomáticas, que permite viabilizar el viaje sin mayores trabas administrativas.

Por eso, Pinzón no ve un escenario de bloqueo real: “simplemente el presidente hace la invitación, entonces no creo que haya mucha restricción en ese sentido”.

Su posición fue confirmada por Daniel García-Peña, embajador de Colombia en Estados Unidos, quien en entrevista con W Radio dijo: “Aquí ya está una invitación del presidente Trump y, por lo tanto, asuntos como las visas y los pormenores se resolverán. Hasta este momento no se han tratado a ese nivel de especificidad, pero se cae su peso que una invitación del presidente Trump obviamente tiene efectos que seguramente van a llevar a corregir esos asuntos que tienen que ver con las visas y demás”.

¿Existe el riesgo de que Petro sea capturado en Estados Unidos?

En redes sociales también se dio un debate sobre la posibilidad de que Petro sea detenido en territorio estadounidense. Para Varela es claro que “el presidente Petro no tiene ninguna investigación ni acusación formal en Estados Unidos”. Los señalamientos que circulan en redes sociales, dice, no tienen valor judicial sin procesos formales abiertos.

Petro y Donald Trump sobre bombardeos
Crédito: Colprensa - Reuters

Sin embargo, en el caso de que el presidente tuviera alguna deuda con la justicia estadounidense, el experto recuerda que el principio general del derecho internacional es la inmunidad absoluta de los jefes de Estado, diseñada para proteger su función representativa, tanto en visitas oficiales como privadas. Esa inmunidad se extiende también a jefes de gobierno y cancilleres.

Dado que esta visita estaría precedida por un trabajo diplomático intenso entre cancillerías, embajadas y el Departamento de Estado, la inmunidad presidencial sería confirmada explícitamente para eliminar cualquier riesgo. “No hay ningún fundamento ni de hecho ni de derecho para una captura”, afirma Varela, quien resume el escenario así: el riesgo es mínimo o inexistente, y la doctrina de inmunidad soberana se aplica en el 99,99 por ciento de los casos.

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