
Corte Suprema revisará la condena del exministro Saulo Arboleda, 25 años después de su emisión
La decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia obedece a una decisión de finales de 2024 que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor del exministro. La razón es que Arboleda fue condenado en única instancia en el año 2000 y no tuvo la garantía de la doble instancia. Detalles.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia tomó una decisión clave: determinó que revisará la condena dictada en única instancia en el año 2000 al exministro de Comunicaciones Saulo Arboleda por el escándalo del miti-miti.
La decisión de la Sala Penal cumple un fallo contra el Estado que emitió a finales de 2024 la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, que determinó que Colombia debe garantizarle a Arboleda la doble instancia que no tuvo en su momento.
La determinación de la Corte IDH, como ha contado CAMBIO, es sustancial porque podría implicar que todas las personas que fueron condenadas desde el año 2000 en única instancia por la Corte Suprema pidan igualmente la revisión de sus condenas. ¿Por qué?
El origen del problema
Arboleda fue condenado en única instancia porque, para el año 2000, no existía la doble instancia para los gobernadores, ministros, congresistas y generales. En ese momento se consideraba como una garantía adicional el hecho que estas personas fueran juzgadas por el máximo tribunal de la justicia ordinaria: la Corte Suprema de Justicia.
Pero la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), que es de 1969, dice en su artículo 8.2.h que toda persona tiene “derecho de recurrir el fallo ante juez o tribunal superior”. Es decir, que una persona tiene derecho tanto a la doble instancia, a ser investigada y juzgada en dos instancias. A esto se suma que una persona tiene derecho a la doble conformidad, es decir, a que la sentencia condenatoria que ha sido dictada por primera vez también sea revisada por un superior jerárquico.
Por eso, el país ha implementado las reformas para garantizar estos derechos. El exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias fue el primero en insistir que su condena de 2014, dictada en única instancia, debía ser revisada. Su caso motivó una larga disputa que terminó en que la Corte Constitucional le dio la razón y, con ello, tanto Arias y otras 15 personas condenadas desde 2014 pudieron acudir ante la Corte Suprema.
Luego, en 2018, entró a regir un sistema de doble instancia para los aforados. Por eso, hoy son investigados por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema y juzgados en dos instancias diferentes en el alto tribunal.
Ahora bien, en el caso de Arboleda, la Corte IDH dijo, en palabras sencillas, que el exministro siempre tuvo el derecho a que su fallo fuera revisado por un superior, con independencia de que para ese momento no se hubieran hecho las adecuaciones normativas que lo hicieran posible.
Lo que viene para Saulo Arboleda
Tras ser comunicado el fallo de la Corte IDH, la Sala Penal citó a una sesión extraordinaria en la que estudió el tema.
La Sala aprobó conceder, solo en este caso, la revisión de la sentencia en su contra, acudiendo al mecanismo de impugnación especial. Ese recurso fue el que se usó, por ejemplo, en el caso del exministro de Agricultura Arias Leyva y otras 150 personas y que, en palabras sencillas, es prácticamente igual que un recurso de apelación.
Ahora, como el caso contra Arboleda tiene 25 años, la Sala Penal ofició a su secretaría para que busque el expediente original (que puede estar en el archivo de la Nación) y, lo reconstruya en caso de no estar completo.
Ese será el punto de partida para iniciar el trámite formal. Arboleda podrá sustentar los argumentos por los cuales considera que la sentencia sea revocada y las partes de este caso podrán dar sus alegatos, al igual que la Procuraduría.
Esta decisión, es decir, que la Corte revise la condena a Saulo Arboleda en cumplimiento del fallo internacional, no reabre los términos del proceso. Es decir, el caso no prescribirá. La redacción de la decisión de la Sala Penal, que abre esta posibilidad, quedó a cargo de José Joaquín Urbano.
Arboleda fue condenado por el escándalo del ‘miti-miti’, como se le conoció a una comunicación que hubo entre él y el entonces ministro de Energía, Rodrigo Villamizar, en la que se habló de hacer una repartija en medio de una licitación de 81 emisoras.
Con la decisión que toma la Sala Penal, se prevé que otras personas condenadas desde el año 2000, busquen acudir a la Corte Suprema para que también sus condenas sean revisadas. Si esto sucede, la Sala revisará cada caso a medida que vayan llegando.
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