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Micher Pérez
El electo alcalde de Fonseca, Guajira, Micher Pérez.

La batalla por la Alcaldía de Fonseca: magistrados del Consejo de Estado bajo la lupa de la justicia

Tres elecciones, dos victorias y una cadena de decisiones judiciales que se contradicen entre sí tienen hoy en vilo la alcaldía de Fonseca. Detrás del caso, hay una denuncia contra magistrados del Consejo de Estado y una disputa política que convirtió un proceso electoral en un pulso entre instituciones.

Por: Sylvia Charry

Tres elecciones, dos victorias, una sentencia que lo sacó del cargo y un carrusel de fallos contradictorios que en un solo día pasó por cuatro decisiones judiciales opuestas. Eso es lo que ha vivido Fonseca, en La Guajira, en dos años. Detrás del sainete institucional hay una denuncia contra cuatro magistrados del Consejo de Estado por una maniobra procesal en la recta final del proceso que pudo haber cambiado el resultado de la sentencia, y los intereses de los caciques más poderosos de La Guajira peleando por un municipio de 32.653 votantes habilitados. Fonseca no es el único lugar donde esta historia se repite: en Girón y en Oiba, ambos en Santander, el mismo nudo jurídico produjo respuestas radicalmente distintas de las mismas instituciones. Lo que eso revela es más profundo que un enredo local: es que Colombia no tiene reglas claras para uno de los escenarios más recurrentes de su política.

En octubre de 2023, grupos armados incendiaron urnas y destruyeron material electoral en casi la mitad de las mesas de votación del municipio de Fonseca, en La Guajira. La Comisión Escrutadora Departamental decidió no declarar la elección y ordenó repetirla. El 17 de diciembre de ese año, en la segunda jornada, Micher Pérez ganó la alcaldía con el aval del Partido Alianza Social Independiente. El 6 de agosto de 2024, el Tribunal Administrativo de La Guajira ratificó su elección —con ponencia de la magistrada Carmen Cecilia Plata Jiménez— al considerar que la Comisión Escrutadora había actuado dentro de sus competencias. Hasta ese momento, Micher tenía el respaldo de la justicia. Pero pronto llegó un ‘pimponeo’ de distintas instituciones del estado que cambiaron el panorama en 180 grados.

Cuatro demandas de nulidad electoral habían sido interpuestas contra su elección ante el Tribunal Administrativo de La Guajira, y todas apuntaban al mismo blanco: la decisión de la Comisión Escrutadora de repetir las elecciones de octubre. La primera la interpuso el abogado guajiro José Manuel Abuchaibe Escolar, quien argumentaba que la Comisión se había extralimitado en sus funciones al abstenerse de declarar los resultados y ordenar una nueva jornada. Las otras tres fueron presentadas por Enrique Luis Fonseca Pitre —el candidato perdedor del 17 de diciembre, representado por el abogado Joaquín José Vives Pérez—, por Diana Patricia Quintero Echávez y por Enrique Javier Orozco Daza. Todas alegaban irregularidades en el manejo del material electoral y, en algunos casos, trashumancia. La magistrada Plata Jiménez encontró que las cuatro compartían identidad de partes, objeto y causa jurídica, y el 21 de agosto de 2024 las acumuló bajo el expediente radicado 44-001-23-40-000-2024-00074-00. En otras palabras: cuatro demandas distintas, un solo proceso. Y ese proceso fue apelado ante el Consejo de Estado, donde llegó a la Sección Quinta.

El meollo en el Consejo de Estado que está bajo la lupa de la Comisión de Acusación

El 8 de abril de 2025, los cuatro magistrados de la Sección no lograron ponerse de acuerdo sobre si Micher Pérez podía asumir o no como alcalde de Fonseca. Hubo empate: dos votaron por anular la elección y dos por confirmar al Tribunal guajiro. Entonces, se convocó a Roberto Rafael Bornacelli Guerrero como conjuez para desempatar —es decir, un abogado externo llamado a actuar como magistrado cuando la sala queda dividida. Bornacelli falló a favor del alcalde electo. Hasta ahí, el proceso seguía su curso ordinario. Lo que ocurrió después encendió las alarmas de algunos actores del proceso que le pidieron a la Comisión de Acusación que revisara las actuaciones de esa sección del Consejo de Estado.

