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Conflicto armado en Colombia

Paz Total a las patadas: el gol agónico que Petro quiere meter

Mientras el Gobierno insiste en avanzar con las Zonas de Ubicación Temporal para el Clan del Golfo, la Fiscalía sostiene que las órdenes de captura de 29 de sus integrantes —incluidos varios extraditables— siguen vigentes porque aún no hay suficientes garantías. CAMBIO traza un panorama de la pelea política y jurídica que se desató mientras los integrantes del grupo criminal empiezan a reunirse.

Por: Javier Patiño C, Sylvia Charry

Los habitantes de los ríos Salaquí, Truandó y Buchadó, corredores fluviales del Chocó donde el Estado suele llegar tarde y la guerra casi siempre llega primero, despertaron en la madrugada del jueves 14 de mayo por el ruido de varias lanchas que avanzaban río arriba cargadas de hombres armados. Cerca de veinte embarcaciones atravesaron las aguas oscuras rumbo a distintos puntos de Unguía, Acandí y Capurganá. En ellas viajaban integrantes de la subestructura Pablo José Montalvo Cuitiva, una facción del Clan del Golfo que controla rutas del narcotráfico en Riosucio, Belén de Bajirá y varios pasos fronterizos con Panamá.

En la región nadie tenía claro qué estaba ocurriendo. Algunos pobladores creyeron que se trataba del primer desplazamiento hacia las Zonas de Ubicación Temporal —ZUT— acordadas con el Gobierno dentro de la política de paz total. Otros sospecharon que era, simplemente, otro movimiento de cargamentos represados por operaciones militares de los últimos meses. Lo único evidente era el mensaje: alias ‘Chiquito Malo’ y alias ‘El Cura’ seguían demostrando que, incluso mientras el Estado discute artículos, competencias y resoluciones, el control territorial continúa en manos de la organización armada.

zut clan del golfo

La escena resume el tamaño de la controversia que hoy fractura al Gobierno, enfrenta a la Fiscalía con la Casa de Nariño y que abrió uno de los debates constitucionales más delicados de la paz total: ¿hasta dónde puede llegar el presidente en un proceso de negociación con estructuras criminales sin saltarse los límites de la justicia?

Mientras esas lanchas avanzaban por los ríos del Chocó, en Bogotá se libraba otra batalla. Días antes, la Fiscalía General de la Nación se negó a suspender, de manera automática, las órdenes de captura contra 29 integrantes del Clan del Golfo —entre ellos alias ‘Chiquito Malo’, pedido en extradición por Estados Unidos— pese a la solicitud enviada por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

La decisión quedó consignada en la Resolución 0-0142 del 11 de mayo de 2026, firmada por la fiscal Luz Adriana Camargo. Allí, el ente acusador sostuvo que no contaba con información suficiente para verificar el estado real del proceso, la identidad plena de los beneficiarios, el alcance de los acuerdos y, sobre todo, las garantías de que el Clan del Golfo realmente estuviera avanzando hacia el sometimiento y el desmantelamiento.

La tesis de la Fiscalía era evidente: los corredores que conectan las zonas de ubicación no son carreteras de la impunidad en la que no aplica la justicia. Mucho menos cuando 13 de los 29 incluidos en el listado tienen solicitudes de extradición vigentes.

La respuesta del Gobierno fue inmediata. El presidente Gustavo Petro defendió públicamente la creación de las zonas y reivindicó su autoridad constitucional sobre la política de paz. “Hay zonas de concentración pactándose y las zonas de concentración son legales. Y el presidente las ordena, no la fiscal”, dijo durante un acto en Timbío, Cauca.

Los juristas serios del país han coincidido de manera casi unánime en que la fiscal tiene razón. Pero el choque ya no es únicamente jurídico. Quienes han estudiado la vida pública del hoy presidente Petro saben que rara vez se embarca en una causa sin escoger a un adversario a quien culpar si las cosas no resultan. Cuando no lo encuentra afuera lo busca entre sus amigos, sus aliados, exfuncionarios e, incluso, funcionarios activos del gobierno. 

