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Gustavo Petro y Eduardo Montealegre.
Poder

Constituyente y consulta popular: el inventario de mentiras de Eduardo Montealegre

Eduardo Montealegre no lleva ni dos semanas en el cargo como ministro de Justicia y ya protagonizó dos aventuras que no tienen el apoyo del mundo académico y jurídico del país: la consulta popular por decreto, aun cuando el Senado ya le había dicho que 'no', y ahora la posibilidad de convocar a una constituyente por fuera de los mecanismos que para ello contempla la Constitución de 1991. Les contamos, paso a paso, las incongruencias de Montealegre.

Por: Redacción Cambio

La llegada de Eduardo Montealegre al gabinete de Gustavo Petro es una de las más recientes expresiones de una realidad política que resulta preocupante: el presidente de la república decidió rodearse de cualquier persona que esté dispuesta a decirle que ‘sí’. No importa que tan absurda sea la pretensión, ni si es políticamente viable o jurídicamente posible. Lo cierto es que los puestos en el Gobierno quedaron reservados para aquellos que estén dispuestos a darle gusto al jefe. El que se atreva a cuestionarlo, es un traidor que debe irse.

Hoy el ministro Montealegre es el protagonista de una realidad jurídica sin precedentes en la historia reciente. Se convirtió en el abanderado de una tesis con la que todos los juristas serios de Colombia están en desacuerdo y los únicos que la suscribían eran aquellos que perciben un sueldo del Gobierno: que la consulta popular se podía decretar a pesar de que el Senado había dado concepto negativo. Y ahora es el protagonista de otra aventura política, que puede llegar a ser igual o más peligrosa: la intención de iniciar un proyecto constituyente.

El idilio entre Petro y Montealegre empezó por los días en los que el presidente salió a decir que el Acuerdo de Paz obligaba a convocar una Asamblea Nacional Constituyente. Todo el país jurídico puso el grito en el cielo, menos el exfiscal, quien se alió con Álvaro Leyva para argumentar que el presidente tenía razón. Ese globo se desinfló en 2024 y aunque ahora revivió, Montealegre fue premiado con contratos por casi 1.000 millones de pesos con RTVC, el amplificador de la propaganda estatal. Esa plata, de los impuestos de los colombianos, también se le pagó para que asumiera la defensa de Hollman Morris.

El exfiscal volvió a entrar a escena cuando escribió una columna en la revista Raya defendiendo la tesis de que el presidente podía saltarse al Senado, sin asomo de vergüenza, y convocar a la consulta popular con un ‘decretazo’. A los cuatro días de esa publicación, Montealegre ya era ministro de Justicia designado y llegó pisando fuerte.

Luego, Montealegre sufrió un revés tras otro: quedó desacreditado en horario estelar por el profesor Mauricio Gaona, hijo de Manuel Gaona Cruz, magistrado asesinado en el ataque al Palacio de Justicia en 1985; y su decreto de convocatoria a una consulta fue suspendido por el Consejo de Estado, en una decisión tomada de urgencia, que señala que fue expedido sin el mínimo de los requisitos porque la Constitución dice claramente que para la convocatoria se necesita el concepto favorable del Senado.

Con el decreto suspendido, pero con la reforma laboral aprobada en el Congreso, el Gobierno publicó el decreto que deroga el ‘decretazo’ y dijo que buscará una Asamblea Nacional Constituyente usando la figura de una papeleta, otro hecho que es cuestionado por el mundo jurídico. Ante sus actuaciones, vale la pena examinar las afirmaciones del ministro Montealegre que, lejos de dar certezas, revelan que el debate político se está centrando en un mar de mentiras.

‘Se puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente por papeleta’

El presidente Petro anunció que “será entregada una papeleta” en las próximas elecciones para que el pueblo diga si quiere una constituyente. El ministro Montealegre afirma que se busca crear un “hecho político” similar al de la séptima papeleta, para que haya un mandato del pueblo, así este no tenga un valor jurídico. Ambas afirmaciones desconocen que la Constitución de 1991 estableció las figuras para reformarla, algo que no existía en la Constitución de 1886, y que exige pasar por el Congreso.

