
La polémica en la Corte Suprema por la futura prescripción del caso contra los Dávila Abondano por Agro Ingreso Seguro
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia evalúa si toma acciones frente a una decisión que dictaron sus homólogos de la Sala Laboral que, en la práctica, terminará provocando la prescripción en el caso seguido contra los hermanos Juan Carlos y Alfonso Dávila Abondano. El presidente de la Corte se pronunció.
Por: Ana María Cuesta
En los últimos días, en los pasillos de la Corte Suprema de Justicia no se ha dejado de hablar sobre una polémica decisión que ha provocado tensiones entre dos de sus salas, la Sala Penal y la Sala Laboral, y que en la práctica beneficia a dos poderosos empresarios del departamento del Magdalena vinculados a la agroindustria.
El pasado 11 de marzo, en un fallo catalogado como “controversial”, la Sala Laboral de la Corte —la máxima instancia de resolución de conflictos suscitados en el mundo del trabajo— tumbó una condena que había ratificado la Sala Penal, la máxima instancia decisoria sobre los delitos atribuidos a los ciudadanos.
Los beneficiarios de la decisión de la Sala Laboral fueron los empresarios Juan Carlos y Alfonso Dávila Abondano, actuales integrantes del Grupo Daboon. La Sala Laboral tumbó la condena de dos años de prisión que la Sala Penal ratificó en 2025 contra ambos, por el delito de peculado por apropiación agravado y tentado. La condena reprochó el que hayan pretendido apropiarse ilícitamente de millonarios subsidios del programa Agro Ingreso Seguro, creado durante el Gobierno Uribe para los pequeños campesinos, no para grandes industriales.
El fallo de la Sala Laboral que anuló la condena contra los Dávila Abondano advierte que hubo irregularidades en el trámite de un preacuerdo que ellos suscribieron en 2018 y ordenó retroceder el caso hasta la etapa de la verificación del mismo, asignando esa misión al Juzgado Veinticinco Penal del Circuito de Bogotá.
El punto clave del asunto está en que, en la práctica, la decisión de la Sala Laboral equivale a una bendición para los Dávila pues, para cuando su caso quiera llegar al Juzgado 25, el delito por el que los condenaron ya estará prescrito —prescribió desde el año pasado— y, por tanto, el caso quedará impune. Eso le advirtieron a CAMBIO varias fuentes de la Corte sobre este proceso judicial que lleva más de 14 años.
CAMBIO fue el medio que reveló el escándalo de Agro Ingreso Seguro en el año 2009, con una investigación que los magistrados tuvieron en cuenta para condenar a los hermanos que hoy están abrazados por la prescripción.

La alerta por la prescripción
En julio de 2025, la Sala Penal de la Corte, con ponencia de su hoy presidente Carlos Roberto Solórzano, ratificó la condena que el Tribunal de Bogotá dictó en 2020 contra los Dávila Abondano, por haber tratado de apropiarse ilícitamente de subsidios del agro equivalentes a 439 millones de pesos.
Los Dávila se postularon al programa de subsidios, requiriendo 192.592.700 pesos para las mejoras del sistema de riego de la ‘Finca Tequendama-El Salado I’, y pidiendo 247.492.800 pesos para la ‘Finca Tequendama- El Salado II’-.
Los representantes del Grupo Daboon han basado su defensa advirtiendo que ellos declinaron los subsidios y que, por tanto, el peculado por el que los condenaron nunca ocurrió.
Pero la Corte, en una decisión que adoptaron los magistrados Solorzano y José Joaquín Urbano, junto a los conjueces Alfonso Cadavid, Diana Patricia Arias y Beatriz Eugenia Suárez, en realidad advirtió que los Dávila declinaron los subsidios antes de que les desembolsaran los recursos por la polémica nacional que desató la investigación de CAMBIO sobre Agro Ingreso Seguro.
“Dicha apropiación no se produjo por circunstancias ajenas a las voluntades de Alfonso Dávila Abondano y Juan Carlos Dávila Abondano, pues se dio en virtud del escándalo denunciado por la revista CAMBIO en su edición del 23 de septiembre de 2009; y en este sentido, aunque Alfonso Dávila Abondano y Juan Carlos Dávila Abondano emitieron las comunicaciones del 14 de octubre de 2009, éstas fueron acciones posteriores a que gracias a la información suministrada por un medio de comunicación, se hiciera pública la secuencia delictiva que se había propiciado con ocasión del programa Agro Ingreso Seguro”.

Los magistrados que en 2025 ratificaron la condena de los hermanos Dávila Abondano advirtieron que el caso en su contra estaba a punto de prescribir. La sentencia contra los hermanos, adoptada el 18 de julio de 2025, dejaba claro que el delito por el que se les condenó prescribía días después, el 24 de julio.
“Para efectos de la resolución de los recursos extraordinarios, el término de prescripción solo operaría hasta el 24 de julio de 2025, en cuanto a que éste, por mandato del artículo 189 de la Ley 906 de 2004, se suspende con la emisión del fallo de segundo grado”, señala el fallo de la Sala Penal.
