
“Volver al caso a caso frustraría los derechos de las víctimas”: Santos pide a la Corte que la JEP solo se centre en los máximos responsables
La Corte Constitucional deberá tomar una decisión sobre un modelo que implementó la JEP en una sentencia conocida como la 'Senit 5' que es cuestionada por los creadores del acuerdo de paz, así como por Rodrigo Londoño. Según ellos, la JEP creó una nueva categoría después de los “máximos responsables” que haría interminable el proceso transicional.
En audiencia pública ante la Corte Constitucional, el expresidente de la República Juan Manuel Santos hizo volvió a hacer una crítica a la decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz que le permite a esa justicia no solo centrarse en los máximos responsables, como se pactó en el acuerdo, sino también en personas que tuvieron una responsabilidad intermedia y sancionarlos.
La decisión en cuestión es conocida como la ‘Senit 5’ que abrió una puerta para que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) haga una selección 'de segundo orden' de personas no determinantes de graves crímenes, investigarlos, escucharlos y llevarlos incluso a un juicio adversarial si sus aportes de verdad no son suficiente.
Esa decisión fue demandada por Humberto de la Calle y Sergio Jaramillo, excomisionado de paz, alegando, entre otros, que esto alarga el proceso de la JEP que no se pensó para todos los responsables, sino para los máximos responsables, como los integrantes del último secretariado de las Farc. Ante la Corte, el expresidente Santos defendió el modelo de priorización, que busca hall
“En contextos tan amplios como el conflicto armado colombiano seleccionar no es renunciar a la justicia es dirigirla a los máximos responsables de los crímenes más graves y representativos, asegurando sanciones efectivas, la verdad estructural y una verdad consentida. Volver al caso a caso es un retroceso frente a lo aprendido, haría imposible cumplir con los términos del sistema y frustraría los derechos de las víctimas”, indicó.
Según Santos, la selección bien diseñada “impide la impunidad de facto”, ordena los esfuerzos institucionales y acelera el cierre de los procesos. “Como presidente que condujo la negociación del acuerdo de paz, puede haber fe que hubo plena claridad (y) y la llamada selección de segundo orden no fue negociada ni acordada. Abrir esa puerta hoy desconocería lo pactado en el acuerdo”.
El expresidente aseguró que abrir la puerta a asuntos no acordados en el acuerdo podría ser peligroso, afectar los derechos de las víctimas, generar desconfianza entre los comparecientes, entre otros asuntos.
A su turno, el excomisionado de paz Sergio Jaramillo le dijo a los magistrados de la Corte Constitucional que el modelo de selección fue acordado en La Habana y que la segunda selección de responsables es una construcción de la Sección de Apelación de la JEP que le da nuevas funciones de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas para revisar caso a caso delitos, creando categorías que no están en la Ley estatutaria que rige a la JEP y volviendo a un modelo que es más parecido al de la justicia ordinaria.
“Me parece perfidia. Se están cambiando las reglas bajo las cuales las Farc dejaron las armas. Un acuerdo de paz es un sistema de garantías para todos, es coherencia jurídica y para todos. La Senit 5 pone en riesgo la reincorporación”, indicó. A su turno, el senador y exvicepresidente Humberto de La Calle insistió en la selección de los máximos responsables se debatió no solo en La Habana sino públicamente y que oponerse ahora podría llevar a la impunidad.
De la Calle indicó que la JEP no podía hacer esa re-interpretación de sus competencias por la vía de la jurisprudencia. “No puede ser que la justicia transicional se convierta en un modelo ilimitado, que nunca termina”, dijo el senador.
En la audiencia pública también habló Rodrigo Londoño Echeverry, conocido en la guerra como ‘Timochenko’ y ahora jefe del partido Comunes. Su posición es la misma que la de los creadores del acuerdo de paz: que las reglas de la Senit 5 no fueron acordados en La Habana y que el acuerdo, tal y como quedó, debe respetarse. “Las decisiones adoptadas por la JEP, especialmente la Senit 5, representan un quiebre institucional que pone en riesgo el acuerdo y amenaza en convertir un pacto de Estado en un campo de re-interpretaciones discrecionales”, dijo.
Londoño no está de acuerdo con la creación de una categoría debajo de los “máximos responsables”, que no existe en la ley, asegurando que esto es “una alteración sustancial del modelo pactado”. “No es solo el debate jurídica, es un asunto político de legitimidad de confianza en lo pactado. Cuando el Estado desconoce lo firmado no solo traiciona a los firmantes, sino a las víctimas y debilita la fe del país de la posibilidad de una paz estable y duradera”.
Londoño dijo que a ocho años de la puesta en marcha de la JEP no se han tomado decisiones de renuncia a la persecución penal sobre miles de comparecientes, exintegrantes de la guerrilla, que no son máximos responsables como él.
En respuesta de todos estos argumentos**, el magistrado de la JEP Rodolfo Arango** defendió la Senit 5 al estimar que esa selección de segundo orden se da en la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas en el trámite no sancionatorio, diferente al de los máximos responsables que hace la Sala de Reconocimiento y que sí va en camino a una sanción.
“Existe una selección en cabeza de la Sala de Definición en el trámite no sancionatorio porque ahí se pueden colar personas importantes que no fueron seleccionadas como máximos responsables o que tienen invaluable información sobre las estructuras criminales que operan en el país. Si esas personas no aportan verdad y no reconocen responsabilidad a pesar de abrumadora evidencia, esa Sala puede activar esa selección individual y remitir a la Unidad de Investigación y Acusación y se impongan sanciones inferiores, de 2 a 5 años. Esto para casos en los que no se puede renunciar a la persecución penal porque el derecho internacional prohíbe las amnistías encubiertas”, indicó.
Arango defendió la segunda selección insistiendo en que se trata de personas a las que no se les puede aplicar la renuncia a la persecución penal, aclarando que no es una selección global, sino en casos especiales, para que el sistema cumpla estándares internacionales y evitar la impunidad si esa persona deliberadamente no reconoce verdad. Además, le contestó a Jaramillo:
“No se trata de perfidia por crear normas de forma fantasiosa sino que los jueces asumen la responsabilidad de blindar el sistema de esas cuestiones”, indicó.
Con los argumentos expresados en la audiencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional tendrá que tomar una decisión sobre si la JEP puede seguir aplicando la Senit 5 o no.
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