A solo 15 días de las elecciones presidenciales, cuando casi todos los análisis ponderados señalan que la paz total ha fracasado, el presidente escogió a la fiscal Camargo como nueva responsable de su fallida política de paz. Una postura mediante la cual Petro intenta retener el balón del debate público evitando que sea Iván Cepeda, uno de los arquitectos de las plataformas de diálogos cuestionadas, quien tenga que asumir toda la responsabilidad ante sus rivales, ávidos de un contragolpe y graduados como expertos en seguridad.

El golazo que quiere meter el presidente en el tiempo de reposición de su mandato hace que existan serias preocupaciones sobre la vulneración del gobierno a los límites que le impuso la Corte Constitucional a la ley de ‘La Paz Total’. 

Los límites que el Gobierno está ignorando

CAMBIO habló con el exmagistrado de la Corte Constitucional Alejandro Linares que terminó convertido, quizá sin proponérselo, en una de las voces más incómodas para el Gobierno en medio de la pelea por las órdenes de captura del Clan del Golfo. Linares –gran defensor de la paz de Juan Manuel Santos– no es un jurista cualquiera dentro de esta discusión: fue uno de los magistrados clave en la Sentencia C-525 de 2023, el fallo con el que la Corte revisó la constitucionalidad de la Ley 2272 de 2022, la columna vertebral jurídica de la paz total. Aunque no fue el magistrado ponente, fue él quien con base en el principio de separación de poderes construyó los consensos de buena parte del andamiaje constitucional que hoy el Gobierno invoca para defender los acercamientos con estructuras criminales de alto impacto. Y precisamente por eso su advertencia tiene un peso particular: el Ejecutivo podría estar excediendo justamente los límites que la propia Corte Constitucional dejó fijados.

Clan del Golfo
El Gobierno Nacional reconoció oficialmente al antiguo Clan del Golfo como Grupo Armado Organizado bajo el nombre de Ejército Gaitanista de Colombia (EGC). Crédito: Colprensa.

Su postura es contundente. Linares sostiene que la razón “asiste, de manera transversal, a la Fiscal General de la Nación” y que la suspensión de órdenes de captura contra integrantes de estructuras criminales no opera automáticamente por una decisión presidencial.

Ahí aparece una de las frases más importantes de toda esta discusión jurídica. La Ley 2272 dice expresamente que “las autoridades judiciales correspondientes suspenderán las órdenes de captura” cuando existan diálogos o acercamientos autorizados. Sobre esa redacción se apoya buena parte de la tesis de Linares: la suspensión no depende únicamente de la voluntad política del Ejecutivo, sino también de una actuación concreta de las autoridades judiciales encargadas de valorar si realmente existen las condiciones para otorgar ese beneficio.

Pero la Corte fue todavía más lejos. En la sentencia C-525 de 2023 advirtió que “la búsqueda de una solución pacífica no puede adelantarse en desmedro de las facultades coercitivas del Estado de Derecho, particularmente el ejercicio de la fuerza y la aplicación de justicia”. Traducido a un lenguaje menos jurídico: la paz total no puede convertirse en un mecanismo para vaciar las competencias de jueces y fiscales ni para convertir a la Fiscalía en una simple oficina de registro de decisiones políticas.

Por eso Linares insiste en que la Fiscalía sí tiene la obligación de verificar algo más que un listado enviado por el Gobierno. Debe establecer quiénes son realmente los beneficiarios, cuál es su situación jurídica, si continúan delinquiendo y si existen señales concretas de tránsito hacia la legalidad. Esa tesis coincide con la resolución expedida por la fiscal Luz Adriana Camargo, en la que el ente acusador advirtió que todavía no existe información suficiente para verificar el contenido de los acuerdos, el universo real de integrantes cobijados por las medidas y el estado efectivo del proceso de sometimiento.

