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Crédito: Redes sociales del Ejército Nacional
País

Las órdenes de la Corte Constitucional al Ejército para incluir la opción ‘no binario’ en trámites del servicio militar

El alto tribunal analizó un caso en el que la institución militar negó una solicitud presentada para reconocer esa identidad de género en formularios oficiales. Para la Corte, la ausencia de esa posibilidad vulnera los derechos fundamentales a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad.

Por: Jonathan Beltrán

Una nueva decisión de la Corte Constitucional podría marcar un precedente clave en el reconocimiento de los derechos de las personas no binarias en Colombia: el alto tribunal consideró las implicaciones de un caso de presunta vulneración al derecho a la identidad de género y ordenó al Ejército adoptar medidas para garantizar la actualización de los sistemas y evitar la exclusión de las personas no binarias en registros oficiales.

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La Sala Novena de Revisión analizó una tutela presentada por Tonny Alberto Gualdrón para exigir que la institución militar reconociera su identidad de género “no binaria”. La acción legal se radicó debido a que el Ejército se negó a actualizar los sistemas de información sobre reclutamiento en una actuación que vulneró los derechos a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad.

El accionante reveló que en mayo de 2016, el Ejército expidió una tarjeta provisional con el componente de sexo masculino en relación con la información consignada en su tarjeta de identidad. Sin embargo, enfatizó en que esa clasificación no reflejaba su verdadera identidad de género y provocaba escenarios de discriminación ante posibles obstáculos administrativos.

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Crédito: Redes sociales del Ejército Nacional

En medio de nuevas disputas por el trámite, Gualdrón logró expedir su cédula digital con el marcador de sexo ‘no binario’. Con el cambio en el documento, solicitó nuevamente la expedición de su libreta militar definitiva con su nueva identidad de género. En respuesta, la institución rechazó una vez más la posibilidad de realizar el cambio para reconocer su identidad en los registros oficiales.

La institución militar argumentó que la actualización requerida no podía realizarse debido a la falta de mecanismos técnicos para registrar una identidad distinta a la masculina o femenina. En ese sentido, el accionante pidió exigir medidas inmediatas para implementar procedimientos orientados a superar los obstáculos administrativos que impedían su acceso al documento.

Las conclusiones de la Corte sobre el reconocimiento de la identidad no binaria en el Ejército

El alto tribunal consideró que la negativa del Ejército a incluir la opción de identidad de género solicitada constituía una forma de violación directa de los derechos fundamentales a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad, debido a que las instituciones del Estado tienen prohibido imponer restricciones basadas en categorías tradicionales que promuevan la discriminación.

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Crédito: Redes sociales del Ejército Nacional

La Sala Novena de Revisión reiteró que la ausencia de mecanismos administrativos para registrar identidades distintas a “masculino” o “femenino” no puede justificar la exclusión de personas no binarias. Según el fallo, las entidades del Estado tienen la obligación de actualizar sus sistemas y procedimientos para garantizar que todos los ciudadanos puedan ejercer plenamente sus derechos.

La decisión también destaca que la discriminación por identidad de género no solo afecta el acceso a documentos oficiales, como la libreta militar, sino que puede tener repercusiones más amplias en la participación social y cívica de las personas. Para la Corte, en diferentes instancias, actos que parecen administrativos pueden tener un impacto directo en la inclusión y la igualdad de oportunidades.

Corte Constitucional ordenó al Ejército incluir la opción no binario
Crédito: Redes sociales del Ejército Nacional

“La Sala concluyó que mantener este modelo binario sin ajustes institucionales que incorporen tales identidades, reproduce una visión limitada del género y es una forma de exclusión incompatible con el mandato constituyente de asegurar el pluralismo”, explicó la Corte Constitucional en respuesta a la acción de tutela presentada por Tonny Gualdrón.

El alto tribunal detalló que el Ejército negó la solicitud, pese a que el accionante contaba con el aval requerido en su registro civil de nacimiento y en la cédula de ciudadanía. En ese sentido, se determinó que la adecuación del sistema de procesamiento administrativo de la situación militar corresponde a una obligación constitucional más que a una alternativa para ciertos casos.

Los cambios que deberá implementar el Ejército tras la decisión de la Corte

En la sentencia T-401 de 2025, la Corte Constitucional ordenó al Ejército garantizar que los trámites y documentos oficiales reconozcan la identidad de género “no binaria”. Los cambios incluyen la actualización de los sistemas administrativos, formularios y formatos de expedición de la libreta militar, con el objetivo de que todas las personas puedan registrar su género de acuerdo con su identidad autopercibida.

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Crédito: Redes sociales del Ejército Nacional

Como parte de las medidas ordenadas, el alto tribunal pidió adoptar procedimientos internos para permitir la inclusión de categorías de género en su software de gestión, en formatos físicos y en instructivos utilizados en trámites oficiales. Además, instó a capacitar al personal militar sobre la diversidad de identidades de género para prevenir actos de discriminación y garantizar un trato igualitario en la institución.

La Sala Novena de Revisión estableció un plazo máximo de un mes para que el Ejército realice las gestiones técnicas necesarias para incorporar la categoría “no binario” en sus sistemas vigentes. Con las modificaciones, los miembros de la institución tendrían respaldo para el reconocimiento legal de su identidad para evitar futuras vulneraciones de sus derechos fundamentales.

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El Ejército tiene más de 181 mil efectivos. | Crédito: Colprensa

Por otra parte, el Ejército deberá implementar un plan de capacitación específico para que los uniformados encargados de administrar sus sistemas cumpla de forma efectiva la sentencia. Con esa formación, que tiene que comenzar a realizarse en un plazo de dos meses, los miembros de la institución podrán adquirir herramientas para garantizar el reconocimiento adecuado de la identidad de género no binaria en todos los trámites disponibles.

Finalmente, los magistrados Natalia Ángel Cabo, Juan Carlos Cortés y Juan Jacobo Calderón pidieron al Congreso avanzar en la regulación de normas orientadas a defender los derechos de las personas con identidades de género diversas. “Para el Ejército y otras instituciones es una obligación abstenerse de interferir en las decisiones relativas al cambio de género o de imponer requisitos desproporcionados”, concluyó el alto tribunal.

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