En diálogo con CAMBIO, el abogado Roberto Carlos Daza, que defiende los intereses de Pérez, reveló que el 18 de marzo de 2025 —el mismo día en que vencían los alegatos de conclusión ante la Sección Quinta, es decir, el último momento en que las partes pueden presentar sus argumentos antes de que el proceso entre a fallo— el apoderado Vives Pérez transfirió el poder a Humberto Sierra Porto, exmagistrado de la Corte Constitucional, exjuez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y director del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia. Dicho en términos simples: en la última vuelta de la carrera, cuando ya casi todo estaba definido, la parte demandante cambió de abogado y puso a uno de los juristas más influyentes del país. Sierra Porto entró al caso en su etapa final, cuando Bornacelli ya había fallado a favor de Micher.

Lo que vino después es lo que Daza describe como “un juego de ajedrez”. Diana Quintero —la misma abogada que figuraba como demandante en una de las cuatro nulidades originales y que pertenecía a la oficina de Vives Pérez— presentó la recusación contra el conjuez Bornacelli. La recusación prosperó el 26 de junio de 2025 y Bornacelli fue excluido del proceso. Con el camino despejado, entró un segundo conjuez: Jesús Vall de Rutten Ruiz, quien falló en sentido contrario al primero, es decir, en contra de Pérez. Esa fue la sentencia del 22 de enero de 2026, que anuló su elección y ordenó nuevas elecciones atípicas para el 3 de mayo. 

Para entender la rareza de lo que pasó: primero hubo un empate, luego un conjuez que rompió el empate a favor de la elección Pérez, luego la misma parte demandante logró sacarlo y poner otro en su lugar que falló al revés. Eso, en la historia reciente del Consejo de Estado, no tiene precedente conocido.

Con base en esa secuencia, Daza denunció ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara a cuatro magistrados de la Sección Quinta: Luis Alberto Álvarez Parra, Gloria María Gómez Montoya, Pedro Pablo Vanegas Gil y Omar Joaquín Barreto, por presuntamente haber permitido o facilitado la maniobra. La acusación más grave recae sobre Vanegas Gil, magistrado ponente del caso: tanto él como Sierra Porto son egresados y docentes del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado, donde Sierra Porto figura precisamente como director. Incluso, dice el denunciante, han escrito libros juntos. Son, en otras palabras, compañeros de aula, de facultad y de publicaciones. La recusación que Daza radicó ante el propio Vanegas Gil incluye los currículos de ambos como prueba de esa cercanía, y denuncia además que el expediente ingresó al despacho del magistrado el 1° de abril de 2025 y fue fijado para fallo apenas diez días hábiles después —una celeridad que el abogado califica de inusual incluso para los tiempos de una tutela, que es el trámite más urgente que existe en el sistema judicial colombiano.

La participación de Sierra Porto en el expediente quedó documentada en la recusación y en la denuncia radicada por Daza ante la Comisión de Acusación, escritos que hacen parte del proceso y que CAMBIO pudo revisar. Ese patrón que denuncia el abogado fue expuesto desde noviembre de 2025 por Noticias Uno que venía documentando un esquema en el Consejo de Estado en el que exmagistrados actúan como apoderados en casos donde tienen vínculos cercanos con los magistrados ponentes. 

Incluso, en las publicaciones del medio se reveló que Gloria Arizabaleta, presidenta de la Comisión de Acusación, hizo inspecciones en el Consejo de Estado para recaudar la información necesaria que permita saber si existió alguna irregularidad en ese expediente. El caso de Fonseca no es el único que investiga la curtida abogada representante del Pacto Histórico.