La Corte había dejado además otro candado que hoy se convirtió en uno de los principales puntos de controversia: las Zonas de Ubicación Temporal solo son constitucionales cuando el proceso esté en una “fase madura”. Y ese punto es justamente el que hoy cuestionan militares, policías y expertos consultados por CAMBIO. Porque mientras el Gobierno intenta acelerar las ZUT, continúan las economías ilegales, las rutas del narcotráfico, el control territorial armado y las operaciones militares contra el Clan del Golfo en regiones como Chocó, Córdoba y Antioquia.

Para el analista Pablo Hernández, el Gobierno insiste en establecer Zonas de Ubicación Temporal con diferentes estructuras ilegales sin que exista claridad sobre los tiempos, las garantías jurídicas ni las condiciones reales para la concentración y desmovilización de sus integrantes.

CAMBIO también se contactó con Gerson Arias, investigador asociado de la Fundación Ideas para la Paz, quien aseguró que lo ocurrido durante la última semana refleja los “rumbos erráticos e insostenibles” de la política de Paz Total debido a la falta de articulación entre el Gobierno y los distintos equipos negociadores.

En conclusión para los analistas consultados, la discrecionalidad presidencial en materia de paz no puede convertirse en un “cheque en blanco” que exima al Gobierno de actuar con responsabilidad, coordinación institucional y claridad estratégica.

La propia resolución de la Fiscalía recoge buena parte de esas dudas. El documento advierte que no existe información suficiente sobre entrega de armas, suspensión de hostilidades, desmantelamiento de estructuras criminales, ubicación de desaparecidos, desminado, entrega de menores reclutados o transición de economías ilegales hacia actividades lícitas. En otras palabras: el Estado todavía no tiene claridad sobre si está frente a un verdadero proceso de sometimiento o frente a una estructura criminal buscando garantías judiciales sin abandonar realmente el negocio ilegal.

Y esa incertidumbre atraviesa toda la negociación.

Ricardo Giraldo, asesor jurídico del Clan del Golfo, defendió públicamente las zonas de ubicación y aseguró que entre 400 y 500 integrantes ingresarían inicialmente a las ZUT de Tierralta y Nuevo Belén de Bajirá. Según él, se trata de una “fórmula de tránsito hacia la legalidad”. Pero incluso dentro de la fuerza pública el ambiente es de desconfianza. Altos oficiales consultados por CAMBIO cuestionan que todavía no exista un listado completo y verificable de integrantes, ni protocolos claros sobre armamento, movilidad o funcionamiento interno de las zonas. “No sabemos quiénes son, dónde están ni cuál es su situación judicial”, resumió uno de ellos.

hombres clan del golfo

Detrás de la discusión jurídica aparece además otra preocupación: la posibilidad de que el Gobierno esté intentando correr más rápido que el marco constitucional que la propia Corte le permitió. El exmagistrado Linares recuerda además que la Corte Constitucional declaró inexequible la expresión “a juicio del Gobierno nacional”, al considerar que otorgaba un margen excesivamente amplio de discrecionalidad al Ejecutivo dentro de los procesos de acercamiento con estructuras criminales. Según el exmagistrado, esa decisión muestra que la Corte nunca concibió la paz total como un mecanismo exento de controles judiciales y legales.

El mensaje del tribunal fue claro: el Ejecutivo no puede convertirse simultáneamente en negociador, juez de la libertad personal y legislador de su propio modelo de sometimiento. Y ahí está el corazón real del conflicto.

Por eso la pelea entre el Gobierno y la Fiscalía no es simplemente una disputa burocrática sobre órdenes de captura. Es una discusión mucho más profunda sobre los límites del poder presidencial en tiempos de negociación.