El lío por el preacuerdo
La decisión de la Sala Laboral que tumbó la condena contra los Dávila, para que el preacuerdo que firmaron en 2018 sea revisado nuevamente por un juez, advierte que se vulneraron los derechos a la defensa y al debido proceso de los mencionados. El preacuerdo implicó que los Dávila no tuvieran un juicio sino una sentencia anticipada.
Según el fallo, que contó con la ponencia de la magistrada Clara Inés Dávila y los votos de los magistrados Juan Carlos Espeleta, Omar Ángel Mejía y Marjorie Zuñiga, el preacuerdo que un juez avaló en 2018 estuvo viciado por cuanto los integrantes de la Sala Laboral consideran que el desistimiento de los Dávila, para no recibir los millonarios subsidios de Agro Ingreso Seguro, no se dio por el escándalo de la revista CAMBIO.
Según la magistrada Dávila y sus colegas, el preacuerdo debe revisarse nuevamente porque no fueron los hechos revelados por CAMBIO los que provocaron que los Dávila desistieran de los subsidios: la verdadera razón, según la Sala Laboral de la Corte, está en un documento del Ministerio de Agricultura en el que advierte que los Dávila fueron declarados como “no elegibles” y por tanto no les fueron asignados recursos del subsidio solicitado”.
"Ahí empieza a resquebrajarse el argumento de la Fiscalía, en tanto los recursos efectivamente nunca se desembolsaron,
pero no por el escándalo generado en los medios de comunicación sino porque al no ser elegidos como beneficiarios del programa, ello jamás ocurriría”, señala el fallo de la Sala Laboral.
Básicamente, la Sala Laboral de la Corte advierte que el preacuerdo entre los Dávila y la Fiscalía quedó mal hecho por cuanto el desistimiento del desembolso de los subsidios no vino, según indica el fallo de la magistrada Dávila, por la revelación de CAMBIO, sino en una decisión del propio Ministerio de Agricultura que decidió negarles a ellos los subsidios.
“Con ese cúmulo de posibilidades fácticas, la única que tiene mayor soporte demostrativo y se resalta, es que los accionantes no resultaron elegibles, no suscribieron acuerdo de financiamiento alguno y tampoco se hizo desembolso de recursos del erario público; no obstante, mayor credibilidad le dan las instancias a la manifestación de la Fiscalía cuando expone que el desistimiento es producto de los avances periodísticos, siendo ello una verdadera conjetura, sin soporte suasorio alguno”, añade el fallo que benefició a los Dávila.
La Sala Laboral de la Corte remata su fallo adviertendo que los Dávila, aún habiéndose postulado para ser beneficiarios del programa de Agro Ingreso Seguro, “no resultaron elegibles ni jamás, por su voluntad, suscribieron acuerdo de financiamiento, situación que más allá del desistimiento, hace que el actuar de los encartados sea imposible para defraudar el erario”.
Crédito: Corte Suprema de Justicia.
La defensa del presidente de la Corte al papel de la Sala Penal
CAMBIO conoció el salvamento de voto del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Mauricio Lenis, con el que se apartó de la postura mayoritaria de la Sala Laboral, a la que pertenece. Junto a Lenis también salvaron voto los magistrados Luis Benedicto Herrera y Víctor Julio Usme.
Lenis aseguró que, contrario a lo que afirmaron sus colegas, sí quedó probado que los Dávila Abondano desistieron de recibir los subdisios por cuenta de la polémica nacional generada en la opinión pública tras la revelación de CAMBIO, tal y como aparece en la carta de la segunda foto de este artículo.
“Los procesados admitieron que su solicitud de exclusión obedeció a la ‘polémica’ suscitada en los sectores de opinión, de modo que la manifestación de la Fiscalía no se trata de una simple conjetura”, señaló Lenis.
“La condena tuvo fundamento en que los accionantes ejecutaron diferentes actos para apropiarse de recursos públicos de manera ilícita y, al respecto, la Sala de Casación Penal advirtió “un mínimo de prueba” que demuestra que Alfonso y Juan Carlos Dávila Abondano “no continuaron con los mismos por razones ajenas a su voluntad —la noticia periodística—", añadió el presidente de la Corte.
El magistrado también se pronunció sobre los apretados tiempos del viejo proceso contra los Dávila Abondano, indicando que no se necesitaba que los jueces laborales le pidieran a otro juez externo que se pronunciara sobre los aspectos del preacuerdo, pues pudieron remitir el caso a la máxima instancia de los asuntos penales: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
“Si lo que pretendía esta Corporación era que se efectuara un control de legalidad de dicho preacuerdo, era suficiente que dejara sin efecto el fallo SP1744-2025, que fue la que decidió el asunto de manera definitiva, a efectos de que la homóloga Sala Penal, como juez natural, adoptara los correctivos que estimara pertinentes, en lugar de ordenarse la recomposición de un proceso que lleva en trámite más de 14 años”, sentenció Lenis.
ana.cuesta@cambiocolombia.com.
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