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El uniformado estaba a cargo de la vigilancia de la planta hidroeléctrica La Miel, en Norcasia, Caldas.
País

Militar fue condenado por la Justicia Penal Militar por quedarse dormido mientras estaba de guardia

El Ejército condenó a seis meses de prisión al bachiller Tomás Pérez Libreros por abandonar su puesto y quedarse dormido durante una guardia en la central La Miel, en Norcasia, Caldas.

Por: Carolina Calero

El pasado 28 de julio, el Juzgado 1309 de Conocimiento de la Justicia Penal Militar y Policial condenó al bachiller del Ejército Tomás Pérez Libreros por incurrir en el delito de centinela. La decisión se tomó luego de que el uniformado fuera sorprendido durmiendo mientras prestaba servicio de guardia.

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Pérez tenía a su cargo la vigilancia de la central hidroeléctrica La Miel, ubicada en Norcasia, Caldas, en un punto cercano a un camino que conecta con las vías internas de la empresa de generación de energía Isagén.

Según la investigación, abandonó el lugar asignado y fue encontrado por su superior dormido. Al ser despertado, respondió de manera “irrespetuosa y burlesca”, según el informe del ente acusador.

Para el juzgado militar, el puesto que el soldado dejó sin vigilancia era de “alta importancia”.

Y es que la central La Miel es una de las infraestructuras energéticas más importantes en el oriente de Caldas. Además de proveer energía a buena parte del departamento, su cercanía a rutas internas de Isagén la convierte en un punto sensible para la seguridad empresarial.

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La pena por este delito puede ser de uno a tres años. Crédito: Colprensa.

¿Qué es el delito de centinela?

El artículo 112 del Código Penal Militar establece que incurre en este delito cualquier uniformado que, durante la prestación de un servicio, se embriague, consuma sustancias estupefacientes o psicotrópicas, desobedezca órdenes, se separe de su puesto sin autorización o lo delegue en alguien no autorizado.

Este delito es considerado una falta grave dentro de las Fuerzas Militares, pues compromete directamente la seguridad de las instalaciones que están bajo resguardo y pone en riesgo a otras personas o bienes estratégicos. En zonas de conflicto, estas conductas pueden incluso derivar en consecuencias más severas.

La pena prevista para esta conducta es de uno a tres años de prisión. No obstante, en el caso de Pérez Libreros, el juzgado le impuso una condena de seis meses en centro carcelario.

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