La últimas jugarretas

Antes de que la comunidad fuera a las urnas por tercera vez, el CNE revocó la inscripción de Micher mediante Resolución 2094 del 25 de abril, alegando dos causales de inhabilidad: haber ejercido como alcalde durante los doce meses anteriores a la nueva elección, y ser hermano de padre de Óscar José Pérez Álvarez, presidente del Concejo Municipal de Fonseca. Cuatro días antes de los comicios, Pérez quedaba oficialmente fuera de la carrera. Lo que vino después fue lo que una fuente política con conocimiento directo del caso describió a CAMBIO como “un sainete de fallos, como una especie de comedia”.

El 29 de abril, una jueza del Juzgado Segundo Penal del Circuito de San Juan del Cesar concedió una medida provisional ordenando a la Registraduría de Fonseca permitir la participación de Pérez. Al día siguiente, el Tribunal Superior de Riohacha revocó esa medida, argumentó que la jueza no tenía competencia para actuar sobre decisiones del CNE —eso le corresponde a los tribunales, no a los juzgados del circuito— y compulsó copias en su contra para investigación disciplinaria. El tarjetón ya estaba impreso con el nombre del candidato. La mañana del 3 de mayo, el Tribunal Administrativo de La Guajira concedió una nueva medida cautelar suspendiendo las resoluciones del CNE. Micher Pérez votó, ganó, y todavía no sabe si gobernará.

Elecciones congreso de la república urnas
Crédito: Colprensa

El domingo 3 de mayo, con el 100 por ciento de las mesas escrutadas, Micher Pérez obtuvo 9.723 votos, el 57,4 por ciento del total. Su más cercano competidor, Oswaldo Carlos Rodríguez Figueroa, del Partido de la U, alcanzó 5.425 sufragios. Era la segunda vez consecutiva que Pérez ganaba con mayoría absoluta. Y aun así, mientras se escriben estas líneas, no es claro si podrá posesionarse.

Otros casos similares

Lo que ocurrió en Fonseca no surgió en el vacío. En los mismos meses, dos municipios de Santander enfrentaron exactamente la misma pregunta: ¿puede un alcalde cuya elección fue anulada participar en las elecciones atípicas, o el tiempo que ejerció el cargo lo inhabilita para hacerlo? La respuesta que dieron las instituciones fue distinta en cada caso, y esa inconsistencia lo dice todo.

En Girón, el CNE respondió que no hay inhabilidad. Campo Elías Ramírez Padilla había ejercido como alcalde desde diciembre de 2023 hasta octubre de 2025 —un año y diez meses de gestión real, con contratos firmados, acuerdos municipales sancionados y obras ejecutadas— antes de que la Sección Quinta anulara su elección por doble militancia. Cuando quiso inscribirse para las atípicas del 18 de enero de 2026, ciudadanos pidieron revocarle la candidatura invocando exactamente la misma causal que más tarde se esgrimiría contra Micher: haber ejercido autoridad dentro del año anterior. El CNE dijo que no: en la Resolución 0247 del 16 de enero de 2026, argumentó que la sentencia de nulidad no había modulado sus efectos temporales y que ante esa ambigüedad, la Constitución obliga a resolver en favor del derecho a ser elegido. Dicho de otro modo: como el fallo no dijo expresamente qué pasaba hacia atrás, el CNE decidió que era como si nada hubiera pasado. Ramírez Padilla participó y ganó.

En Oiba, en cambio, el Tribunal Administrativo de Santander sí decretó la suspensión provisional de la nueva elección de Elkin Alfonso Reyes Plata, quien había gobernado desde octubre de 2023 hasta enero de 2025 antes de que su primera elección fuera anulada por trashumancia. El caso llegó a la Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil —el mismo del caso Fonseca. En auto del 24 de julio de 2025, la Sección revocó la suspensión provisional pero no resolvió el fondo: declaró que el debate sobre los efectos retroactivos o hacia el futuro de las sentencias de nulidad electoral en elecciones atípicas era demasiado “novedoso” para zanjarse en una medida cautelar, y lo aplazó para la sentencia definitiva. En términos llanos: dijeron que era un tema muy complicado para resolverlo de afán y que había que esperar. Ese mismo auto fue invocado meses después por el CNE para justificar su decisión en Girón: una providencia que en Oiba simplemente aplazó la discusión se convirtió en el argumento central para permitir la candidatura en Girón. Y mientras tanto, el CNE aplicó exactamente la lógica contraria en Fonseca, revocando la inscripción de Micher cuatro días antes de las elecciones.

