
¿Le devolverán o no dinero por factura del gas? Empresas transportadoras niegan cobros indebidos y citan un laudo arbitral
La CREG ordenó devolver más de 150.000 millones de pesos a los usuarios del servicio de gas natural en Colombia, al determinar que desde 2023 se les cobró un sobrecosto en la componente de transporte. Sin embargo, las cinco empresas implicadas rechazaron la medida y aseguran que nunca generaron ni trasladaron cobros indebidos.
Por: Juan David Cano
Miles de colombianos que pagan mensualmente su factura de gas natural recibieron la noticia de que el Gobierno ordenó aplicar descuentos en los próximos meses tras detectar cobros indebidos. Sin embargo, por ahora, aún no está claro quién deberá asumir la devolución de ese dinero, ya que las empresas encargadas de transportar el gas por los gasoductos del país negaron que haya existido un cobro irregular y advierten que, de ser necesario, acudirán a los tribunales para defender su posición.
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¿Qué fue lo que pasó exactamente?
El conflicto comenzó por el WACC, sigla en inglés para la tasa de descuento del costo de capital. El WACC es el porcentaje de rentabilidad que el regulador le permite cobrar a una empresa de infraestructura, como las que transportan gas por gasoductos, por el dinero que invirtió en construir y mantener esa infraestructura. A mayor WACC, mayor es la tarifa que la empresa puede cobrar por sus servicios, y esos costos se trasladan a las facturas de los hogares y negocios.

En 2023, la CREG expidió la Resolución 102 002, mediante la cual elevó ese WACC del 10,94 al 11,88 por ciento. Ese incremento le abrió la puerta a las empresas transportadoras de gas para incrementar los costos en el llamado "componente de transporte", que es uno de los varios ítems que componen la tarifa final del servicio. Esos mayores costos fueron trasladados a los usuarios.
Ahí es donde empieza la discusión. Los distribuidores de gas, las empresas que llevan el gas hasta las casas, distintas de las transportadoras que lo mueven por los grandes gasoductos, interpusieron recursos de reposición ante la CREG. El argumento fue que ese WACC más alto no debía aplicarse mientras no se aprobaran los nuevos cargos tarifarios definitivos.
Devolver los 150.000 millones, lo que dice el Gobierno
La CREG analizó esos recursos y le dio la razón a los distribuidores. Por ello, ordenó reducir el WACC de vuelta al 10,94 por ciento y la devolución de los valores cobrados en exceso desde 2023. En total, alrededor de 150.000 millones de pesos deben ser reintegrados a los usuarios.
¡Más de $150 mil millones serán devueltos a usuarios tras ajuste en tarifas de gas natural!
— Minenergía (@MinEnergiaCo) March 4, 2026
El gobierno de @petrogustavo, a través de la @comisioncreg, ordenó la devolución de más de $150 mil millones a usuarios del servicio de gas natural en el país, tras revertir el incremento… pic.twitter.com/m59FpjHsHM
El ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, respaldó la decisión. “Aquí estamos defendiendo a los usuarios. No es aceptable que los hogares colombianos hayan asumido un sobrecosto en el transporte de gas. La decisión es clara: esos recursos deben devolverse y las tarifas deben reflejar condiciones justas y transparentes”.
El Gobierno también aclaró que la devolución no sería un giro de dinero en efectivo. La CREG tiene previsto definir los mecanismos y cronogramas específicos para que las empresas realicen la devolución en las facturas de los usuarios.
La respuesta de las empresas: No hubo sobrecostos y no habría lugar a devoluciones
Sin embargo, las cinco empresas transportadoras de gas involucradas: Promigas, TGI (filial del Grupo Energía de Bogotá), Promioriente, Transmetano y Transoccidente no se quedaron de brazos cruzados y rechazaron las acusaciones.
Según explicaron, ellas nunca generaron ni trasladaron sobrecostos. “Las Compañías Transportadoras reiteramos que hemos aplicado de manera estricta la regulación vigente y no hemos generado ni trasladado a los usuarios sobrecostos en el transporte de gas y, por lo tanto, no habría lugar a devoluciones”.

Las empresas también afirmaron una irregularidad procedimental: a la fecha de publicar su rechazo, aseguraron no haber sido notificadas formalmente de ninguna decisión administrativa que ordene la devolución. “Una vez se conozcan oficialmente los actos administrativos correspondientes, se procederá a analizar su contenido y alcance con el rigor técnico y jurídico que corresponde”, dijeron.
El laudo arbitral: la carta que juegan las empresas
Las transportadoras también hablaron sobre un laudo arbitral reciente, que es una decisión emitida por un tribunal de arbitramento, un mecanismo privado de resolución de conflictos jurídicos que en Colombia tiene el mismo peso vinculante que una sentencia judicial.
Según el comunicado de las empresas, apenas el 11 de febrero de este año se produjo un laudo arbitral en el caso de las diferencias entre Transmetano y EPM (Empresas Públicas de Medellín) precisamente sobre la tasa de descuento aplicable a la actividad de transporte de gas.
El tribunal concluyó que Transmetano había actuado conforme a la regulación vigente y que, por lo tanto, había aplicado la tasa correcta. Para las transportadoras, ese laudo es un precedente jurídico que respalda su interpretación de las normas. Aunque técnicamente el laudo vincula solo a las partes del proceso (Transmetano y EPM), su argumento es que la lógica aplicada en ese proceso debería extenderse a todos los casos similares.

¿Qué viene ahora?
Por ahora, el escenario más probable es que el conflicto derive en una disputa jurídica extensa, pues las transportadoras advirtieron que, de ser necesario, “acudiremos a las instancias judiciales competentes para garantizar el respeto del ordenamiento jurídico, la seguridad jurídica y las competencias institucionales previstas en la legislación colombiana”.
Mientras ese litigio eventualmente se desarrolla, queda la duda para los usuarios de cuándo y cuánto verán reflejado en su factura. Por ahora, la CREG aún debe definir los mecanismos y cronogramas, y si las empresas impugnan judicialmente la orden, podrían obtener medidas cautelares que suspendan su ejecución mientras los tribunales deciden.
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