En los años noventa, un grupo de estudiantes entendió que el mandato debía venir del pueblo y así impulsó la papeleta, que fue introducida voluntariamente por la gente en las elecciones del 11 de marzo. Luego, tras un acuerdo político y un decreto de estado de sitio y en las elecciones de mayo, hubo un tarjetón oficial. A diferencia de ese momento político, si el presidente Petro y el Gobierno son los que promueven el pronunciamiento del pueblo, esto quiere decir que el pueblo no se está autoconvocando.

‘Se puede convocar a una constituyente con 8 millones de firmas’

En varias entrevistas, el ministro Montealegre ha insistido en que si el 20 por ciento del censo electoral (8 millones de personas) se constituye y recoge firmas, puede hacer un proyecto de ley convocando a una Asamblea Nacional Constituyente. Esta afirmación apunta a que no se necesitaría pasar por el Congreso, sino que iría de manera inmediata a control de la Corte Constitucional. Exmagistrados de la Corte Constitucional son enfáticos en señalar que esto es falso. Incluso, la llamaron una idea “cantinflesca”, porque la Constitución es muy clara: se necesita una ley, aprobada por el Congreso, para convocar al pueblo a votar si quiere o no una constituyente. Y aún si la iniciativa se pusiera en marcha, la Corte Constitucional no podría pronunciarse sobre un 'proyecto' que no ha sido tramitado por el Congreso.

‘El bloqueo institucional permite reformar la Constitución’

Montealegre y el propio presidente han promovido la idea de que existe un bloqueo institucional en su contra, debido a que las iniciativas legislativas del Gobierno no han logrado avanzar en el Congreso o lo han hecho con mucha dificultad. El profesor Gaona le contestó desde el principio: “Señor ministro de Justicia y del Derecho de Colombia, permítame recordarle que el ‘bloqueo institucional’ al que usted llama, la ciencia política y constitucional en el mundo le llaman ‘oposición’”. Exmagistrados le dijeron a CAMBIO que no aprobar reformas no es un bloqueo, sino el funcionamiento normal de las instituciones.

‘El presidente podía aplicar la excepción de inconstitucionalidad frente a la votación del Senado’

Según Montealegre, el presidente de la república, que es una autoridad administrativa, podía desconocer que el Senado le dijo que ‘no’ a la consulta porque hubo irregularidades que la hacen inconstitucional. En este caso particular esa decisión es un exabrupto porque esa figura aplica cuando se trata de una norma manifiestamente contraria a la Constitución. Es decir, cuando se está ante un acto que de manera clara, evidente e indiscutible vulnera la carta política. Este no era el caso. Y, por eso, para cualquier jurista serio, era evidente que la competencia la tenía un juez y el presidente no es juez.

‘La votación del Senado es inconstitucional’

A ojos del ministro de Justicia, si bien la votación del Senado existió y se convirtió en un acto jurídico, es contraria a la Constitución y el presidente estaba habilitado para convocar la consulta por decreto. Esta tesis no tiene en cuenta que la excepción de inconstitucionalidad aplica para normas, no para cualquier acto del Senado en el ejercicio de sus funciones legislativas o electorales. Además, si se acogiera esta tesis, se sentaría el gravísimo precedente de que el jefe de Estado puede ampararse en cualquier actuación que él considere irregular, puede ser inaplicada de un plumazo y sin el visto bueno de un juez. La votación del Senado es una manifestación de su voluntad, no es inconstitucional, simplemente fue contraria a los deseos del presidente.

‘El decreto no viola la Constitución’

Acá no hay debate. Mientras Montealegre insiste en que el decreto del presidente está ajustado totalmente a la Constitución y que su actuación está debidamente sustentada, la realidad es una sola: la Constitución dice que para convocar a una consulta popular se necesita el concepto favorable previo del Senado. Acá sí hubo concepto, como el mismo ministro reconoce en su decreto, pero desfavorable. El 'decretazo', dicen exmagistrados de la Corte Constitucional consultados por CAMBIO, “viola de manera grosera, grotesca la Constitución”.

‘El registrador prevarica si no aplica el decreto'

Según Montealegre, el registrador Hernán Penagos se expuso a denuncias por prevaricato por no haber puesto en marcha el decreto que convocaba a la consulta y decidir esperar el pronunciamiento de la justicia sobre este acto administrativo. Exmagistrados de la Corte señalaron que Penagos no prevaricó porque lo que hizo fue advertir que no estaban todos los requisitos que requiere este mecanismo y, además, porque ese delito –para configurarse– necesita que haya intención y Penagos estaba buscando defender intereses superiores.

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