
Los reparos de la Defensoría a las Zonas de Ubicación Temporal que quiere acelerar el Gobierno de Gustavo Petro
La entidad señaló que la suspensión de órdenes de captura para integrantes de grupos armados en las ZUT es una facultad presidencial reglada, no discrecional, y cuestiona si los procesos actuales cumplen el requisito legal de encontrarse en un “estado avanzado”.
Por: Juan David Cano
Faltan menos de tres meses para el cambio de Gobierno y, en medio del debate por la instalación de Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) para integrantes de grupos armados, la Defensoría del Pueblo entró a dar su opinión sobre los límites que tiene esta figura y los riesgos que identificaron en el proceso de paz que adelanta el Gobierno.
A través de un comunicado, la entidad recordó que las ZUT son una herramienta prevista en la ley de orden público y utilizada por distintos gobiernos desde 1998. En estas zonas quedan suspendidas las órdenes de captura, incluso las que tienen fines de extradición, para los integrantes de los grupos que aparezcan en los listados recibidos por el Gobierno.
Sin embargo, la Defensoría recordó que la facultad presidencial para establecerlas no es absoluta: “Si bien el presidente cuenta con un amplio margen de discrecionalidad en el ejercicio de estas funciones legales, el ejercicio de estas está sujeto a la Constitución y a la ley. Se trata de una discrecionalidad reglada pues, de lo contrario, se convertiría en arbitrariedad”.

Según el organismo, las decisiones sobre ZUT requieren motivación suficiente, delimitación temporal, territorial y personal, además de mecanismos efectivos de control y verificación. La ley también exige que solo puedan establecerse en un “estado avanzado” del proceso de paz. Y ahí es donde entra otra discusión: ¿está realmente avanzado el proceso de paz que adelante el Gobierno de Petro?
¿Qué entiende la Defensoría por “estado avanzado”?
La entidad propuso dos criterios para evaluar ese requisito. El primero se relaciona con la viabilidad real del desarme, la desmovilización y la reintegración a la vida civil de los integrantes del grupo. Citando la sentencia C-525 de 2023 de la Corte Constitucional, recordó que las ZUT solo son procedentes cuando el proceso permite hacer viable la entrega o el sometimiento a la justicia.
“El presidente de la república y sus delegados, en su motivación para el establecimiento de las ZUT y la suspensión de órdenes de captura, debe sustentar la idoneidad de las medidas para lograr el desarme, no como algo hipotético o posible, sino cercano: que el proceso ha avanzado hacia ese fin próximo”, dijo la entidad.
El segundo criterio se ajusta al propio modelo de paz total planteado por el Gobierno, que descansa en tres componentes: desescalamiento de las violencias, transformaciones territoriales y tránsito a la civilidad.

La Defensoría afirmó que la ausencia de mecanismos independientes de monitoreo dificulta evaluar objetivamente esos avances, y advirtió que el nivel de implementación y verificación no es homogéneo en los procesos en curso con la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB), el Clan del Golfo, autodenominado EGC, Comuneros del Sur y el autodenominado EMBF.
Los cuatro riesgos identificados por la Defensoría en el proceso de paz del Gobierno
La entidad advirtió cuatro riesgos que deberían evaluarse de manera diferencial en cada negociación.
El primero es el avance de las medidas sin acuerdos mínimos sobre los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. “Por ahora solo se advierte la suspensión de la justicia, no su activación”, dijeron.
El segundo riesgo tiene que ver con el calendario político. La Defensoría considera improbable que el desarme efectivo ocurra antes del 7 de agosto, fecha del cambio de Gobierno, y advirtió que la implementación de las ZUT en este momento genera expectativas entre los combatientes e inicia debates en un contexto electoral en el que los grupos armados conservan capacidad de afectar la libertad de los electores.
El tercero apunta a riesgos de seguridad. Como la concentración será gradual, algunos miembros conservarán las armas fuera de las ZUT mientras otros ingresan a ellas. Solo se conocen protocolos concretos sobre disposición de armas y monitoreo con la CNEB. Varias zonas están previstas en territorios con confrontación activa, como Tibú (Norte de Santander), o con deterioros recientes de seguridad, como Mallama (Nariño), o con fuerte influencia del Clan del Golfo, como Tierralta (Córdoba).

El cuarto riesgo recae sobre los pueblos étnicos. Hasta el momento solo se ha realizado consulta previa en Mallama, en relación con la ZUT del Frente Comuneros del Sur, pese a que territorios como Tibú, Roberto Payán, Belén de Bajirá y Unguía tienen presencia indígena o afrodescendiente significativa.
“Además del análisis sobre el derecho a la consulta, los derechos al gobierno propio y al respecto de sus formas de vida no pueden entenderse como requisitos meramente formales, sino como garantías sustanciales para la protección de los derechos colectivos de estas comunidades”, dijo la Defensoría.
La Defensoría cerró su mensaje pidiendo al presidente a motivar adecuadamente sus decisiones y a mitigar los riesgos identificados antes de avanzar en los traslados y la concentración en las ZUT. “La construcción de paz exige decisiones excepcionales sometidas al Estado de derecho, controles institucionales efectivos y garantías verificables para la población civil”, dijeron.
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