Tres municipios. El mismo dilema jurídico. Tres respuestas distintas de las instituciones encargadas de aplicar las mismas normas.

¿Por qué tanta energía institucional alrededor de un municipio de 32.653 votantes habilitados? La respuesta puede estar en el mapa político de La Guajira.

“Fonseca es un municipio donde confluyen muchos intereses”, explicó a CAMBIO una fuente política enterada. Y es que el municipio no es uno cualquiera: hace parte de los 170 territorios PDET —Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial—, una categoría creada en 2017 como parte del acuerdo de paz con las FARC para priorizar inversión pública en zonas históricamente golpeadas por la violencia, la pobreza y las economías ilegales. Ser PDET significa, en términos prácticos, tener acceso preferencial a recursos del Estado para infraestructura, proyectos productivos y sustitución de cultivos. Y donde hay recursos del Estado, hay política.

En Fonseca, esa política tiene nombres propios con historia. Los de ‘Kiko’ Gómez —el exgobernador de La Guajira condenado por concierto para delinquir agravado y cuya red de influencias en el sur del departamento sigue siendo una referencia obligada en cualquier análisis electoral de la zona— y los de Marquitos Figueroa, cuya familia ha sido una de las más influyentes de esa subregión por décadas. También están presentes los firmantes del acuerdo de paz asentados en el corregimiento de Conejo, quienes participan activamente en las mesas PDET y tienen peso electoral propio.

Pero los intereses más visibles son los del establecimiento. Alfredo Rafael Deluque Zuleta, senador de la República por el Partido de la U —reelegido en marzo de 2026 con más de 113.000 votos, lo que lo convierte en el congresista más influyente de La Guajira—, lleva más de 15 años construyendo una maquinaria política en el departamento. Inició como representante a la Cámara en 2010, fue presidente de esa corporación en 2015, y en 2022 dio el salto al Senado devolviéndole a La Guajira una curul propia que no tenía desde hacía doce años. Su grupo político, conocido como Nueva Fuerza Guajira, es considerado el más poderoso del departamento. Y el gobernador actual, Jairo Alfonso Aguilar Deluque —elegido en 2023 con casi 195.000 votos avalado por una coalición de cinco partidos encabezada por la U—, es señalado públicamente como su alfil principal. No es un secreto que el gobernador ya fue alcalde encargado de Fonseca en el pasado, mientras fungía como secretario de Gobierno departamental durante la administración de Nemesio Roys.

Esa misma fuente políticamente enterada fue directa al señalar lo que hace particular el caso de Micher frente a otros similares: “El Consejo Electoral se movió en este caso. En los otros casos anteriores —Sitio Nuevo y otros dos— no les paró bolas. Todo mundo tiene interés en Fonseca”.

Lo que viene ahora es incierto pero predecible en sus contornos. La sentencia del Consejo de Estado que anuló la primera elección de Micher Pérez está próxima a quedar en firme. Si eso ocurre, el gobernador tendría que retirarlo del cargo. El abogado Daza anunció a CAMBIO que agotará todos los mecanismos procesales disponibles para impedirlo, incluyendo nuevas acciones de tutela sustentadas en la denuncia que radicó ante la Comisión de Acusaciones. La Comisión, por su parte, tendrá que decidir si abre o no investigación formal contra los cuatro magistrados.

En el mejor escenario para Pérez, algún tribunal acoge el argumento de que la sentencia fue producto de una composición viciada del tribunal y le permite terminar el periodo hasta 2027. En el peor, Fonseca vota por cuarta vez. Y, a juzgar por los resultados de las tres anteriores, probablemente vuelva a elegir al mismo alcalde.

CAMBIO no obtuvo respuesta del abogado Humberto Sierra Porto antes del cierre de esta edición.

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