El único que respaldó la postura del presidente Petro fue el exfiscal y exministro de Justicia del Gobierno Petro, Eduardo Montealegre. La semana pasada, Montealegre le dijo a CAMBIO que la conducción de los procesos de paz y del orden público es una competencia exclusiva del jefe de Estado. Según explicó, la valoración sobre qué personas o grupos entran en una negociación “es del presidente, nunca del fiscal general de la Nación”, por lo que, a su juicio, la Fiscalía no tiene discrecionalidad para negarse a suspender órdenes de captura solicitadas dentro de un proceso de paz reconocido por el Gobierno. Montealegre sostuvo incluso que Petro podría acudir a una tutela para obligar a la Fiscalía a acatar la solicitud y advirtió que desconocerla podría constituir un “desvío de poder”. “Es inaceptable que la Fiscalia y la Corte Suprema, conformen una tenaza para dinamitar el proceso de paz”. 

CAMBIO se comunicó con la Oficina del Alto Comisionado para la Paz para conocer su posición frente a los cuestionamientos de la Fiscalía y las advertencias de distintos juristas sobre la suspensión de órdenes de captura. Desde esa dependencia respondieron que, por ahora, la única postura oficial del Gobierno es la contenida en el comunicado divulgado públicamente por la entidad y replicado posteriormente por el presidente Gustavo Petro en su cuenta de X. En ese pronunciamiento, la Oficina del Comisionado sostiene que la suspensión de órdenes de captura opera “de iure” una vez se reconocen los voceros del proceso; asegura que las Zonas de Ubicación Temporal son mecanismos legales previstos dentro de la política de paz total; y advierte que las decisiones adoptadas por el Gobierno buscan “facilitar el tránsito hacia la paz” y garantizar el desarrollo de los acercamientos con el Clan del Golfo.

En todo caso, lo que está ocurriendo reviste una gravedad todavía mayor porque sucede en plena antesala electoral, cuando cualquier decisión relacionada con estructuras armadas ilegales exige el máximo nivel de control institucional y transparencia. Organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han reiterado que los procesos de paz y sometimiento deben garantizar verdad, control judicial y protección efectiva de los derechos de las víctimas, especialmente cuando involucran organizaciones responsables de graves violaciones de derechos humanos. Por eso, choque entre el Gobierno y la Fiscalía deja una sensación incómoda: la de un Ejecutivo intentando acelerar, por vía política, decisiones que la Corte Constitucional condicionó precisamente a verificaciones judiciales estrictas. No se trata únicamente de una discusión técnica sobre órdenes de captura. La pregunta de fondo es si el Gobierno está intentando correr más rápido que los límites que le trazó la Constitución —o, peor aún, si está tratando de convertir la paz total en un mecanismo para presionar a la Rama Judicial en uno de los momentos políticamente más sensibles del país.

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El problema es que ambas decisiones abren un escenario institucional extremadamente delicado. Porque si el Gobierno mantiene su plan de traslado hacia las Zonas de Ubicación Temporal mientras la Fiscalía insiste en que las órdenes de captura siguen vigentes, el país podría terminar ante una situación inédita: miembros del Clan del Golfo movilizándose hacia zonas autorizadas políticamente por el Ejecutivo, pero todavía requeridos judicialmente por la justicia colombiana e incluso por autoridades internacionales en casos de extradición. En términos prácticos, eso significa que la paz total podría entrar en una zona gris donde el Ejecutivo actúa como si existieran garantías jurídicas plenas, mientras la Fiscalía sostiene exactamente lo contrario. Y esa fractura institucional no solo pone en tensión la separación de poderes, sino que deja abiertas preguntas críticas sobre quién respondería si alguno de esos hombres continúa delinquiendo, evade a las autoridades o utiliza las zonas como espacios de protección sin haber cumplido todavía las condiciones que exigió la Corte Constitucional.

Mientras se da esta disputa, en los ríos del Chocó, las lanchas siguen avanzando.

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