
De la Espriella y la ciudadanía de Estados Unidos: las demandas que piden a la Corte Constitucional intervenir en el debate
La exsenadora Gloria Flórez, del Pacto Histórico, planteó un debate jurídico a la Corte Constitucional: dice que el Congreso incurrió en múltiples omisiones al aprobar una ley en 2023 que fija reglas para adquirir y recuperar la nacionalidad colombiana y que fija restricciones para cargos públicos a personas naturalizadas, sin hacer pronunciamiento alguno sobre el cargo de la Presidencia.
La exsenadora del Pacto Histórico Gloria Flórez le solicitó a la Corte Constitucional que se pronuncie sobre la polémica que ha generado la nacionalidad estadounidense que tiene el presidente electo Abelardo de la Espriella. La vía fue demandar una ley de 2023 que fija reglas para obtener, perder y recuperar la nacionalidad colombiana y que específica algunas prohibiciones para ejercer cargos públicos.
El camino elegido por Flórez no es fácil. ¿Por qué? La demanda ataca el artículo 35 de la Ley 2332 de 2023 que se refiere a las personas naturalizadas colombianas, es decir, extranjeros que adoptaron la nacionalidad colombiana tras seguir un procedimiento, y señala expresamente que estas personas no pueden ser ni ministro de Defensa, canciller, parte de la fuerza pública o director de organismos de inteligencia y seguridad.
Luego, el artículo dice que los naturalizados colombianos que tengan doble nacionalidad tampoco podrán acceder a esos cargos, ni podrán ser ministros o congresistas. Nada se dice allí sobre la figura del jefe de Estado. Para Flórez, esta ley realmente terminó actualizando el régimen legal sobre la nacionalidad y al crear restricciones a cargos sólo para los naturalizados, el Congreso incurrió en una omisión legislativa relativa.
Esto quiere decir que, para la demandante, la ley también debió incluir restricciones a quienes son colombianos de nacimiento con doble nacionalidad.
“El legislador escindió artificialmente un mismo bien jurídico (la soberanía frente a lealtades extranjeras), dejando desprotegida la Jefatura del Estado frente a colombianos por nacimiento con doble nacionalidad, a pesar de existir un mandato constitucional expreso que le obligaba a regularlo en el mismo cuerpo normativo”, indica la demanda.
En palabras sencillas, para Gloria Flórez el Congreso dejó por fuera múltiples asuntos relacionados con las personas con doble nacionalidad, sean colombianos de nacimiento o naturalizados, por lo cual la Corte Constitucional podría intervenir y dictar una sentencia que cierre el supuesto vacío y deje en claro que quien llegue al cargo de la Presidencia de la República no puede tener doble nacionalidad.
El planteamiento de la presidenta del Pacto Histórico, no obstante, podría enfrentarse con un muro en el alto tribunal: la Corte sí puede dictar lo que en derecho se llama una sentencia integradora aditiva y lo ha hecho, por ejemplo, al determinar que los hijos de crianza tienen los mismos beneficios civiles, alimentarios y hereditarios que tienen los hijos biológicos a pesar de que el Congreso no los haya incluido directamente en las leyes que regulan la materia.
Pero en este asunto, la exsenadora Flórez no atacó directamente los requisitos para ser presidente de Colombia, sino esta ley que versa sobre los naturalizados con doble nacionalidad. Aunque no lo menciona directamente en la demanda, es claro que el recurso se enmarca en el debate de la doble nacionalidad de De la Espriella, quien es colombiano de nacimiento. Así, la Corte Constitucional tendrá que determinar en primer lugar si se cumplen los requisitos para admitir la demanda o no, para luego entrar eventualmente a definir si la senadora tiene razón o si, por el contrario, es un tema que le corresponde regular al Congreso.
Esta demanda le cayó al magistrado Héctor Carvajal, quien inicialmente la inadmitió, dándole a la senadora Flórez la posibilidad de hacer una corrección. La congresista ya presentó el ajuste a su demanda en la que insiste que la Ley 2332 de 2023 dejó sin efectos una ley de 1993 que sí decía claramente que los “colombianos por adopción” no podían aspirar a la Presidencia.
Según la demanda, las restricciones a personas naturalizadas con doble nacionalidad a ciertos cargos lo que buscan no es castigarlos, sino “neutralizar el riesgo que representa para la soberanía nacional el que un alto funcionario posea un vínculo jurídico de lealtad vigente con un tercer Estado”.
Bajo esta línea, para Gloria Flórez el riesgo a la soberanía por lealtades divididas aplica de la misma manera para el "naturalizado colombiano" y el "colombiano por nacimiento con doble nacionalidad”:
“La lealtad dividida de un ciudadano estadounidense -o de otro país- que nació en Colombia es material y jurídicamente tan riesgosa para la seguridad nacional como la de un estadounidense -o de otro país- que se naturalizó colombiano”.
“Si la Ley 2332 de 2023 es el escenario natural donde el Congreso actualizó el régimen de nacionalidad, el hecho de que el artículo 35 consagre restricciones por lealtad extranjera aplicables solo a los naturalizados, eludiendo por completo el mandato expreso para la cúspide del Estado (el presidente de la República), configura la omisión legislativa relativa de manera incontestable. El legislador no podía elegir proteger la soberanía frente a unos, y desprotegerla frente al mandato superior que lo obligaba a blindarla frente a los otros”, insiste la demanda.
Ahora, el magistrado Carvajal deberá definir si admite el recurso o si definitivamente no se estudiará. Ahora, esta no es la única demanda que ha llegado a la Corte Constitucional.
Las otras demandas

La primera la presentó Henry Marlo Galvis contra la misma ley, asegurando que si el presidente de Colombia jura defender la Constitución, incurre un conflicto de intereses insalvable si tiene una segunda nacionalidad.
“Un candidato que se enorgullece de ese juramento extranjero no puede ser el símbolo de la unidad de Colombia. En negociaciones estratégicas sobre bienes comunes (agua, biodiversidad amazónica, minerales), su juicio se encuentra nublado por un deber legal preexistente con Washington”, dijo. Esa demanda fue inadmitida también por el magistrado Carvajal, quien también le dio la posibilidad a Galvis de corregirla.
En su corrección, Galvis afirmó que Abelardo de la Espriella, al tener nacionalidad de Estados Unidos, habría “abjurado de su nacionalidad colombiana al someter su voluntad y su proyecto político a los intereses de una potencia extranjera”. En los próximos días, el magistrado definirá si estudiará o no el recurso.
Por último, César Sastoque también presentó una demanda que inicialmente fue inadmitida por la magistrada Natalia Ángel no contra la ley de 2023 sino contra la anterior, la ley de 1993, advirtiendo igualmente una posible omisión del Congreso al no impedir que quien tenga doble nacionalidad acceda a la Presidencia. Sastoque podrá hacer correcciones a la demanda.
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